Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/10/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / MIERCOLES 04 DE OCTUBRE DE 2023

socios. El capital social se fija en la suma de pesos quinientos diez mil $
510.000, y se divide en cinco mil cien 5.100 cuotas iguales con un valor equivalente a pesos cien $ 100 cada una. Las mismas son suscriptas por los socios en las siguientes proporciones: la Sra. Raquel Laura Carletti suscribe mil setecientas 1.700 cuotas de pesos cien $ 100 cada una, por la suma de pesos ciento setenta mil $ 170.000, representativas de la tercera parte 1/3 del total del capital social; la Sra. Norma Maria Brouwer suscribe mil setecientas 1.700 cuotas de pesos cien $ 100
cada una, por la suma de pesos ciento setenta mil $ 170.000, representativas de la tercera parte 1/3 de total del capital social; el Sr. Cesar Andrés Carletti suscribe mil setecientas 1.700 cuotas de pesos cien $
100 cada una, por la suma de pesos ciento setenta mil $ 170.000, representativas de la tercera parte 1/3 del total del capital social. Las cuotas se suscriben en dinero en efectivo, que los socios aportan en este momento en un veinticinco por ciento 25% y el saldo dentro del plazo de dos 2 años. La administración, dirección y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio Gerente o Gerente, según el caso, y un sello de la sociedad con la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y/o alternativamente cada uno de ellos. El o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales sin limitación alguna. Si las necesidades de la evolución social lo aconsejaren, el o los gerentes podrán nombrar gerente o gerentes en los cuales delegarán las facultades que estimen necesarias, cuyo nombramiento se llevará a cabo mediante asamblea de socios, pudiendo determinarse sus facultades mediante instrumento público o privado. En este acto la unanimidad de los socios designa como socia gerente a la Sra. Raquel Laura Carletti, D.N.I. Nº 31.393.107, C.U.I.T. Nº 27-31393107-8, con domicilio real en calle Muniagurria N 516 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quien acepta el cargo en este acto y manifiesta que actuará de acuerdo con las leyes vigentes y la presente cláusula contractual. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro de actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas en el art. 160 de la Ley 19.550 y cláusula cuarta para la promesa. La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general. Cesión de cuotas: a Entre socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de capital existente entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social; b A terceros: Las cesiones o transferencias que se otorgaren a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por el art. 152 de la ley 19,550. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros sin el consentimiento unánime de los socios; c Procedimiento de cesión o transferencia: El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar tal circunstancia por medio fehaciente a la gerencia y a los demás socios, quienes deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta 30 días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente le efectúe a la gerencia y a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio, condiciones de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el libro de actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio.
Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración. En caso de fallecimiento, incapacidad, ausencia con o sin presunción de fallecimiento o cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos, sucesores o representantes legales podrán optar entre: a continuar en la sociedad en el lugar del socio fallecido, ausente o incapaz. En este caso los herederos, sucesores o representantes legales deberán unificar su personería y presentación en uno solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores; b retirarse de la sociedad, percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente puedan tener con relación al balance general que se practicará a la fecha del fallecimiento, declaración de ausencia o incapacidad del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los 60 días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. El importe resultante se le abonará a los herederos, sucesores o representantes legales en doce 12 cuotas, debiendo abonarse la primera de inmediato y las restantes de manera mensual durante los doce 12 meses siguientes, debidamente actualizadas y con el interés fijado por el Banco de la Nación Argentina para los préstamos de capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos, sucesores o representantes legales participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración
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de incapacidad o ausencia. El representante de los herederos ante la sociedad puede ser socio de la sociedad o no serlo. Si fuere socio, queda sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser nombrado gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos, sucesores o representantes legales respecto de la continuación o retiro contemplados en la presente cláusula deberá comunicarse de manera fehaciente a la sociedad dentro de los diez 10 días hábiles de ocurrido el fallecimiento o declaración de ausencia o incapacidad, debiendo contener dicha comunicación el nombramiento del representante que actuará frente a la sociedad. En caso de no efectuarse la comunicación se considerará que deciden continuar en la sociedad en las condiciones fijadas en la presente cláusula. La sociedad se disolverá por las causales establecidas en el art. 94 de la ley 19.50 y modificatorias. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías incluidas en la cláusula séptima M
presente contrato, decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta 30 días de haber entrado la sociedad en estado de liquidación. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la ley 19.550 y modificatorias y las instrucciones de los socios. Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato, o entre ellos y los herederos, legatarios o representantes legales de un socio fallecido, incapacitado o ausente, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la liquidación, disolución o partición de la sociedad, será sometida a los tribunales ordinarios de la ciudad de Rosario, a cuya competencia se someten los socios expresamente, renunciando a cualquier otro fuero, inclusive el Federal, si pudiere corresponder. Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en cualquier trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad por fuera de la misma, salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada.
Rosario, 27 de septiembre de 2023.
$ 280
507953
Oct. 04


