Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2004 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, lunes 5 de enero de 2004

Boletín Oficial Nº 30.310

Primera Sección
formato de presentación del Informe Anual Numerales 12.8.1, 13.7, 13.7.1 y 13.10.5 sexto párrafo del Contrato de Concesión aprobado por Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 3 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por presentar, de modo reiterado, el Agua de Red concentraciones de Nitratos superiores a las permitidas numerales 13.7, 13.7.1, 13.10.4 último párrafo y 13.10.5 del Contrato de Concesión, aprobado por Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 4 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS $ 13.446.- al haberse verificado un notable nivel de incumplimiento del parámetro pH Numerales 13.10.4 último párrafo y 13.7 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 5 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIDOS $ 6.722.- por haber incumplido la cantidad de análisis establecida para el agua de red en el Anexo II del Contrato de Concesión en los parámetros de Amoníaco, Nitritos y Detergentes y por haber registrado para el agua tratada a la salida de planta una menor cantidad de análisis para algunos Compuestos Orgánicos Volátiles Numerales 13.10.3 último párrafo y 13.7 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.

rio, al incumplir con los plazos vigentes para dar respuesta y satisfacción a presentaciones y pedidos de Usuarios en materia de problemas de falta de agua, calidad de agua y falta de boca de registro; ello, de forma reiterada para los dos primeros tipos de presentaciones referidas Numerales 13.7; 13.7.1, 13.10.3 y 13.10.10 del Contrato de Concesión modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 20. Intímase a AGUAS ARGENTINAS S.A. a depositar el importe de las multas aplicadas por incumplimientos a los numerales 13.10.2/13.10.6 y 13.10.10 del Contrato de Concesión, aprobado por Decreto 787/93 del PEN modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99, por ante la Tesorería del Area de Administración y Finanzas dentro de los DIEZ 10 días de notificada la presente y bajo apercibimiento de no admitirse la procedencia formal de los recursos que eventualmente dedujere numeral 13.6.4 de dicho Contrato y Resolución ETOSS Nº 182/95, los intereses moratorios correspondientes.
ARTICULO 21. Regístrese, notifíquese a AGUAS ARGENTINAS S.A., tomen conocimiento las Gerencias y Areas del ETOSS. Comuníquese a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION y a la COMISION BICAMERAL DE LA REFORMA DEL ESTADO, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese. Lic. MIGUEL SAIEGH, Presidente. Dr.
JORGE A. DELHON, Vicepresidente. Lic. ROBERTO IGLESIAS, Director. Dr. CARLOS MARIA
VILAS, Director.
Aprobada por Acta de Directorio N 49/03.
e. 5/1 N 436.457 v. 5/1/2004

