Boletín Oficial de la República Argentina del 27/03/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.867 1 Sección la CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Carlos POSE D.N.I. N 10.550.776.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Vanossi.

JUSTICIA
Decreto 546/2002
Nómbrase Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

JUSTICIA

Bs. As., 25/3/2002

Decreto 543/2002

VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Nómbrase Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo N 79 de la Capital Federal.
Bs. As., 25/3/2002
VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Nómbrase JUEZ NACIONAL DE
PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO N 79 de la CAPITAL FEDERAL, a la señora doctora Beatriz Inés FONTANA D.N.I. N 6.254.135.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Vanossi.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Nómbrase JUEZ DE CAMARA
DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL
FEDERAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
SUR, al señor doctor Héctor Luis PENA D.N.I. N
4.280.560.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Jorge R. Vanossi.

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

JUSTICIA
Decreto 544/2002
Nómbrase Juez Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 61 de la Capital Federal.

INSTITUTO NACIONAL
DE REASEGUROS
Decisión Administrativa 15/2002

Bs. As., 25/3/2002
VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Nómbrase JUEZ NACIONAL DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL N 61 de la CAPITAL FEDERAL, a la señora doctora Liliana Edith ABREUT de BEGHER D.N.I. N
14.038.375.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Jorge R. Vanossi.

Dase por prorrogado el plazo para la liquidación definitiva de la citada Sociedad del Estado, en liquidación.
Bs. As., 26/3/2002
VISTO el Expediente N 496/01 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS
SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación, organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE
ECONOMIA, la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1999, la Ley N 24.764, la Ley N 24.938, el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y las Decisiones Administrativas Nros. 55 de fecha 22 de enero de 1998, 639 del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000 y 7 del 25 de enero de 2001, y CONSIDERANDO:

JUSTICIA
Decreto 545/2002
Nómbrase Juez Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 91 de la Capital Federal.
Bs. As., 25/3/2002
VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Que el artículo 64 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
1997, actualmente incorporado como artículo 61 del ordenamiento de ese cuerpo legal aprobado por Decreto N 689 de fecha 30 de junio de 1999, estableció el 31 de diciembre de 1996 como fecha límite para la liquidación definitiva de los entes u organismos del ESTADO NACIONAL que se encontrasen en estado de liquidación.
Que por su parte, el artículo 25 de la Ley N
24.764 prorrogó la mentada fecha límite hasta el 30 de junio de 1997, contemplando la posibilidad de que el señor Jefe de Gabinete de Ministros extendiera dicho término hasta el 31 de diciembre de 1997, cuando razones de trámite así lo justifiquen.

Artículo 1 Nómbrase JUEZ NACIONAL DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL N 91 de la CAPITAL FEDERAL, al señor doctor Carlos Hugo GOGGI D.N.I. N 16.768.000.

Que el artículo 60 de la Ley N 24.938, actualmente incorporado como artículo 62 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1999, faculta al señor Jefe de Gabinete de Ministros a establecer prórrogas al plazo referido en el artículo 64 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997, modificado por el artículo 25 de la Ley N 24.764.

Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE. Jorge R. Vanossi.

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 55 de fecha 22 de enero de 1998, 639

del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000
y 7 del 25 de enero de 2001 se extendió el plazo establecido por el actualmente incorporado artículo 61 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
1999, modificado por el artículo 25 de la Ley N 24.764, para que determinados entes culminen su proceso liquidatorio.
Que por el Decreto N 357 de fecha 21 de febrero de 2002 la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA tiene a su cargo entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes del INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL
ESTADO en liquidación.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación, organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA, tiene a su cargo aún tareas y responsabilidades pendientes de alta complejidad y especialidad.
Que resulta procedente extender el plazo de liquidación definitiva de dicho Instituto por el término necesario para completar la implementación del plan de corte de responsabilidades entre el mismo y la plaza aseguradora local previsto por el Decreto N 1220 del 22
de diciembre de 2000 modificatorio del Decreto N 1061 del 24 de septiembre de 1999, respecto de aquellas entidades aseguradoras que han adherido a alguna de las alternativas de la propuesta de corte.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 62 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1999.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Dase por prorrogado hasta el 30
de junio de 2002, el plazo establecido por el artículo 64 de la Ley N 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 1997, actualmente incorporado como artículo 61 del ordenamiento de ese cuerpo legal aprobado por el Decreto N 689 del 30 de junio de 1999, modificado por el artículo 25 de la Ley N 24.764 y prorrogado mediante las Decisiones Administrativas Nros.
55 de fecha 22 de enero de 1998, 639 del 23 de diciembre de 1998, 11 del 2 de febrero de 2000, 102 del 11 de agosto de 2000 y 7 del 25 de enero de 2001, para la liquidación definitiva del INSTITUTO NACIONAL, DE REASEGUROS SOCIEDAD DEL ESTADO en liquidación, organismo actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Miércoles 27 de marzo de 2002

2

DIRECCION NACIONAL
DE MIGRACIONES
Decisión Administrativa 16/2002
Inclúyese en las previsiones del Decreto N 1840/86 y sus modificatorios, y con carácter de excepción, al titular del citado organismo.
Bs. As., 26/3/2002
VISTO el Expediente N 496/2002 del registro del Ministerio del Interior, el Decreto N 1840 del 10 de octubre de 1986, sus modificatorios, y la Decisión Administrativa N 477 del 16 de septiembre de 1998, y CONSIDERANDO:
Que por tales normas se prevé, entre otras medidas, un régimen especial de compensación de los mayores gastos en que incurran los funcionarios convocados por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL para cumplir funciones políticas, cuando su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS 100 Km. de la sede de los respectivos organismos en que revistan.
Que por Decreto N 144 del 18 de enero de 2002, se designó al General de División R
D. Juan Manuel LLAVAR como DIRECTOR
NACIONAL DE MIGRACIONES del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que el mencionado funcionario tiene su residencia permanente en la Ciudad de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, conforme lo ha acreditado con la documentación pertinente, y si bien su situación de revista no es de las previstas por el Decreto N 1840/86, sus modificatorios y concordantes, dado la naturaleza de las funciones que presta, procede incluirlo, con carácter de excepción, en sus previsiones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
y el artículo 8 del Decreto N 909 del 30 de junio de 1995.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Inclúyese dentro de las previsiones del Decreto N 1840 del 10 de octubre de 1986
y sus modificatorios, con carácter de excepción y mientras su residencia permanente se encuentre a una distancia superior a los CIEN KILOMETROS
100 Km. de la CAPITAL FEDERAL, al señor Director Nacional de Migraciones del MINISTERIO
DEL INTERIOR, General de División R D. Juan Manuel LLAVAR D.N.I. N 7.715.708.

Art. 2 La SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA queda facultada para extender el plazo dispuesto por el artículo 1
de la presente Decisión Administrativa hasta el 30
de septiembre de 2002.

Art. 2 El gasto que origine el cumplimiento de la presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias con que cuenta la Jurisdicción 30
- MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Jorge Remes Lenicov.

Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge M. Capitanich. Rodolfo Gabrielli.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/03/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha27/03/2002

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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