Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL

RIO GALLEGOS, 07 de Noviembre de 2017.-

Página 3

910200

Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos
910300

Servicios de jardines botánicos, zoológicos y de parques nacionales
910900

Servicios culturales n.c.p. Incluye actividades sociales, culturales, recreativas y de interés local desarrollado por centros vecinales, barriales, sociedades de fomento, clubes no deportivos, etc.

931010

Servicios de organización, dirección y gestión de prácticas deportivas en clubes
949100

Servicios de organizaciones religiosas
949990

Servicios de asociaciones n.c.p.

561012

Servicios de restaurantes y cantinas con espectáculo
823000

Servicios de organización de convenciones y exposiciones comerciales, excepto culturales y deportivos
854930

Enseñanza para adultos, excepto discapacitados
854940

Enseñanza especial y para discapacitados
471190

Venta al por menor en kioscos, polirrubros y comercios no especializados n.c.p.

Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 12 de Octubre de 2017.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0969
RIO GALLEGOS, 26 de Octubre de 2017.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de octubre del año 2017; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley sancionada se INCORPORA al Anexo I de la Ley N 3548 de Declaración de Emergencia Comercial los Códigos de Actividad, detallados en el mismo;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 Inc. 2 de la Constitución Provincial, corresponde proceder a la promulgación de la Ley sancionada de acuerdo a los fundamentos desarrollados en los considerandos que anteceden;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1005/17, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO
DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMÚLGASE bajo el N 3558 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de octubre del año 2017, mediante la cual se INCORPORA al Anexo I
de la Ley N 3548 de Declaración de Emergencia
COD

Comercial los Códigos de Actividad, detallados en el mismo.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dr. GONZALEZ Sr. Leonardo Dario Alvarez _______
LEY Nº 3559
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
MODIFICACION LEY 3548
Artículo 1.- INCORPORASE al Anexo I de la Ley N 3548 de Declaración de Emergencia Comercial los Códigos de Actividad que se detallan a continuación:

DETALLE

813000

SERVICIOS DE JARDINERÍA Y MANTENIMIENTO DE ESPACIOS VERDES

465310

VENTA AL POR MAYOR DE MÁQUINAS, EQUIPOS E IMPLEMENTOS DE USO EN LOS SECTORES AGROPECUARIO, JARDINERÍA, SILVICULTURA, PESCA Y CAZA
SERVICIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR INTERURBANO REGULAR DE PASAJEROS, E1203EXCEPTO TRANSPORTE
INTERNACIONAL

492150
16291

SERVICIOS PARA EL CONTROL DE PLAGAS, BAÑOS PARASITICIDAS, ETC.

16112

SERVICIOS DE PULVERIZACIÓN, DESINFECCIÓN Y FUMIGACIÓN TERRESTRE

492180

SERVICIO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR TURÍSTICO DE PASAJEROS

432200

INSTALACIONES DE GAS, AGUA, SANITARIOS Y DE CLIMATIZACIÓN, CON SUS ARTEFACTOS CONEXOS

Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 12 de Octubre de 2017.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5193 DE 16 PAGINAS

DECRETO Nº 0970
RIO GALLEGOS, 26 de Octubre de 2017.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de octubre del año 2017; y CONSIDERANDO:
Que mediante la ley sancionada se INCORPORA al Anexo I de la Ley N 3548 de Declaración de Emergencia Comercial los Códigos de Actividad, detallados en el mismo;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 Inc. 2 de la Constitución Provincial, corresponde proceder a la promulgación de la Ley sancionada de acuerdo a los fundamentos desarrollados en los considerandos que anteceden;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1004
/17, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de
la Gobernación;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO
DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMULGASE bajo el N 3559 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de octubre del año 2017, mediante la cual se INCORPORA al Anexo I
de la Ley Nº 3548 de Declaración de Emergencia Comercial los Códigos de Actividad, detallados en el mismo.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria. Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dr. GONZALEZ Sr. Leonardo Dario Alvarez

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 7/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha07/11/2017

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1767

Primera edición19/02/2002

Ultima edición11/07/2024

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