LABORATORIOS YERUTI S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO

Expte. N 1981/2023 Autos LABORATORIOS YERUTI S.R.L. s/Modificación al Contrato.
Por estar así dispuesto en los autos caratulados LABORATORIOS YERUTI S.R.L. s/Modificación al contrato social, se hace conocer la siguiente cesión de cuotas sociales. A los 14 días del mes de septiembre del ario 2023; Sra. Cristina Elsa Bacci, argentina, comerciante, estado civil viuda, nacida el 11/08/1949, domiciliado en calle Balcarce 2009 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 6.030.775, CUIT Nº 27-0630775-5; el Sr.
Guillermo Saurin, argentino, comerciante, estado civil casado, nacido el 04/04/1972, domiciliado en calle Balcarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 22.715.021, CUIT Nº 20-22715021-2, y el Sr. Adrián Saurin, argentino, comerciante, estado civil soltero, nacido el 0210211969, domiciliado en calle Balcarce 2009 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 20.180.587, CUIT Nº 20-20180587-3; todos integrantes de la sociedad denominada Laboratorios Yeruti S.R.L. con domicilio en Ruta 11 Km 454
de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe; CUIT
30610233364; inscripta bajo Nº 472 Folio 251 Libro 6 de SRL
18/03/1986 legajo 2712 y modificaciones: N 300 Folio 73 Libro 13 de SRL, 01/08/2007; N 1041 Folio 158 Libro 16 de SRL, 27/08/2007; Nº 1227 Folio 208 Libro 18 de SRL, 22/12/2015; el Sr. Fabrizio Saurin, argentino, estudiante, estado civil soltero, nacido el 0910812001, domiciliado en calle Balcarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 43.426.649; CUIT Nº 20-43426649-2 y el Sr. Conrado Saurin, argentino, estudiante estado civil soltero, nacido el 01/04/2005, domiciliado en calle Baicarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 46.495.722; CUIT Nº 20-46495722-8; convienen de mutuo y común acuerdo: instrumentar la siguiente cesión de cuotas; 1- El Sr. Adrián Saurin manifiesta la voluntad de ceder el total de las cuotas sociales que le corresponden en el Capital Social, es decir 183 cuotas sociales conformadas de la siguiente manera:
la nuda propiedad de 96 cuotas sociales cuyo usufructo le pertenece a Cristina Elsa Bacci y 87 cuotas sociales de dominio pleno debido al fallecimiento de Dionisio Luis Saurín; DNI Nº 6.262.509 el 28/06/2021 quien posela el usufructo de las mismas; 2- El Sr. Guillermo Saurin, argentino, comerciante, estado civil casado, nacido el 04/04/1972, domiciliado en calle Balcarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 22.715.021, CUIT
20-22715021-2, recibe la nuda propiedad de 90 de las cuotas; el usufructo le pertenece a Cristina Elsa Bacci; 81 cuotas sociales de dominio pleno; el Sr. Fabrizio Saurin, argentino, estudiante, estado civil soltero, nacido el 09/08/2001, domiciliado en calle Balcarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 43.426.649; CUIT Nº 20-43426649-2, recibe la nuda propiedad de 3 de las cuotas: el usufructo te pertenece a Cristina Elsa Bacci; 3 cuotas sociales de dominio pleno, el Sr. Conrado Saurin, argentino, estudiante estado civil soltero, nacido el 01/04/2005, domiciliado en calle Balcarce 2240 de la ciudad de esta ciudad, DNI Nº 46.495.722; CUIT
Nº 20-46495722-8, recibe la nuda propiedad de 3 de las cuotas; el usufructo le pertenece a Cristina Elsa Bacci; 3 cuotas sociales de dominio pleno 3- Los Sres. Cristina Elsa Bacci y Guillermo Saurin, en su carácter

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/10/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaísArgentina

Fecha04/10/2023

Nro. de páginas72

Nro. de ediciones720

Primera edición03/05/2002

Ultima edición29/07/2024

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