Boletín Oficial de la República Argentina del 27/03/2002 - Primera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.867 1 Sección 6.2 Simetría de impedancias respecto a masa Si el equipo posee una conexión a tierra, la pérdida de conversión longitudinal cuando se carga con una Zr de 600 , en estado de reposo, será mayor que 30 dB, entre 300 y 3400 Hz.

4

9 Requisitos de Marcación Los equipos que dispongan de marcación decádica y/o multifrecuente deberán cumplir con los siguientes requisitos:

7 Requisitos para Señal de Llamada
9.1 Marcación Decádica
7.1 Sensibilidad del detector de señal de llamada
9.1.1 Frecuencia de los pulsos
Los equipos que estén provistos de un detector de señal de llamada deberán responder ante una señal mínima de 35 Vrms, en las frecuencias de 16,6 Hz y 25 Hz, superpuesta a una tensión de 48 V.C.C.

Miércoles 27 de marzo de 2002

Será igual a 10 Hz con una tolerancia de 1 Hz 9.1.2 Relación de impulsos apertura - cierre
8 Parámetros Telefonométricos 8.1 Indices de sonoridad y de enmascaramiento de efecto local Los índices de sonoridad y de enmascaramiento del efecto local, parámetros aplicables a aparatos telefónicos, se encuentran determinados por la UIT-T en las recomendaciones P.76, P.79 y otras.
Dichas recomendaciones y sus relacionadas serán adoptadas para la definición y determinación de los siguientes parámetros.
El EBP deberá contar con un sistema de regulación eficiente que permita cumplir con los índices descriptos a continuación, para líneas de 0 a 5 km.
Estos requisitos deberán cumplirse cuando el control de volúmen se ajuste al mínimo.

El tiempo de apertura estará comprendido entre un 57.5 % a un 70.6 % del total del ciclo.
9.1.3 Pausa interdigital Para equipos con marcación automática, la pausa entre cada dígito será igual a 800 ms. con una tolerancia de +20 % y -10 %
9.1.4 Resistencia durante el cierre Menor o igual que 400 para una corriente de 20 mA. Este valor debe poder medirse durante un lapso mínimo del tiempo de trabajo del pulso de 25 ms.

8.1.1 Indice de sonoridad en emisión ISE:

9.1.5 Resistencia durante la apertura
Tanto para línea de 0 como de 5 km deberá ser mayor o igual que 3 dB y menor o igual que 13 dB.

Mayor o igual que 100 k
8.1.2 Indice de sonoridad en recepción ISR:

9.2 Marcación Multifrecuente
Tanto para línea de 0 como de 5 km deberá ser mayor o igual que -9 dB y menor o igual que 1 dB.
8.1.3 Indice de enmascaramiento de efecto local IEEL:

9.2.1 Asignación y tolerancias de frecuencias De acuerdo con lo establecido en la Recomendación Q.23 de la UIT-T.

Tanto para línea de 0 como de 5 km deberá ser mayor o igual que 7 dB y menor o igual que 24 dB.
8.2 Respuesta en frecuencia:
Los ensayos siguientes se realizarán solo para línea artificial normalizada de 0 km.

La señal de numeración debe componerse de dos frecuencias transmitidas en forma simultánea.
Dichas frecuencias se toman una del grupo de frecuencias inferiores y la otra del grupo de frecuencias superiores, atribuyéndose a las diferentes cifras y símbolos los pares de frecuencias según la disposición mostrada en la siguiente tabla.

Las curvas de respuesta en frecuencia deberán estar comprendidas en todos sus puntos dentro de los límites especificados por las máscaras detalladas a continuación que se considerarán flotantes. Los valores absolutos que figuran en el eje de ordenadas son a modo de ejemplo:

frecuencias superiores
8.2.1 Respuesta en frecuencia en transmisión De acuerdo al gráfico de la figura:
Frecuencias Inferiores
Hz
1209

1336

1477

697
770
852
941

1
4 7

2
5 8
0

3
6 9

Tabla 9.2.1.- Atribución de frecuencias a los diferentes símbolos y cifras del discado.
Cada frecuencia transmitida debe estar comprendida entre 1,8 % de la frecuencia nominal.
9.2.2 Emisiones no deseadas Las emisiones de frecuencias no deseadas emitidas durante el marcado de tonos multifrecuentes, deben tener un nivel 20 dB inferior, como mínimo, al de las frecuencias fundamentales.
9.2.3 Niveles de emisión Las señales de multifrecuencia se ajustarán a los siguientes niveles de emisión medidos sobre una carga de 600 :

Figura 8.2.1.

Grupo de frecuencias altas:
Grupo de frecuencias bajas:
Preénfasis:

Nivel nominal
Tolerancia
- 6 dBm - 8 dBm 2 dB

2 dB
2 dB
1 dB

8.2.2 Respuesta en frecuencia en recepción Estos valores se verificarán sobre el terminal para líneas normalizadas de 0 y 5 km.

De acuerdo a gráfico de figura:

10 Sistemas de ayuda auditiva Los aparatos telefónicos deberán, según lo dispuesto por Res. 26878 SC/96, cumplir con los siguientes requisitos:
10.1 Control de volumen Para aquellos aparatos que estén provistos de un control de volumen se deberá verificar que, cuando esté ajustado al máximo, se provoque una disminución del índice de sonoridad en recepción ISR de entre -6 y -10 db, con respecto al índice medido con nivel de volumen mínimo.
10.2 Componente axial del campo magnético del auricular La intensidad de la componente axial del campo magnético, generado por la bobina del auricular, será mayor a -22 dB relativo a 1 A/m, para una entrada de -10 dB a 1000 Hz.
10.3 Componente radial del campo magnético del auricular La intensidad de la componente radial del campo magnético, generado por la bobina del auricular, será mayor a -27 dB relativo a 1 A/m, para una entrada de -10 dB a 1000 Hz.
10.4 Respuesta en frecuencia de la tensión inducida
Figura 8.2.2.

La respuesta en frecuencia de la tensión inducida en la bobina de prueba por la componente axial del campo magnético, medida sobre el rango de frecuencia de 300-3300 Hz, caerá dentro de la región de aceptación definida por:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/03/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/03/2002

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9417

Primera edición02/01/1989

Ultima edición04/08/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2002>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31