Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/12/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 12
UN MIL $ 1.000,00, el crédito de la PARTIDA
PRINCIPAL: Bienes y Servicios No Personales, del ANEXO: Gobernación ITEM: Gobernación; y en la suma de PESOS UN MIL $ 1.000,00 el crédito de la PARTIDA PRIN CIPAL: Bienes y Servicios No Personales ITEM: Fiscalía de Estado CARACTER:
Administración Central FINALIDAD: Administración General FUNCION: Administración General Sin Discriminar SECCION: Erogaciones Corrientes SECTOR: Operación; del Ejercicio 2003, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2.- TOMESE el crédito para la ampliación aludida en el Artículo anterior de la PARTIDA
PRINCIPAL: Bienes de Capital, ANEXO: Gobernación ITEM: Gobernación CARACTER: Administración Central FINALIDAD: Administración General FUNCION: Administración General Sin Discriminar SECCION: Erogaciones de Capital
SECTOR: Inversión Real; del Ejercicio 2003.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 4.- Pase al Ministerio de Economía y Obras Públicas Dirección Provincial de Presupuesto a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. AVECEDO -Ing. Luis Villanueva ________
DECRETO Nº 3195
RIO GALLEGOS, 28 de Octubre de 2004.VISTO:
El Expediente LOAS-Nº 018.965/99, elevado por Lotería para Obras de Acción Social; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia, propicia la modificación de cinco 5 Artículos del Reglamento del Juego de Quiniela, aprobado mediante Decreto Nº 1455/99;
Que ello responde a la implementación de nuevas terminales de captura de apuestas, las cuales suprimen la emisión de cupones "duplicado", lo que implica una ostensible modificación en el aspecto administrativo, operativo y funcional;
Que la modificación propuesta surge del marco jurídico de la Ley Nº 1607, la cual crea la Lotería para Obras de Acción Social de la Provincia;
Que el Artículo 22º de la citada Ley faculta al Poder Ejecutivo a dictar el Reglamento y fijar las bases del sistema:
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-Nº123/04, emitido por la Asesoría Ejecutiva de la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante 75;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECR ETA:
Artículo 1º.-MODIFICANSE los Artículos 40º, 42º, 43º, 47º y 79º del Reglamento del Juego de Quiniela, aprobado mediante Decreto Nº 1455/99, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
"Artículo 40º.- Dicho equipamiento permitirá emitir apuestas de quiniela y otros juegos, quedando impreso en las boletas: número de Agencia, fecha y hora de emisión, fecha de sorteo, número apostado, orden de premios, importe de apuestas, total apostado, número de controles, etc Artículo 42º.- La escrituración de las apuestas se hará a la vista del jugador, quien recibirá la boleta emitida por la terminal de apuestas, la cual servirá como único comprobante válido para la participación del apostador en los juegos Artículo 43º.- Cuando por alguna circunstancia, el sistema de captura de apuestas operará "off line"
o fuera de línea, las terminales emitirán adicionalmente un comprobante sin valor comercial, que servirá en caso de ser necesario, para incorporar dicha apuesta al sistema de juego".Estos comprobantes o cupones emitidos por apuestas "off line" se entregarán en paquetes iden-

RIO GALLEGOS S.C., 23 de Diciembre de 2004.tificados con el número de Agencia y la fecha de sorteo, ante requerimiento de la Lotería Artículo 47º.- Las Agencias deberán mantener en su poder los cupones emitidos por apuestas "off line" no requeridos oportunamente por la Lotería para los controles que se estimen convenientes, por el término previsto en el Artículo 79º del presente Reglamento Artículo 79º.- A los sesenta 60 días de realizado el sorteo, los cupones o comprobantes emitidos por apuestas "off line" en poder de las Agencias podrán incinerarse o recibir el destino que la Lotería considere conveniente".Artículo 2º.- DEJASE ESTABLECIDO que los Artículos modificados entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretaria en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 4º.- Pase a Lotería para Obras de Acción Social a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Nélida Leonor Alvarez ________
DECRETO Nº 3196
RIO GALLEGOS, 28 de Octubre de 2004.VISTO:
El Expediente MAS-Nº 206.613/03, elevado por el Ministerio de Asuntos Sociales; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramitó la Licitación Pública Nº 20/03, tendiente a contratar la adquisición de ALIMENTOS harinas, fideos, aceite, leche, etc.
con destino al Programa de Asistencia Alimentaria para familias de escasos recursos de toda la Provincia. por un período de tres 3 meses Junio, Julio y Agosto del año 2003, solicitado por la Dirección Provincial de Desarrollo Humano, habiéndose autorizado mediante Decreto Nº 1195/03 y aprobado por Decreto Nº 1616/03;
Que a fojas 213, obra Nota S/Nº de la Dirección Provincial de Administración del Minis terio de Asuntos Sociales mediante la cual se modifique el mencionado Decreto en su parte pertinente dado que por los ingresos de fondos provenientes del Estado Nacional, se procedió a abonar algunas partidas de alimentos con dicho fondos, explicando que de este modo ha variado el total de la afectación presupuestaria;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 1003/04, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 215;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECR ETA:
Artículo 1º.- MODIFICASE, el Artículo 6º del Decreto Nº 1616 de fecha 24 de Junio del año 2003, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 6º.- AFECTASE, el gasto que demande el cumplimiento de la mencionada Licitación Pública y que asciende a la suma de PESOS UN MILLONDOSCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS
OCHENTA Y CINCO CON SETENTA Y SIETE
CENTAVOS $ 1.212.585,77, con cargo al ANEXO: Ministerio de Asuntos Sociales y en los montos e Item que se discriminan, del Presupuesto 2003:
- "PESOS CUATROCIENTOS VEINTICUATRO
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON
SETENTA Y SIETE CENTAVOS $ 424.363,77 ITEM: Ministerio - CARACTER: Administración Central - FINALIDAD: Bienestar Social - FUNCION:
Asistencia Social - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencias - PARTIDA PRINCIPAL:
Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes - PARTIDA PARCIAL: Aporte a Actividades No Lucrativas - PARTIDA SUBPARCIAL: Personas de Existencia Visible Asistencia Financiera.- "PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y

