Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/7/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2011 Año de l Trabajo De ce nte , la Salud y Se guridad de los Trabajadores
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves Sr. DANIEL RO MAN PERALTA
Gobernador Dr. PABLO GERARDO GO NZALEZ
Ministro de la Je fatura de Gabine te de Ministros Sr. JO SE MANUEL CO RDO BA
Ministro de Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de la Se cre taría Ge ne ral de la Gobernación C.P. DIEGO LEO NARDO RO BLES
Ministro de Economía y O bras Públicas Ingº. JAIME HO RACIO ALVAREZ
Ministro de la Producción Sra. ANA MARIAURRICELQ UI
Ministro de De sarrollo Social Dr. SERGIO PABLO VUCKOVIC
Ministro de Salud Prof. RO BERTO LUIS BO RSELLI
Pre side nte de l Conse jo Provincial de Educación Dr. CARLOS JAVIER RAMO S
Fiscal de Estado
DECRETO Nº 3091
RIO GALLEGOS, 07 de Diciembre de 2010.V I ST O :
El Expediente IESC-Nº 000.131/10; y CONSIDE RANDO:
Que se encuentra vigente la Ley Provincial Nº 1304, cuyo objeto resulta ser la constitución de servidumbres administrativas de electroductos;
Que la norma arriba mencionada prevé en su Artículo cuarto, la aprobación del proyecto y planos de la obra a ejecutar o de las instalaciones a construir por parte de la Autoridad Competente;
Que las funciones de la autoridad competente no se agotan en el artículo antes mencionado, si no que su desempeño está previsto en distintos pasajes de la norma;
Que a resultas de la construcción de distintas líneas dentro del territorio de la Provincia y bajo la jurisdicción de la misma, en el marco del Plan Federal - Líneas de Jurisdicción Provincial, resulta indispensable contar con la designación de la Autoridad Competente;
Que según lo dispone la Ley Nº 3067, el Instituto de Energía de la Provincia tiene como finalidades, entre otras, evaluar íntegramente los recursos energéticos existentes en la Provincia, estudiar y analizar el comportamiento de los mercados energéticos, elaborando el planeamiento estratégico en materia de energía eléctrica, hidrocarburos y otros combustibles, promoviendo políticas de competencia y deficiencia en la asignación de recursos; poner a consideración del Poder Ejecutivo las normas destinadas al ordenamiento legal del sector energético y dictar todas aquellas necesarias para el cumplimiento de la finalidad del Instituto;
Que mediante Decreto Provincial Nº 1649/10, se aprueba el reglamento Orgánico Funcional del Instituto de Energía de la Provincia;
Que a través del artículo catorceavo de la norma antes mencionada, se determinan los objetivos de la gerencia de Energía Eléctrica, dependiente de la Presidencia del Instituto de Energía, entre los cuales cabe citar: entender en el estudio y consideración del desarrollo energético de interés para la Provincia; formular normas relacionadas con las funciones del sector y su vinculación con la actividad de los concesionarios, ejercer todas las atribuciones relacionadas con las actividades de control y atribuciones relacionadas con las actividades de control e inspección, sobre los recursos energéticos, considerando las reglamentaciones y normas vigentes para el sector eléctrico;
Que en razón de lo antes expresado, deviene necesario establecer expresamente, la autoridad competente para entender en los trámites de servidumbres administrativas de electroductos, resulta ser el Instituto de Energía de la Provincia;
Que designada que fuera autoridad Competente, deviene necesario delegar en el Instituto de Energía la reglamentación de la Ley Nº 1304, en lo que hace el procedimiento administrativo para el otorgamiento de las servidumbres administrativas para electroductos;

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LVI Nº 4509

OFICIAL

Que la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación ha emitido al respecto, dictamen favorable;
Por ello y atento al Dictamen IESC-Nº 71/10, emitido por el Instituto de Energía de Santa Cruz, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- Determinar como autoridad Competente de la Ley Nº 1304, al Instituto de Energía de la Provincia.Artículo 2º.- Delegar en el Instituto de Energía la reglamentación de la Ley Nº 1304, en lo que hace al procedimiento administrativo para el otorgamiento de las servidumbres administrativas para electroductos.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 4º.- PASE al Instituto de Energía de Santa Cruz, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-Ingº. Gustavo Ernesto Martínez ________
DECRETO Nº 3106
RIO GALLEGOS, 10 de Diciembre de 2010.V I ST O :
El Expediente MEOP-Nº 414.793/10, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDE RANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el Acta Complementaria y su ANEXO I para la implementación de la Declaración Impositiva Unificada -DIUsuscripto con fecha 18 de noviembre del año 2010, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el Jefe de Gabinete de Ministros Doctor Pablo Gerardo GO NZALEZ y el Ministro de Economía y Obras Públicas, Cont ador Público Diego Leonardo RO BLES por una parte, y por la otra la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4509 DE 18 PAGINAS

RIO GALLEGO S, 05 de Julio de 2011.-

Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, representada por el Administrador Federal Doctor Ricardo D. ECHEGARAY, en el marco del Acuerdo suscripto el día 10 de enero de 2006 y a las pautas establecidas en dicho Anexo, los cuales forman parte integrante del presente;
Que el citado Acta se celebra por un plazo de dos 2 años y será renovable automáticamente por el mismo lapso, pudiendo las partes darlo por finalizado unilateralmente en cualquier momento sin necesidad de exteriorizar razón alguna, notificando a la otra parte con no menos de noventa 90 días de anticipación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 263/10, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 4 y a Nota SLyT-Nº 1805/10, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 15;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Acta Com plementaria y su ANEXO I para la implementación de la Declaración Impositiva Unificada -DIUsuscripto con fecha 18 de noviembre del año 2010, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el Jefe de Gabinete de Ministros Doctor Pablo Gerardo GO NZALEZ y el Ministro de Economía y Obras Públicas, Cont ador Público Diego Leonardo RO BLES por una parte, y por la otra la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIPrepresentada por el Administrador Federal Doctor Ricardo D. ECHEGARAY, en el marco del Acuerdo suscripto el día 10 de enero de 2006, los cuales forman parte integrante del presente.Artículo 2º.- CO MUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados lo establecido en el Artículo precedente.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía y Obras Públicas.Artículo 4.- PASE a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, al Ministerio de Economía y Obras Públicas quien remitirá copia del presente ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-Dr. Pablo Gerardo GonzálezC.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 3113
RIO GAL LEGOS, 15 de Diciembre de 2010.VI ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.872/10; y CONSI DERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar el Ac uerdo suscripto con fecha 13 de diciembre de 2010 e ntre el Minister io de Planificac ión Federal, In versión Pública y Servicios de la Nación, represent ado por su t itular Arquitecto Julio Miguel DE VIDO, la Secretaría de Energía de la Nación representa da por su titula r Ingeniero Daniel CAMERON, Nación Fideic omisos S.A. , representa da por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 5/7/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha05/07/2011

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones1765

Primera edición19/02/2002

Ultima edición02/07/2024

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