ARTICULO 6 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS CIENTO TREINTA
Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE $ 134.457.- por haber incumplido de modo reiterado con la disposición del artículo 2º de la Resolución 86-ETOSS-96 Numerales 13.10.10; 13.7, 13.7.1 y 13.10.5 del Contrato de Concesión modificado por la Resol. 601/99.
ARTICULO 7 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS
SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO $ 672.018.- por incumplimiento a lo establecido en el numeral 4.5
del Contrato de Concesión por prestar el servicio de provisión de agua potable, incluso en áreas de expansión con niveles de presión inferiores a los DIEZ 10 m.c.a. y de modo reiterado Numerales 4.5;
13.7; 13.7.1; 13.10.6 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 8 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS CIENTO TREINTA
Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE $ 134.457.- por incumplimiento a lo establecido en el artículo 7 de la Resolución ETOSS Nº 86/96, al no presentar, de modo reiterado, los planos de isopresión que establece dicha norma Numerales 13.7; 13.7.1; 13.10.5 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS
Nº 601/99.
ARTICULO 9 Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por haber incumplido de modo reiterado con su obligación de aislar Fuentes Alternativas de Agua Potable Numerales 4.3.4; 13.7; 13.7.1; 13.10.4 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS
Nº 601/99.
ARTICULO 10. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por haber incumplido de modo reiterado con su obligación de cegar los Desages Cloacales Alternativos Numerales 4.3.5; 13.7; 13.7.1; 13.10.4 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS
Nº 601/99.
ARTICULO 11. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por haber incumplido de modo reiterado con la obligación de suministrar en forma suficiente la información sobre acciones tendientes a eliminar las Conexiones Clandestinas de Desages Pluviales a Cloacales y viceversa Numerales 4.8.1.4; 13.7; 13.7.1; 13.10.4
y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 12. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.-. por superar los efluentes de la Planta Norte los límites de demanda de cloro reglados por el Anexo B del Marco Regulatorio, en forma reiterada Numerales 13.7;
13.7.1 y 13.10.4 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 13. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE $ 6.720.- por haber incurrido en incumplimiento en la presentación de formatos e información sobre biosólidos Numerales 13.7; 13.10.2 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 14. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS CUATRO MIL
TREINTA Y TRES $ 4.033.- por haber incumplido con la calidad de la descarga del sistema cloacal en Berazategui, en función de la anomalía detectada sobre el parámetro plomo, el día 30-11-00 numeral 13.7; 13.10.2 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 15. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS CUATRO MIL
TREINTA Y TRES $ 4.033.- por haber incumplido con el Sistema y Frecuencia de Extracción de Muestras establecido en el Anexo C, punto b, apart. II del Marco Regulatorio, al no realizar DOS 2
veces en el año un análisis de plaguicidas y herbicidas sobre la descarga de Berazategui, incumplimiento que aparece reiterado Numerales 13.7; 13.7.1; 13.10.2 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 16. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por no aclarar la información que le fuera solicitada en los términos del numeral 5.2.3 del Contrato de Concesión, en el punto 10.2 de la Nota Nº 13442-ETOSS-01
Numerales 13.7, 13.10.5 y 13.10.10 del Contrato de Concesión aprobado por Decreto PEN Nº 787/93, modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 17. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SEISCIENTOS
SETENTA Y DOS MIL DIECIOCHO $ 672.018.- por no haber realizado de modo reiterado la cantidad de muestras establecida en el Anexo II del Contrato de Concesión - punto b del Sistema y Frecuencia de Extracciones de Muestras. Numerales 13.7; 13.7.1; 13.10.6 y 13.10.10 del Contrato de Concesión modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 18. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS SESENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS DOS $ 67.202.- por haber incumplido con la disposición del séptimo párrafo del numeral 4.9.2 del Contrato de Concesión que le impone que cuando las normas en materia de efluentes industriales no sean observadas deberá requerir a través del ETOSS la intervención de la autoridad competente en la materia Numeral 13.10.4 noveno párrafo del Contrato de Concesión modificado por la Resolución SRNyDS Nº 601/99.
ARTICULO 19. Aplícase a AGUAS ARGENTINAS S.A. una multa de PESOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO $ 13.448.- por violación al artículo 55 del Reglamento del Usua-

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AVISOS OFICIALES
Anteriores BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
El Banco Central de la República Argentina notifica a los señores DIZRIEH o DIRRIEH Rafael C.I.P.F. N 3.938.556, SALEM Isaac C.I.P.F. N 6.294.671, SAMRA José L.E. N 4.184.094 y YACAR Isaac L.E. N 7.803.176 que se ha dispuesto, por auto del 12.11.03, el cierre del período de prueba en el Sumario Financiero N 825 Expediente N 104.747/87 que se les instruye por su actuación en el Banco Mayo Cooperativo Limitado absorbente del Banco Casa Cooperativo Limitado, en los términos del artículo 41 de la Ley 21.526 y que les otorga vista de dichas actuaciones por el término de diez 10 días hábiles bancarios contados a partir de la notificación del presente. Eventuales vistas en Reconquista 250, Piso 6 Oficina 601, Capital Federal, de 10 a 15 horas. Mes Enero 2004, Feria Sumarial. Publíquese por tres días. AGUSTIN B. GARCIA ARRIBAS, Subgerente de Asuntos Contenciosos en lo Financiero Gerencia de Asuntos Contenciosos.
e. 2/1 N 436.361 v. 6/1/2004
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
Disposición N 37/2003
Bs. As., 23/12/2003
EL DIRECTOR NACIONAL
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
DISPONE:
ARTICULO 1 Aplíquese a ASCENSORES SERVAS S.A. con domicilio en Adolfo Alsina 909, Planta Baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, C.U.I.T. 30-60596505-5, la sanción de suspensión para contratar con el Estado Nacional por el plazo de UN 1 año, en los términos del apartado III
del inciso b del artículo 145 del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios para el Estado Nacional, aprobado por el Decreto N 436/2000, como consecuencia de la falta de depósito en la entidad contratante del monto de la garantía perdida, la cual comenzará a regir a partir de la notificación al interesado.
ARTICULO 2 Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Fdo.: Ing. JUAN OSCAR LUNA - Director Nacional - Oficina Nacional de Contrataciones.
e. 2/1 N 436.349 v. 5/1/2004

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Se informa al público que durante el mes de enero la Delegación Tribunales, sita en Libertad 469
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, permanecerá cerrada.
Continuamos atendiendo en la Sede Central, Suipacha 767 en el horario de 11,30 a 16 hs. y en el Colegio Público de Abogados, Avda. Corrientes 1441, de 9 a 13,30 hs.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/01/2004 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha05/01/2004

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones9389

Primera edición02/01/1989

Ultima edición07/07/2024

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