Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/8/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

drón electoral, y en caso contrario se constituirá media hora más tarde con los que estuviesen presentes.
Ricardo R. Viola, presidente; Ernestina H.
Lacarra, secretaria.
F.C.S. 00076752 3 v./30.8.11

REMATE
ANTERIOR

C. DEL URUGUAY
Por Jorge Alberto Lacava Matr. 204
Subasta pública extrajudicial Art. 39 Ley de Prenda PSA Finance Argentina Compañía Financiera AS, hace saber que conforme lo dispuesto por el Art. 39 de la Ley Nº 12962, y sus modificatorias, el martillero público designado don Jorge Alberto Lacava, matrícula Nº 204, CUIT
nº 20-5821455-9, el día 6 de setiembre de 2011, a las 14 horas, en el domicilio de calle Leguizamón Nº 69, de la ciudad de C. del Uruguay ER, procederá a la venta pública sin base y al mejor postor del automotor marca Peugeot, tipo sedan 5 puertas, modelo 207
Compact XS 1.4 5P año 2010, motor marca Peugeot Nº 10DBSR0042666, marca de chasis Peugeot Nº de chasis 8AD2MKFWUBG043155, dominio Nº JKI 501, de titularidad de Flavio Renzo Ovelar, DNI
30.452.224, correspondiente a los autos caratulados PSA Finance Argentina Compañía Financiera SA c/ Ovelar Flavio Renzo s/ Secuestro prendario, Expte. Nº 10060, folio 238, L. II, año 2011, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, de la ciudad de Colón, a cargo del Dr. Marcos Pedro Chichi, Secretaría única de la Dra. Juliana Pirovani.
Al día 1.8.2011 adeuda en concepto de patentes impagas a la delegación local de la DGR
la suma de $ 2.563,99. El bien será subastado en el estado en que se encuentra, no garantizándose su funcionamiento y no admitiéndose ningún tipo de reclamos referidos a su estado y/o conservación y/o a la falta de autopartes y/o accesorios.
La venta se realizará al contado, debiendo quien resulte adquirente pagar en el acto, el precio con más la comisión del martillero del 10% y el IVA sobre ésta si correspondiere.
Será también a cargo del comprador el pago de la deuda existente por Impuesto Automotor, los impuestos que recaigan sobre la compraventa en subasta, los gastos, honorarios profesionales y trámites de transferencia, cancelación de prenda y otros gravámenes y obtención de cédula de identificación del automotor, título de propiedad y reemplazo de chapa identificatoria en el caso de ser necesario, así como cualquier otro tipo de deuda que recaiga sobre el automotor.
El bien será entregado una vez aprobado el remate por la compañía financiera ejecutante quien deberá hacerlo dentro de los diez días hábiles inmediatos posteriores a la fecha de la subasta. El adquirente deberá suscribir el acta de remate y constituir domicilio en la ciudad de C. del Uruguay ER; los interesados podrán ver y revisar el bien el día del remate una hora antes de la establecida para la subasta.
Gravámenes y deudas: obran informes en poder de la acreedora.
Acreedores PSA Finance Argentina Compañía Fianciera SA, CUIT Nº 30-70784736-7.
C. del Uruguay, 23 de agosto de 2011 - Leandro Rodrigo Clapier, abogado.
F.C.S. 00076681 2 v./26.8.11

