Boletín Oficial de la República Argentina del 06/03/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 6 DE MARZO DE 2002

$ 0,70

AÑO CX

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.852

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

CONSIDERANDO:

PRESIDENCIA DE LA NACION
SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA
DR. ANTONIO E. ARCURI
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL

Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

www.boletin.jus.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 173.974

DECRETOS

SUMARIO ADMINISTRATIVO
Decreto 390/2002
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán. Instrúyese un sumario administrativo.
Bs. As., 28/2/2002
VISTO VISTO el expediente N 2002-4151/01-3
del registro del MINISTERIO DE SALUD, fotocopia de su similar N 1-2002-2095000324/
00-0 del registro de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN, dependiente de dicha Cartera de Estado, y
Que mediante Disposición de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS
E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN N 78 del 8 de febrero de 1999 la agente de dicha Administración Nacional Da.
Graciela DISTEFANO D.N.I. N 6.075.970
fue designada en un cargo Nivel C, Grado 0, Agrupamiento General, del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
SINAPA, correspondiente al INSTITUTO
NACIONAL DE PARASITOLOGIA DR. MARIO FATALA CHABEN, como consecuencia del Concurso oportunamente convocado conforme a las normas del Decreto N 993/91, sus modificatorios y normativa complementaria.
Que hasta ese momento la agente ocupaba un cargo Nivel D, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA SINAPA en la planta perteneciente al mismo Instituto.
Que desde el 29 de junio de 1998 se encontraba prestando servicios en la UNIDAD DE
AUDITORIA INTERNA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E
INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN, por instrucción impartida por la Directora de dicho Organismo mediante Memorando N 35 de fecha 29 de junio.
Que, notificada a la agente en cuestión la mencionada Disposición N 78/99, debería haberse presentado a prestar servicios en el nuevo cargo en el que había sido designada.
Que, sin embargo, continuó prestando servicios en la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
DR. CARLOS G. MALBRAN, alegando órdenes de la Dirección.
Que de ello se desprende que la agente DISTEFANO percibió la remuneración correspondiente a un cargo en el que nunca prestó servicios, con el consiguiente perjuicio fiscal.
Que las irregularidades que se derivan de tales circunstancias involucran no sólo a la agente DISTEFANO sino a la máxima autoridad de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN y a los funcionarios responsables de Recursos Humanos, de Personal y de Liquidación de Haberes.
Que encontrándose involucrada en los hechos a investigar la máxima autoridad de un organismo descentralizado art. 2 inc. g del Régimen Jurídico Básico de la Función Pública, aprobado por Ley N 22.140; art. 3 inc. a de la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional, aprobada por la Ley N 25.164
corresponde que sea el PODER EJECUTIVO NACIONAL el que ordene el pertinente sumario.
Que mediante expediente N 2002-12.559/013 del registro del MINISTERIO DE SALUD, fotocopia de su similar mencionado en el Visto del presente, se tramita el correspondiente proyecto de resolución del titular de dicha Cartera de Estado ordenando el pertinente sumario administrativo a los efectos de deslindar las responsabilidades en el caso de la agente DISTEFANO y los funcionarios intervinientes de menor rango.

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Art. 2 Comuníquese a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Ginés M. González García.

INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Decreto 412/2002

Artículo 1 Instrúyase sumario administrativo, por intermedio de la DIRECCION DE SUMARIOS del MINISTERIO DE SALUD, para investigar los hechos referidos en los considerandos del presente, deslindar las presuntas responsabilidades correspondientes a la entonces Directora de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN, DOCTORA Da. Elsa Leonor SEGURA DNI N 6.075.970, y establecer la existencia o no de perjuicio fiscal.

Desígnase Director Nacional en forma interina.
Bs. As., 5/3/2002
VISTO la Ley N 17.741 t.o. 2001, y CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la citada Ley determinó que el Director del INSTITUTO NACIONAL
DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES será
SUMARIO
Pág.
ADUANAS
Resolución General 1230-AFIP
Habilítase el funcionamiento de la Zona Franca de Puerto Iguazú. Determínanse los límites de la Zona Primaria Aduanera.
CARNES
Resolución 7/2002-SAGPA
Modifícase la Resolución N 914/2001, con la finalidad de determinar las adjudicaciones del cupo tarifario de cortes enfriados, vacunos de alta calidad, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2001 y el 30 de junio de 2002, que asigna la Unión Europea a nuestro país.
ESPECIALIDADES
MEDICINALES
Disposición 617/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de un determinado lote del producto Crema Curativa Dr. Selby x 40 g. Laboratorios Dr. Selby, Industria Uruguaya, Vto.
08/04.
Disposición 618/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso de la preparación rotulada Ungento de Propóleo, por tratarse un producto ilegítimo.
Disposición 619/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto Linimento Oleo Calcáreo Leofarm, Emulsión x 500 ml, de Laboratorio Delta, por haberse detectado irregularidades en su envase.
Disposición 620/2002-ANMAT
Prohíbese la comercialización y uso del producto rotulado Solución Fisiológica Esterilizada x 100 ml Parafarm, por tratarse de un producto ilegítimo.

6

2

6

6

7

Pág.
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 3/2002-IGJ
Exímese del pago de los aranceles aprobados en el marco de los Convenios Cooperación Técnica y Financiera y de Asistencia suscriptos con la Secretaría de Estado de Justicia de la Nación a las asociaciones civiles y fundaciones cuyo objeto exclusivo sea la atención y asistencia de necesidades materiales básicas de sectores sociales o comunidades étnicas que presenten condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

2

INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES
Decreto 412/2002
Desígnase Director Nacional en forma interina.

1

PESCA
Resolución 8/2002-SAGPA
Establécese que determinados buques de la flota arrastrera fresquera podrán efectuar operaciones al sur del paralelo 41 Sur a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre de 2002, hasta el límite de los cupos bimestrales de captura asignados.

4

SUMARIO ADMINISTRATIVO
Decreto 390/2002
Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos G. Malbrán. Instrúyese un sumario administrativo.

1

DECRETOS SINTETIZADOS

2

DECISIONES ADMINISTRATIVAS
SINTETIZADAS

2

AVISOS OFICIALES

8

Nuevos
10

Anteriores
14

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/03/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha06/03/2002

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones9388

Primera edición02/01/1989

Ultima edición06/07/2024

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