Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2003 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.084 1 Sección Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Ratifícase el Convenio celebrado entre el ESTADO NACIONAL y la PROVINCIA
DE CORRIENTES en fecha 29 de marzo de 1995, por el cual se otorgó a la mencionada provincia la concesión de la explotación de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros dentro de su territorio, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Aníbal D. Fernández.
NOTA: Este Decreto se publica sin el Anexo I.
La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1º de la Constitución Nacional y de los artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02
y Decreto Nº 601/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase Subgerente de Obras y Concesiones en el ámbito de la Gerencia de Obras y Servicios Viales, de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION al Agrimensor Jorge Alberto BATHORY L.E. Nº 8.414.059.

Desígnase Subgerente de Obras y Concesiones en el ámbito de la Gerencia de Obras y Servicios Viales y con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.

Artículo 1º Desígnase, con carácter transitorio, en el cargo Nivel B de la UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARIA DE FINANZAS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, a Doña Beatriz Margarita DUWENSEE D.N.I. Nº 10.335.354.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Roberto Lavagna.

VISTO el Expediente 1-04909-02 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 25.725, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y lo solicitado por la citada Dirección Nacional de Vialidad, y
Decreto 190/2003

Que por el artículo 18 de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2003, ni los que se produzcan con posteroridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la citada Ley.
Que mediante Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD se encuentra vacante el cargo de Subgerente de Obras y Concesiones, en el ámbito de la Gerencia de Obras y Servicios Viales, resulta necesario proceder a su cobertura, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 18 de la Ley Nº 25.725.
Que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio.
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos mínimos exigidos para la cobertura del nivel escalafonario, a los efectos de proceder a la designación en cuestión.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA, conforme la Resolución Nº 19 del 12
de marzo de 2002 de la PROCURACION DEL
TESORO DE LA NACION, ha tomado la intervención que le compete.

Por ello,
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción respectiva.

MINISTERIO DE ECONOMIA

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2003.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Incisos 1º y 7º de la Constitución Nacional, los Artículos 18 y 48 de la Ley Nº 25.725 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Bs. As., 4/2/2003

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Art. 2º La designación en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 18 de la ley Nº 25.725.

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Decreto 192/2003

Que se ha dado cumplimiento a las disposiciones de la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y a los requisitos mínimos exigidos para la cobertura de dichos niveles escalafonarios, a los efectos de proceder a las designaciones transitorias en cuestión.

Designaciones, con carácter transitorio, en la Secretaría de Finanzas - Unidades Secretario y Subsecretario y como excepción a lo establecido en el Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 y al artículo 18 de la Ley Nº 25.725.
Bs. As., 4/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0195420/2002 y su agregado sin acumular Expediente Nº S01:0195433/2002, ambos del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, y lo solicitado por la SECRETARIA DE FINANZAS de dicho Ministerio, y
Art. 2º Desígnase, con carácter transitorio, en el cargo Nivel C de la UNIDAD SUBSECRETARIO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO dependiente de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, a Doña Silvia Ana María GARCIA D.N.I. Nº 12.514.020.
Art. 3º Las designaciones en los cargos aludidos en los Artículos 1º y 2º se disponen con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulo II del Anexo I al Decreto Nº 993/91
T.O. 1995, y a lo dispuesto por el Artículo 18 de la Ley Nº 25.725.
Art. 4º Los cargos aludidos en los Artículos 1º y 2º, deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección previstos por el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la notificación de la respectiva designación transitoria.
Art. 5º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA.

Jueves 6 de febrero de 2003

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no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que el personal involucrado en la presente medida está exceptuado del cumplimiento de lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la creciente complejidad de las funciones propias de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE ECONOMIA, amerita la renovación de los contratos de locación de servicios del personal, en el marco del Decreto Nº 1184/01, cuya prestación resulta indispensable para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a dicha Unidad.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 MINISTERIO DE ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Coordinación de Contratos y Pasantías del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la renovación de los contratos celebrados entre el MINISTERIO DE
ECONOMIA y las personas que se detallan en el Anexo adjunto, que forma parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con los períodos, montos mensuales, funciones y rangos que en cada caso se indican.

CONSIDERANDO:
Que por la Ley citada en el VISTO se aprobó el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio del año 2003.
Que por el Artículo 18 de la Ley Nº 25.725 se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 48 de la mencionada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que, en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA se encuentran vacantes UN 1 cargo Nivel B y UN 1 cargo Nivel C, dependientes de la UNIDAD SECRETARIO y de la UNIDAD SUBSECRETARIO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO respectivamente, de dicha Secretaría, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta imprescindible proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el Artículo 18 de la citada Ley y de lo dispuesto por el Título III, Capítulo II
del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Que los cargos cuya cobertura transitoria se gestiona no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Roberto Lavagna.

MINISTERIO DE ECONOMIA

Art. 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
ECONOMIA, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

Decreto 191/2003
Apruébase la renovación de contratos celebrados por la citada Jurisdicción, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal.

Bs. As., 4/2/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0006480/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, la Ley Nº 25.725, los Decretos Nros. 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11
de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
MINISTERIO DE ECONOMIA
Decreto 202/2003
Designación del funcionario que se hará cargo interinamente del citado Departamento de Estado.
Bs. As., 4/2/2003

CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º expresa que Los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que
VISTO el desplazamiento que realizará al exterior el titular del MINISTERIO DE ECONOMIA, y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario adoptar los recaudos correspondientes a los fines de asegurar el normal cumplimiento de las responsabilidades propias del citado Ministerio, mientras su titular se encuentre ausente.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2003 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/02/2003

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones9419

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/08/2024

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