Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 15 de enero de 2004

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 30.318

41

EL MINISTRO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:

Que a fojas 328 obra constancia de la comunicación formulada a LONCO-HUE S.A. respecto a que se le adjudicarían VEINTICINCO 25 furgones en vez de VEINTIUNO 21 y simultáneamente el requerimiento de que informe si estaría en condiciones de realizar la entrega respectiva antes de la finalización del corriente año, a lo que la firma respondió afirmativamente.

ARTICULO 1 APRUEBASE el trámite de Licitación Pública N 35/03, originado por expediente N 513-55-000.174-03 del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, sustanciado con motivo de la adquisición de doscientos doce 212 automóviles patrulleros.

Que a fojas 330 consta el requerimiento formulado a la empresa CHAMPION S.A. acerca de la confirmación de entrega antes de fin de año de la ambulancia que ofertara, a lo que la firma respondió afirmativamente.

ARTICULO 2 ADJUDICASE el único renglón a la firma VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A., por un importe de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y CUATRO $ 6.218.384,00.

Que por el vencimiento del Ejercicio año 2003 para el que se encuentra pautada la contratación y la expresa conformidad que en forma aclaratoria a sus respectivas ofertas han prestado los oferentes precalificados, el cumplimiento de las prestaciones recíprocas deberá verificarse hasta el 31 de diciembre de 2003.

ARTICULO 3 El gasto que demanda el cumplimiento de la presente resolución se atenderá con imputación al Ejercicio Financiero del año 2003, inciso 4, partida principal 4, partida parcial 0, programa 21, actividad 01, de la fuente de financiamiento 22 CREDITO EXTERNO, ubicación geográfica 02, subjurisdicción 04, SAF 326.

Que la Asesoría Jurídica de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA se expidió en sentido favorable, expresando que no encontraba objeciones legales para la suscripción del presente proyecto fs. 333/
334.

ARTICULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Dr. GUSTAVO BELIZ, Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos.
e. 15/1 N 437.197 v. 15/1/2004

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de esta cartera Ministerial estimó que la oferta presentada por la firma LONCO-HUE S.A. resultaba inadmisible por no ajustase al Pliego en lo relativo a la carga útil del vehículo licitado y, que era necesaria una nueva intervención de la Comisión Evaluadora fs. 345/347.

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Que la firma LONCO-HUE S.A. con el objeto de ampliar y clarificar los términos de su nota anterior, adjuntó una nota de DAIMLER CHRYSLER ARGENTINA S.A. en la que expresó que las unidades Sprinter 313 CDI F TE 3550 ofertadas en la referida Licitación, han sido diseñadas y por lo tanto garantizamos que las mismas soportan una carga útil de 1.650 kg. permanentemente y continuamente, cumpliendo con lo solicitado en las características técnicas del Pliego de Bases y Condiciones confr. fs. 350/351.

Por ello,
SECRETARIA DE SEGURIDAD INTERIOR
Resolución N 290/2003
Bs. As., 29/12/2003
VISTO el Expediente M-11037-c.v/2003 en DOS 2 cuerpos del registro de la PREFECTURA
NAVAL ARGENTINA, y CONSIDERANDO:
Que es necesario para la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, contratar la adquisición de VEINTICINCO 25 furgones, con capacidad no inferior a NUEVE 9 plazas con UN 1 compartimento especial para el traslado de detenidos y UN 1 vehículo ambulancia, todo ellos con motorización diesel, a efectos de contar con los medios adecuados para el traslado rápido del personal policial de la Institución abocado a la prevención y lucha contra la actividad delictiva imperante en el país en el cumplimiento de las directivas impartidas por el Gobierno Nacional.
Que en función de ello el Departamento Armas y Movilidad Terrestre dependiente de la DIRECCION
DEL MATERIAL elaboró las Especificaciones Técnicas y Cláusulas Particulares que dieron lugar al Pliego Tipo que corre agregado de fs. 43/61.

