Boletín Oficial de la República Argentina del 08/03/2002 - Primera Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.854 1 Sección Decreto Nº 145 del 18 de enero de 2002, se desempeñará como Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva del MlNISTERIO DE
EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 2º El doctor Ricardo Roberto BIAZZI M.l.
Nº 8.313.953 designado Secretario de Educación Básica del MINISTERIO DE EDUCACION por Decreto Nº 161 del 22 de enero de 2002, se desempeñará como Secretario de Educación del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 3º La Licenciada María del Carmen FEIJOO DOCAMPO DNI Nº 6.135.003 designada Subsecretaria de Educación Básica del MINISTERIO DE EDUCACION por Decreto Nº 162 del 22
de enero de 2002, se desempeñará como Subsecretaria de Equidad y Calidad del MINISTERIO
DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 4º El doctor Juan Carlos PUGLIESE DNI
Nº 5.394.881 designado Secretario de Educación Superior del MINISTERIO DE EDUCACION por Decreto Nº 187 del 25 de enero de 2002, se desempeñará como Secretario de Políticas Universitarias del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 5º La doctora Graciela GIDI LC
Nº 3.975.833 designada Subsecretaria de Coordinación del MINISTERIO DE EDUCACION por Decreto Nº 276 del 8 de febrero de 2002, se desempeñará como Subsecretaria de Coordinación Administrativa del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 6º El doctor Eduardo Hernán CHARREAU DNI Nº 4.568.325 designado Presidente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE
INVESTIGACIONES ClENTIFICAS Y TECNICAS
de la SECRETARIA PARA LA TECNOLOGIA, LA
ClENCIA Y LA INNOVACION PRODUCTIVA por Decreto Nº 255 del 6 de febrero de 2002, se desempeñará como Presidente del Directorio del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES
CIENTIFICAS Y TECNICAS de la SECRETARIA
DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION
PRODUCTIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA.
Art. 7º Las disposiciones del presente decreto se aplicarán a partir del 22 de febrero de 2002.
Art. 8º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Graciela M. Giannettasio.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS
Decreto 426/2002
Exceptúase el mencionado Departamento de Estado de la prohibición establecida en el artículo 1º del Decreto Nº 25/2001, al sólo efecto de posibilitar la cobertura transitoria del cargo de Director de la Dirección de Coordinación Técnica y Administrativa de la Procuración del Tesoro de la Nación.

la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados por la Decisión Administrativa Nº 1/01, distributiva del Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio de 2001, prorrogados por su similar Nº 1/02 para el ejercicio de 2002, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado intervención la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición contenida en el artículo 1º del Decreto Nº 25
de fecha 23 de diciembre de 2001, al sólo efecto de posibilitar la cobertura transitoria del cargo de Director de la DIRECCION DE COORDINACION
TECNICA Y ADMINISTRATIVA Nivel A, Función Ejecutiva III de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Art. 2º Facúltase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS a efectuar la designación de carácter transitorio referida en el artículo anterior, como excepción a lo dispuesto por los Títulos II, Capítulo I, artículo 11; III, Capítulo III; y VI, artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.
Art. 3º El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA
Decreto Nº 993/91 T.O. 1995en el término de CIENTO OCHENTA 180 días contados a partir de la designación transitoria.
Art. 4º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge M. Capitanich. Jorge R. A. Vanossi.

Que por el Decreto Nº 25 del 1º de enero de 2002, se estableció el cese en las funciones ejecutivas de aquéllos funcionarios y/o agentes que hubieran sido designados transitoriamente para ejercer cargos de tal carácter, en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, en virtud de expresas autorizaciones oportunamente otorgadas por el Poder Ejecutivo Nacional, como así también de aquellos funcionarios y/
o agentes que hubieran sido contratados para ejercer cargos, en el ámbito de la Administración Pública Nacional y demás organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones, con remuneraciones y responsabilidades equivalentes a cargos con funciones ejecutivas y/o gerenciales, cualquiera sea su fuente de financiamiento y la modalidad de dicha contratación.
Asimismo, se instituyó que los funcionarios designados con anterioridad al 28 de diciembre de 2001, con rango y jerarquía de Secretario, Subsecretario o equivalentes, que no hayan presentado su renuncia a la fecha de dictado del Decreto en cuestión, cesarían en sus respectivos cargos a partir de la fecha referenciada.
Que en virtud de la aplicación de los Decretos citados se han producido vacantes en el MINISTERIO DEL INTERIOR que resulta imprescindible cubrir a fin de mantener el normal desenvolvimiento de las áreas involucradas y de no entorpecer la atención de las tareas y de los objetivos oportunamente asignados.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a lo previsto en el artículo 21 de la Ley Nº 25.401, en el artículo 1º del Decreto Nº 25 del 23 de diciembre de 2001 y en los Títulos III Capítulo III y VI artículo 71
primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.

