Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2003 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.089 1 Sección NISTROS que se detalla en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto, por los montos indicados en la misma.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO

99 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por los Decretos Nº 491/02 y 601/02.

Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

Por ello,
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto por los artículos 1º del Decreto Nº 491/02 y 1º del Decreto Nº 601/02.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las contrataciones de personal para prestar servicios en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en los términos del Decreto Nº 1184/01 según se detalla en las planillas que como Anexos I, II y III forman parte integrante del presente decreto por el período, categoría y montos mensuales indicados en las mismas.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Decreto 206/2003

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Carlos F. Ruckauf.

Apruébanse contrataciones de personal para prestar servicios en el citado Departamento de Estado, efectuadas en los términos del Decreto Nº 1184/2001.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

Bs. As., 4/2/2003
VISTO los Decretos Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002, y
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Que conforme lo determinara el Decreto Nº 491/02 toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, de personal permanente y no permanente, incluyendo al personal contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02 establece en su artículo 1º que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1184/01; a su vez precisa en su artículo 2º que la asignación de funciones a que se refiere el Decreto Nº 491/02 en su artículo 1º comprende a aquellas que impliquen el ejercicio transitorio de un cargo superior o su reemplazo y que genere una mayor erogación y su correspondiente compromiso presupuestario.
Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL
Y CULTO ha elevado las propuestas de renovar las contrataciones en el marco del Decreto Nº 1184/01 del personal que presta servicios en esa dependencia, cuyos contratos de locación de servicios finalizaron su período de vigencia el día 31 de diciembre de 2002, e incorporar agentes cuya prestación de servicios resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la jurisdicción y asegurar la continuidad y eficiencia de las actividades propias.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Que el presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el inciso 1 del artículo
Bs. As., 12/2/2003
VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 1.066.814/03, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001; 491 de fecha 12 de marzo de 2002; 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24
de enero de 2003, la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002, lo solicitado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.
Que por Decreto Nº 491/02 se estableció que toda asignación, designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/
01.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación de la persona cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas, de conformidad con la Circular de la S.L. y T.
Nº 4/02.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la
Que por Decreto Nº 491/02 se estableció que toda asignación, designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02
son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha elevado la propuesta de contratación de la persona cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha jurisdicción.
Que la persona cuya contratación se propone reúne los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas, de conformidad con la Circular de la S.L. y T. Nº 4/02.

Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Graciela Camaño.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL
y lo dispuesto por los artículos 1º del Decreto Nº 491/02 y 1º del Decreto Nº 601/02.

CONSIDERANDO:
Apruébase una contratación efectuada por la citada Jurisdicción, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

3

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 75 -MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Decreto 254/2003
Que por el Decreto Nº 1184/01 se establece el Régimen de Contrataciones reglamentario del artículo 47 de la Ley Nº 11.672 t.o. 1999
que encuadra los contratos cuyo objeto sea la prestación de servicios especializados técnicos o profesionales a título personal.

Jueves 13 de febrero de 2003

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL
Decreto 255/2003
Apruébase una contratación efectuada por la citada Jurisdicción, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs. As., 12/2/2003
VISTO el Expediente del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL Nº 1.066.600/03, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001; 491 de fecha 12 de marzo de 2002; 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Decisión Administrativa Nº 7, de fecha 24
de enero de 2003, la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4, de fecha 15 de marzo de 2002, lo solicitado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se detalla en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/
01.
Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 75 -MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Graciela Camaño.

CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el Visto se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2003.

NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha13/02/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9419

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Febrero 2003>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
232425262728