Que oportunamente, se requirió la Intervención del PROGRAMA DE ADMINISTRACION CIVIL
DE LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD, de acuerdo a las acciones que le consigna la Resolución M.J.S.y D.H. N 414/03.
Que el Jefe de dicho Programa recomendó dar nueva intervención a la Comisión Evaluadora, con el fin de obtener un nuevo informe técnico del área de Materiales, como así también solicitar a la oferente ampliación de los informes técnicos que acompañara a la aclaración de su oferta.
Que el fabricante reiteró fs. 361/363 que las unidades ofertadas soportan con holgura y en forma permanente una carga útil de 1.650 kg.
Que en su nueva intervención fs. 367/368 la Comisión Evaluadora ratificó su Dictamen N 104, considerando que las ampliaciones efectuadas por la oferente constituyeron la subsanación de una deficiencia insustancial sin alterar los principios y igualdad y transparencia.
Que, por otra parte, se incorporó a los actuados fs. 372 un informe de verificación del INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL INTI, del cual surge que en base a la documentación presentada por la firma Peso Util Máximo Admisible es de 1.740 kg

Que dicho pliego fue aprobado mediante la Resolución N 083 del 02 de septiembre de 2003 del registro de esta Secretaría.

Que a fs. 373/374 la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, señaló que las diligencias practicadas con posterioridad a su anterior intervención no resultaban suficientes para modificar su postura.

Que en función de ella se llevó a cabo la Licitación Pública N 15/03, con los alcances de los artículos 20, inciso a y 22, inciso c del Decreto N 436 de fecha 30 de mayo de 2000 y del artículo 25, inciso a del Decreto N 1023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Que habida cuenta de la discrepancia de criterios suscitada entre los servicios jurídicos permanentes intervinientes acerca de la admisibilidad de la oferta formulada por LONCO-HUE S.A., se solicitó la opinión del señor Procurador del Tesoro de la Nación.

Que dando cumplimiento a lo previsto en los artículos 5 y 14 del Decreto N 436/00, se agregan constancias y remisión de invitaciones a participar en el presente llamado y de publicación del aludido acto confr. fs. 64/70 y 72.

Que en su Dictamen N 597 de fecha 29 de diciembre de 2003 fs. 376/379, el Organismo Asesor emitió su opinión favorable a la admisibilidad de la oferta de marras por entender que que no ha existido violación del principio de igualdad por la admisión de las notas de fojas 307/308 y 361/362 con posterioridad al acto de apertura de las ofertas. Ello, en el entendimiento de que sólo corresponde darle a esas presentaciones el carácter de notas aclaratorias y, por tanto, no constituyen una modificación de la oferta, con remisión a la aplicación de idéntico criterio en Dictámenes 151, 2da parte: 612; 182:80.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Resolución General N 135/98 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, las firmas LONCO-HUE S.A. y CHAMPION
S.A., presentaron sus respectivas constancias de habilitación Certificado Fiscal para Contratar.
Que en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución SIGEN N 165/02, se elevó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Precios Testigo, el oficio ADYA-ON9 N 875/03 fs. 71, siendo contestado éste mediante la Nota SIGEN N 5647/03-GN y PEOrden de Trabajo N 505/03 fs.
311.
Que del análisis del informe producido por el citado Organismo, en el cual determinó valores de referencia para los renglones Nros. 1 y 2, se desprende que lo cotizado por la firma LONCO-HUE
S.A. menor oferta valedera para el renglón N 1, se hallaba por encima del CINCO POR CIENTO
5% del respectivo valor de referencia, ajustándose la oferta de la firma CHAMPION S.A. al fijado para el renglón N 2.
Que a fin de cumplimentar lo establecido en el Punto IV - Inc. b del Anexo I de la Resolución SIGEN N 165/02, por Oficio ADYA-ON9 N 1091/03 se solicitó a la firma LONCO-HUE S.A. una mejora de su oferta.
Que la firma aludida precedentemente, por nota de fecha 22 de octubre de 2003, mejoró su oferta adecuándola al valor de precio testigo incrementado en un CINCO POR CIENTO 5%.
Que analizadas por parte del Organismo Técnico, las ofertas presentadas por las firmas LONCOHUE S.A. y CHAMPION S.A. éste consideró necesario disminuir las cantidades a adquirir a VEINTIUNA
21 unidades, de las cuales NUEVE 9 deberían ser equipadas con aire acondicionado y DOCE 12
sin aire acondicionado, por resultar insuficiente la partida asignada por Disposición PLOG,K9.8 N
125/03 obrante a fojas 2.
Que, consecuentemente, la Comisión Evaluadora mediante el Dictamen de Evaluación N 104/03, se expidió al respecto, sugiriendo preadjudicar el Renglón N 1 a la firma LONCO-HUE S.A., por mejor oferta valedera, ajustarse a lo solicitado y ser su precio normal en plaza tomando la mejora de precio ofrecida, y el renglón N 2 a la firma CHAMPION S.A., por mejor oferta valedera, ajustarse a lo solicitado y ser su precio normal en plaza.