BOLETIN OFICIAL

SIETE MIL OCHOCIENTOS DOS $ 497.802,00 ITEM: Fondos Nacionales - CARACTER: Administración Central - FINALIDAD: Bienestar Social FUNCION: Asistencia Social - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencia - PARTIDA PRINCIPAL: Transferencias para Financiar Erogaciones Corrientes - PARTIDA PARCIAL:
Aporte a Actividades No Lucrativas - PARTIDA
SUBPARCIAL: Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, Resolución SPS MDS Nº 318/03.- "P ESO S DOS CIENTOS NO VENTA M IL
CUATROCIENTOS VEINTE $ 290.420,00, ITEM:
Fondos Nacionales - CARACTER: Administración Central - FINALIDAD: Bienestar Social - FUNCION:
Asistencia Social - SECCION: Erogaciones Corrientes - SECTOR: Transferencia - PARTIDA PRINCIPAL:
Transferencia para Financiar Erogaciones Corrientes - PARTIDA PARCIAL: Aporte a Actividades No Lucrativas - PARTIDA SUBPARCIAL: Programa de Emergencia Alimentaria Decreto Nº 108/02.Artículo 2º.- El preente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretaria en el Departamento de Asuntos Sociales.Artículo 3º.- Pase al Ministerio de Asuntos Sociales Dirección Provincial de Administración a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dr. ACEVEDO-Nélida Leonor Alvarez ________
DECRETO Nº 3198
RIO GALLEGOS, 28 de Octubre de 2004.VISTO:
El Expediente MEOP-Nº 414.349/04, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita la ratificación en todos sus términos del Convenio, suscripto con fecha 14 de Septiembre de 2004, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas, Ingeniero Luis Alberto VILLANUEVA y el Consejo Federal de Inversiones, representado por su Secretario General, Ingeniero Juan José CIACERA;
Que por dicho Convenio la Provincia asigna recursos de asistencia técnica para permitir la participación de un representante de los pequeños productores frutihortícolas que integran la "Cooperativa Agrofrutícola El Oasís Limitada", radicada en la localidad de Los Antiguos, en la XXVI Misión Técnica Comercial al Exterior, organizadas por el C.F.I. para participar en la World Food Moscú, a realizarse entre los días 17 al 30 de Septiembre del año 2004;
Que es de vital importancia poder participar en eventos internacionales donde promocionar sus productos con vistas a mejorar los niveles de exportaciones;
Que conforme con lo acordado mediante Cláusula Segunda, el Consejo Federal de Inversiones C.F.I.
imputará a la Provincia la suma de DOLAR ES
ESTADOUNIDENSES TRES MIL CUATROCIENTOS U$S 3.400,00 para hacer frente al requerimiento del evento citado precedentemente;
Que para los cálculos se ha tomado como referencia la cotización al día 14 de Septiembre pasado, editada por el Banco de la Nación Argentina, cuyo valor por DOLAR ESTADOUNIDENSE es de $ 2,9980
obrante a fojas 7, copia de la página del Banco;
Que dichos fondos deben ser incorporados al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del año 2004;
Por ello y atento al D ictamen CAJ-Nº 819/04, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 11;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECR ETA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, en todas sus partes el

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 23/12/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaísArgentina

Fecha23/12/2004

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1770

Primera edición19/02/2002

Ultima edición23/07/2024

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