Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 8 de enero de 2013
noviembre de 2012, e informando, a fojas 159;
el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos que autoriza a la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos a efectuar el llamado a licitación pública, con plazos abreviados, en razón de la urgencia de efectuar la remodelación conforme lo manifestado por la Directora de la Casa de Entre Ríos, y cuya inversión será con financiamiento de dicho instituto, propietario del inmueble;
Que por lo tanto procede autorizar el llamado a licitación pública, con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º - inciso a, 10º inciso a - punto 1 y 12º - primer párrafo del Decreto Ley Nº 6.351 ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOSP y el artículo 17º, inciso a de la Ley 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones - t.u.o por Decreto Nº 404/95 MEOSP;
Que han tomado intervención el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos y la Asesoría Legal del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios en lo que es de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Autorízase a la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos a efectuar el llamado el licitación pública, para contratar la ejecución de la obra: Remodelación Casa de Entre Ríos - Capital Federal, con un presupuesto oficial de pesos un millón trescientos noventa y un mil trece con noventa y dos centavos $ 1.391.013,92 a valores del mes de noviembre de 2012 y un plazo de ejecución de noventa 90 días corridos, de conformidad a los pliegos General y complementario de condiciones, aprobados por Decreto Nº 27/06
GOB y Resolución Nº 1.236/12 SMOySP, norma que aprobó la Documentación Técnica de la Obra, con ajuste a las prescripciones de los artículos 9º - inciso a, 10º - inciso a - punto 1 del Decreto Ley Nº 6.351 ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOSP y el artículo 17º, inciso a de la Ley 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones t.u.o. por Decreto Nº 404/95 MEOSP.
Art. 2º Autorízase a la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos a efectuar la publicación, por dos días con una antelación de siete 7 días corridos a la fecha de apertura, de la Licitación Pública, que se autoriza en el artículo anterior, en el Boletín Oficial y en dos diarios de mayor circulación uno de la provincia y otro a nivel nacional, por las razones de urgencia contempladas y con encuadre legal en las previsiones del artículo 13º del Decreto Nº 795/96 Reglamentario de las Contrataciones del Estado.
Art. 3º Dispónese que el gasto que genera la ejecución de la obra: Remodelación Casa de Entre Ríos - Capital Federal, será atendido con partidas específicas del Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese y pasen las actuaciones a la Secretaría Ministerial de Obras y Servicios Públicos para la prosecución de su trámite.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 4081 MPIyS
MODIFICANDO ARTICULO
Paraná, 21 de noviembre de 2012
VISTO:
El Decreto Nº 628 MPIyS, de fecha 19 de marzo de 2012; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado texto legal se autorizó al señor Secretario de Energía a emitir los
BOLETIN OFICIAL
actos que correspondan para la asignación y pago de tareas extraordinarias por el período comprendido desde el 1 de febrero de 2012 al 31 de diciembre de 2012 en el ámbito de la Secretaría de Energía, habiéndose autorizado hasta la suma de pesos un millón doscientos diecinueve mil quinientos veinte con setenta y dos centavos $ 1.219.520,72;
Que mediante Decreto Nº 772 MEHF, de fecha 29 de marzo de 2012 este Poder Ejecutivo incrementó los haberes de las distintas categorías del Escalafón General en un catorce por ciento 14% a partir del 1 de marzo de 2012 y en un cinco por ciento 5% a partir del 1 de julio de 2012, lo que ha modificado el importe del valor hora de los haberes mensuales que perciben los distintos agentes;
Que atento a ello, resulta necesario adecuar el monto autorizado por el artículo 1º del Decreto Nº 628 MPIyS, de fecha 19 de marzo de 2012, adicionando la suma de pesos ciento noventa y nueve mil setecientos cincuenta y tres con setenta centavos $ 199.753,70 para poder atender la citada erogación entre el 1 de agosto de 2012 y el 31 de diciembre de 2012;
Que la Dirección de Administración de la Secretaría de Energía manifiesta en su informe técnico que cuenta con crédito presupuestario disponible en la partida específica para poder afrontar el gasto que demandará la presente erogación;
Que han tomado intervención de competencia la Asesoría Legal de la Secretaría de Energía, así como también el contador delegado de la Contaduría General de la Provincia asignado al organismo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 628 MPIyS, de fecha 19 de marzo de 2012, adicionando la suma de pesos ciento noventa y nueve mil setecientos cincuenta y tres con setenta centavos $ 199.753,70 en concepto de asignación y pago de tareas extraordinarias en el ámbito de la Secretaría de Energía por el período comprendido entre el 1
