Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2012

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Nº 24.970 - 077/12

PARANA, jueves 26 de abril de 2012

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
LEYES
LEY Nº 10111
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Establécese que las operaciones de crédito público a concretar por el Poder Ejecutivo, en el marco de las disposiciones de los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 10.083, podrán ser realizadas en pesos o su equivalente en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera, respetándose los montos autorizados como máximos en dichos artículos.Art. 2º: Modifícase el artículo 67º de la Ley Nº 5140 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones y sus modificatorias incluida la Ley Nº 8.964 T.O. Decreto Nº 404/95 MEOSP, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 67º: El Poder Ejecutivo podrá autorizar la emisión de Letras del Tesoro, u otro tipo de obligaciones negociables o instrumentos financieros, en pesos o su equivalente en moneda extranjera, para cubrir diferencias estacionales de caja dentro del ejercicio, por hasta una suma en circulación no superior al equivalente al cinco por ciento 5% de la totalidad de los recursos tributarios de origen nacional y provincial sin afectación específica, netos de coparticipación a municipios, de conformidad al cálculo presupuestario vigente para el ejercicio fiscal, o por hasta el monto especial que fije anualmente la Ley de Presupuesto General.
De superarse el ejercicio sin ser reembolsado se transformarán en deuda pública debiendo cumplir con los requisitos que al respecto se establecen en esta ley.
Para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por las operaciones que se realicen en uso de lo dispuesto en el presente articulo, el Poder Ejecutivo queda autorizado a afectar en garantía y/o ceder los derechos de la Provincia
EDICION: 26 Págs. - $ 2,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales, Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias, ratificado por Ley Nº 25.570
o el Régimen que lo sustituya o modifique".Art. 3º: Comuníquese, etcétera.Sala de Sesiones, Paraná, 26 de abril de 2012.José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.C. de Senadores Paraná, 26 de abril de 2012
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Diego E. Valiero Ministerio de Gobierno y Justicia, 26 de abril de 2012. Registrada en la fecha bajo el Nº 10111. CONSTE Adán Humberto Bahl Diego Enrique Valiero.
LEY Nº 10112
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo a convenir con el Banco de la Nación Argentina la instrumentación de una operatoria de financiamiento para la construcción de hasta 2.000
viviendas distribuidas en todo el territorio provincial, destinadas a atender las necesidades edilicias de los grupos familiares identificados habitualmente dentro del segmento de la población de ingresos medios, por hasta la suma de pesos seiscientos noventa millones $
690.000.000, en el marco de los lineamientos
del Acta de Intención suscripta en fecha 16 de abril de 2012, entre el Señor Gobernador de la Provincia y el Señor Presidente del Banco de la Nación Argentina, que como Anexo forma parte de la presente.
Art. 2º: Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer el aval para las operaciones de préstamo que el Banco de la Nación Argentina otorgue a cada una de las entidades municipales y/o empresas constructoras, durante el período de construcción y hasta la constitución de las respectivas garantías hipotecarias por los adjudicatarios y por hasta el ochenta por ciento 80% del monto de cada uno de los proyectos constructivos.Art. 3º: Autorízase al Poder Ejecutivo a afectar en garantía las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nº 25.570
o el régimen que lo modifique o sustituya, a los efectos de lo autorizado por el artículo 2º y por hasta el monto de pesos seiscientos noventa millones $ 690.000.000.
Art. 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias y suscribir los respectivos convenios que resulten necesarios a los efectos de instrumentar la operatoria autorizada por el artículo 1º y lo dispuesto por el artículo 2º.
Art. 5º: Establécese que estarán exentos del Impuesto a los Sellos los contratos y/o documentos por los que se instrumenten las operaciones derivadas de lo autorizado en la presente Ley.
Art. 6º: Comuníquese, etcétera.
Sala de Sesiones, Paraná, 26 de abril de 2012
José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.C. de Senadores

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2012

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/04/2012

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4782

Primera edición01/12/2003

Ultima edición05/07/2024

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