2

ANEXO I
MINISTERIO DEL INTERIOR
SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS
- DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS POLITICOS Y REFORMA POLITICA
- DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES
CON LA COMUNIDAD Y O.N.G.
- DIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
- SUBDIRECCION GENERAL DEL ARCHIVO
GENERAL DE LA NACION
- DIRECCION DE SISTEMAS, REDES, TELECOMUNICACIONES Y ENLACES
SECRETARIA DE PROVINCIAS
- DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA
TECNICA Y FINANCIERA A PROVINCIAS
- DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS REGIONALES
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES
- DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS MUNICIPALES
- INSTITUTO FEDERAL DE ASUNTOS MUNICIPALES
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO
- SUBDIRECCION GENERAL DEL SERVICIO
ADMINISTRATIVO FINANCIERO
- DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
- SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS
DIRECCION DE SUMARIOS
- DIRECCION DE MESA DE ENTRADAS, NOTIFICACIONES Y DESPACHO
SUBSECRETARIA DE INTERIOR
- DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
- DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACIONES, POLITICAS Y DESARROLLO DEMOGRAFICO

MINISTERIO DEL INTERIOR

Bs. As., 5/3/2002
Exceptúase al mencionado Departamento de Estado de lo dispuesto en la Ley Nº 25.401 y el Decreto Nº 25/2001, al solo efecto de posibilitar la cobertura de cargos correspondientes a los titulares de las unidades organizativas de primer nivel operativo que se aprobaron mediante el Decreto Nº 1045/2001.

CONSIDERANDO:

Bs. As., 5/3/2002

Que por la citada Decisión Administrativa se exceptuó al MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 25.401, al sólo efecto de posibilitar la cobertura transitoria de, entre otros, el cargo de Director de la DIRECCION DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA Nivel A, Función Ejecutiva III de la PROCURACION DEL TESORO DE
LA NACION.

VISTO la Ley Nº 25.401 y los Decretos Nos. 1045
de fecha 16 de agosto de 2001, 25 del 23 de diciembre de 2001 y 25 de fecha 1º de enero de 2002, y
Que por el Decreto Nº 25/01 se estableció el congelamiento de todas las vacantes existentes en la Administración Pública Nacional y en todos los entes y organismos a que se refiere el artículo 2º del Decreto Nº 23/01.

Que a través del artículo 4º de la mencionada norma se exceptuó al citado Departamento de Estado, por única vez, de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley Nº 25.401, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos correspondientes a los titulares de la unidades organizativas de primera nivel operativo que se aprobaron mediante dicho acto administrativo, facultando a la citada Jurisdicción a efectuar designaciones de carácter transitorio en los cargos de los titulares de las unidades organizativas referidas, que se
Que a fin de asegurar la consecución de los importantes objetivos asignados a la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, resulta imprescindible proceder a la cobertura transitoria del referido cargo de Director de Coordinación Técnica y Administrativa de
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 25 del 23 de diciembre de 2001 se procedió a congelar las vacantes existentes en la Administración Pública Nacional y en todos los entes y organismos a que se refiere el artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001.

Que el presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 21 y 26 de la Ley Nº 25.401 y 1º del Decreto Nº 25 de fecha 23 de diciembre de 2001.
Decreto 427/2002

VISTO el expediente Nº 132.408/02 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, los Decretos Nº 993/91
T.O. 1995 y Nº 25 de fecha 23 de diciembre de 2001 y la Decisión Administrativa Nº 207
del 23 de octubre 2001, y
crearon, que cambiaron sus competencias o cuyas funciones ejecutivas se encontraban vacantes, como excepción a lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III; y VI artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I, del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.

Viernes 8 de marzo de 2002

CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1045/2001 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DEL INTERIOR.

EL PRESIDENTE DE LA
NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DEL
INTERIOR de lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley Nº 25.401 y 1º del Decreto Nº 25 del 23 de diciembre de 2001, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos correspondientes a los titulares de las unidades organizativas de primera nivel operativo que se aprobaron mediante el Decreto Nº 1045 de fecha 16 de agosto de 2001, las cuales se detallan en el Anexo I al presente Decreto.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Art. 2º Facúltase al Ministro del Interior a efectuar designaciones de carácter transitorio como excepción a lo dispuesto por los Títulos III Capítulo III y VI artículo 71 primer párrafo, primera parte del Anexo I del Decreto Nº 993/91
t.o. 1995. Los cargos involucrados deberán ser cubiertos mediante los sistemas de selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa en el término de CIENTO OCHENTA
180 días de la respectiva designación.

Bs. As., 5/3/2002

Art. 3º Las designaciones transitorias efectivizadas de conformidad con la facultad otorgada por el artículo precedente, deberán ajustarse a los requisitos mínimos establecidos en el artículo 11
del Anexo 1º al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge M. Capitanich. Rodolfo F. Gabrielli.

Decreto 431/2002
Facúltase al titular del citado Departamento de Estado a efectuar designaciones con carácter transitorio para cubrir determinados cargos, con carácter de excepción a los dispuestos en la Ley Nº 25.401 y el Decreto Nº 25/2001.

VISTO la Ley Nº 25.401, los Decretos Nros. 25
del 23 de diciembre de 2001 y 993 del 27 de mayo de 1991 t.o. 1995, la Decisión Administrativa Nº 1 del 1º de enero de 2002 y lo propuesto por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 25.401 se aprobó el presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional correspondiente al Ejercicio 2001.
Que el artículo 21 de la mencionada Ley, prorrogada por Decisión Administrativa Nº 1/02, prescribe que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2001, ni los que

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/03/2002 - Primera Sección

TítuloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaísArgentina

Fecha08/03/2002

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones9394

Primera edición02/01/1989

Ultima edición12/07/2024

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