Que, en sentido similar, invocó el artículo 17 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por Decreto N 1023/01, modificado por Decreto N 666/03.
Que, asimismo, el Organismo Asesor entendió que no pueden soslayarse los informes técnicos que dan sustento al presente acto, al informe de verificación del INTI fs. 372 y al dictamen de la Comisión Evaluadora, agregando que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha expresado reiteradamente que los informes técnicos merecen plena fe siempre que sean suficientemente serios, precisos y razonables, no adolezcan de arbitrariedad aparente y no aparezcan elementos de juicio que destruyan su valor Dictámenes 207:343.
Que han tomado intervención la ASESORIA JURIDICA de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS y la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que es facultad del suscripto resolver sobre el particular, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el artículo 24, inciso g y artículo 111 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional Anexo del Decreto N 436/00, el artículo 2 del Decreto N 2662 de fecha 29 de diciembre de 1992 modificado por la Decisión Administrativa N 215 de fecha 21 de julio de 1999 y la Resolución M.J. N 451 de fecha 11 de agosto de 1999.
Por ello;
EL SECRETARIO
DE SEGURIDAD INTERIOR
RESUELVE:

Que previo a la adjudicación, la Dirección del Material de la Institución solicitó se contemplase la factibilidad de ampliar la asignación de partida hasta cubrir el monto total de PESOS DOS MILLONES
DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA $ 2.268.850,00.- para poder adquirir los VEINTICINCO 25 furgones, DIECIOCHO 18 de los cuales deberían contar con aire acondicionado, y la ambulancia originalmente a lo solicitado.

ARTICULO 1 Apruébase la Licitación Pública N 15/03 y adjudícase a la firma LONCO-HUE
S.A. el renglón número UNO 1, la cantidad de SIETE 7 furgones sin aire acondicionado y DIECIOCHO
18 furgones con aire acondicionado por un total de PESOS DOS MILLONES CIENTO SETENTA MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA $ 2.170.350,00.- y a la firma CHAMPION S.A. el renglón número DOS
2 la cantidad de UN 1 furgón ambulancia por la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS $ 98.500,00.-, conforme a lo aconsejado por la Comisión Evaluadora en el Dictamen de Evaluación N 104/03, por mejores ofertas valederas, ajustarse ambas a lo solicitado y ser sus precios normales en plaza tomándose en consideración para el renglón número UNO 1 la mejora de precio ofrecida a fojas 313 y además, considerándose el pedido de ampliación de la cantidad de unidades a adquirirse solicitada por la DIRECCION DEL MATERIAL a fojas 323, las prestaciones recíprocas deberán cumplimentarse hasta el 31 de diciembre de 2003.

Que en concordancia con lo manifestado, la DIRECCION DE PLANEAMIENTO Jefatura de Planeamiento Logístico informó que se cuenta con Crédito y Cuota de Compromiso para afrontar la presente erogación, acorde a lo establecido en el artículo 5 del Decreto N 1060/01.

ARTICULO 2 El importe total adjudicado deberá ser imputado al Ejercicio 2003 -Actividad 6 Inciso 4 - Partida Principal 43 - Partida Parcial 432 - Fuente de Financiamiento 13 - RECURSOS CON
AFECTACION ESPECIFICA.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/01/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha15/01/2004

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones9399

Primera edición02/01/1989

Ultima edición17/07/2024

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