de agosto de 2012 y el 31 de diciembre de 2012, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente norma legal.
Art. 2º Impútase el gasto emergente a la siguiente partida del presupuesto vigente: Dirección de Administración 968 - Carácter 1 Jurisdicción 10 - Subjurisdicción 03 - Entidad 0000 - Programa 16 - Subprograma 00 - Proyecto 00 - Actividad 01 - Obra 00 - Finalidad 4
- Función 11 - Fuente de Financiamiento 13 Subfuente de Financiamiento 0322 - Inciso 1 Partida Principal 3 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 - Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese y pasen las actuaciones a la Dirección de Administración de la Secretaría de Energía de la Gobernación, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 4082 MPIyS
DECLARANDO DE INTERÉS
PROVINCIAL OBRA
Paraná, 21 de noviembre de 2012
VISTO:
La decisión del Gobierno Provincial de realizar en el marco del Decreto Nº 2.855/10 GOB
Obras de ampliación a la red básica de gas natural por gasoducto en los distintos Municipios de la Provincia; y CONSIDERANDO:
Que la presente gestión es procedente en virtud de lo previsto en el punto 1 inciso II del acta acuerdo aprobado por la Ley Nº 9.295 y
3 en el artículo 2 de la Ley Nº 8.916 modificado por el artículo 1 de la Ley Nº 9.289 y artículo 78 primer apartado de la Ley 8.916, modificado por el artículo 3 de la Ley 9.289;
Que la Resolución del ENARGAS Nº 1/910
definió la magnitud de las obras en los términos del párrafo primero del artículo Nº 16 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación mediante Decreto Nº 1.738/92;
Que la Distribuidora Gas NEA S.A. ha presentado ante la Dirección de Desarrollo Gasífero el plano de anteproyecto SKR-133-OROS01, correspondiente a la Ampliación de la red de distribución de gas natural - primera etapa de la ciudad de Oro Verde y demás especificaciones técnicas;
Que conforme lo establecido en la Ley Nacional Nº 24.076 y las normas que rigen el funcionamiento de la licenciataria Gas NEA S.A., y en mérito a lo dispuesto en la cláusula primera del Acuerdo para la Reactivación del Desarrollo Gasífero de la Provincia de Entre Ríos, la distribuidora se obliga a recibir, operar y mantener los gasoductos de aproximación así como también la operación, mantenimiento y operación comercial de las redes de distribución, con los derechos y obligaciones propios de la licenciataria;
Que por ello, una vez finalizada la construcción de la obra, la misma será entregada para su tenencia y uso por parte de la licenciataria;
Que en virtud a lo expresado en el artículo 78º de la Ley Nº 8.916, modificatorio del artículo 24º de la Ley 6879 ratificado por la Ley Nº 7.512, corresponde declarar de Interés Provincial la Ampliación de la red de distribución de gas natural - primera etapa de la ciudad de Oro Verde;
Que por Decreto 27 GOB de 2006 y su modificatorio 3.181 GOB de 2006, y la Resolución Nº 85/06 SE texto único y ordenado, fueron aprobados los Pliegos General y Complementario para regir en todo procedimiento de contratación de obra a realizar por el Estado Provincial, en licitaciones públicas;
Que por Resolución Nº 6/12 DDG, se aprueba el presupuesto oficial por pesos dos millones setecientos noventa y tres mil quinientos cuarenta y nueve con 17/100 $ 2.793.549,17, precios proyectados a julio/12;
Que no corresponde realizar reserva contable para el año 2012;
Que de acuerdo al cronograma estimado de obra el anticipo financiero será abonado en el año 2013;
Que esta Obra se encuentra incorporada al presupuesto 2013 de la Secretaría de Energía de la Gobernación;
Que la Secretaría de Energía por Resolución 294/12 SE, ratificó la Resolución Nº 6/12 DDG
por la que se aprueba la Memoria Descriptiva, el Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, anexos correspondientes, los Planos de Anteproyecto y Especificaciones Técnicas que forman parte de la Licitación Pública Nº 5/12 de la obra: Ampliación de la red de distribución de gas natural - primera etapa de la ciudad de Oro Verde;
Que corresponde encuadrar el procedimiento en las previsiones del artículo 9º inciso a, artículo 10º inciso a punto 1 y artículo 12º primer párrafo del Decreto - Ley 6.351, ratificado por Ley Nº 7.495 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 958/79 SOySP y modificatorios, como así también en el artículo 17º del Decreto 404/95 MEOySP, texto único y ordenado de la Ley 5.140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones, atento a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios;
Que por otra parte, resulta necesario designar la Comisión de Evaluación de las propues-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/1/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha08/01/2013

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4777

Primera edición01/12/2003

Ultima edición28/06/2024

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