Paraná, viernes 26 de agosto de 2011

RESOLUCION
NUEVA

PARANA
COLEGIO DE CORREDORES PUBLICOS
INMOBILIARIOS DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 03/11
Paraná, 19 de agosto de 2011
VISTO:
Estas actuaciones seguidas contra el Corredor Mario Eduardo Saturnino Altuna con matrícula habilitante Nº 303 expedida por la institución.
CONSIDERANDO:
Que por Ley Nº 9398 fue creado el Colegio de Corredores Públicos de la Provincia de Entre Ríos, como persona de derecho público no estatal; y que por Ley Nº 9.739 fue abrogada la primera norma, sustituyendo íntegramente el texto original de la misma por el expresado en la Ley modificatoria.
Que a partir de esta nueva norma legal se ha institucionalizado el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos, al que le corresponde el control de los profesionales del corretaje inmobiliario que desempeñan la actividad en territorio provincial.
Que entre las funciones, atribuciones y deberes, se le ha impuesto al Colegio: ejercer el gobierno y control de la matrícula profesional, otorgar la habilitación profesional correspondiente, defender los intereses y derechos de los matriculados, ejercer la potestad disciplinaria, vigilar el cumplimiento de las leyes que regulan la profesión, velar por el decoro y la ética profesional, sancionar su Estatuto y el Código de Disciplina que regirá la profesión del Corredor Público Inmobiliario en la Provincia de Entre Ríos, representar a los Colegiados ante los Poderes Públicos.
Que a partir de la sanción de las Leyes Provinciales Nº 9398 y Nº 9739, de acuerdo con la Ley Nacional Nº 25.028 que reformó el Decreto Ley Nº 20.266, es obligatorio para ejercer la actividad de Corredor Inmobiliario inscribirse en la matrícula.
Que el Art. 3º de la Ley Provincial Nº 9739
expresa: Es requisito obligatorio para ejercer como Corredor Público Inmobiliario estar matriculado en el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios regulado en la presente Ley, lo que se regirá por el procedimiento regulado por la respectiva entidad. Y el Art. 33 del Decreto Ley Nº 20.266 luego de la reforma introducida por la Ley Nº 25.028 reza: Quien pretenda ejercer la actividad de corredor deberá inscribirse en la matrícula de la jurisdicción correspondiente
Que según los informes elevados por la Tesorería del Colegio el Corredor Mario Eduardo Saturnino Altuna con matrícula habilitante Nº 303 no ha abonado el derecho de ejercicio profesional desde el mes de Mayo de 2005
hasta la fecha.
Que los reiterados esfuerzos y comunicaciones del área pertinente del Colegio no han podido conmover la actitud reticente del mencionado profesional.
Que el Art. 50 Inc. b de la Ley Nº 9739 otorga la potestad al Colegio para suspender la matrícula en caso de que el profesional matriculado omita el pago del derecho de ejercicio profesional por más de seis 6 periodos consecutivos o doce 12 períodos alternados, extremos que se encuentran reunidos en el presente caso.
Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Art. 33 de la Ley Nº 9739, el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Entre Ríos, resuelve:
1 Suspender la matrícula habilitante Nº 303
expedida al Corredor Mario Eduardo Saturnino Altuna.
2 Hacerle saber al profesional que se encuentra prohibido el ejercicio de la profesión de
corredor público inmobiliario en la Provincia de Entre Ríos mientras su matrícula se encuentre suspendida y que deberá reintegrar al Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos el correspondiente certificado habilitante dentro de las cuarenta y ocho 48 horas cfr.
Art. 52 de la ley provincial;
3 Publicar la presente en un medio periodístico;
4 Comuníquese y regístrese.
Osides J.F. Mayor, presidente; Benjamín E.
Ledesma, secretario.
F.C.S. 00076713 1 v./26.8.11

DESIGNACION DE DIRECTORIO
NUEVA

CONCORDIA
COUCY SA
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
En asamblea general ordinaria de fecha 23.5.11, los socios de COUCY SA, de la ciudad de Concordia, resuelven designar como director titular y presidente de dicha sociedad a la Sra. Luz María Valverde de Aranda, DNI Nº 5.293.807 y como director suplente al Dr. Miguel Angel Aranda, DNI Nº 11.266.625, ambos por el término de tres ejercicios.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 19 de agosto de 2011 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00076700 1 v./26.8.11

DESIGNACION DE GERENTE
NUEVA

C. DEL URUGUAY
SyP SERVICIOS SRL
Por resolución del señor Director de Inspección de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto la publicación por un día en el Boletín Oficial.
En la ciudad de C. del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil once, se reúnen los señores Luciano Adelqui Soto, Documento Nacional de Identidad Nº 22.544.388, nacido el 8 de abril de 1973, soltero, argentino, de profesión contador público, y domiciliado en calle Ituzaingó 883, de la ciudad de C. del Uruguay; y Hugo Aníbal Pontelli, Documento Nacional de Identidad Nº 10.685.981, nacido el 24 de octubre de 1953, divorciado, argentino, de profesión arquitecto, domiciliado en calle 25
de agosto 779, de la ciudad de C. del Uruguay, socios constitutivos de SyP SERVICIOS SRL, y representantes de la totalidad del capital de la sociedad, a los efectos de fijar domicilio y autoridades de la misma.
En virtud del contrato constitutivo en las cláusulas primera y quinta se establece lo siguiente:
Domicilio legal: el domicilio legal se fija en Lucilo López 553, oficina 1, de la ciudad de C.
del Uruguay, Provincia de Entre Ríos.
Dirección y administración: la dirección y administración de la sociedad, será desempeñada por el socio Luciano Adelqui Soto, como gerente quien tendrá a su cargo el uso de la firma social y es designado por el plazo de duración de la sociedad, salvo renuncia o decisión de la reunión anual de socios.
Sin más para agregar se da por finalizada la presente acta y es suscripta por la totalidad de socios.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 23 de agosto de 2011 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 00076718 1 v./26.8.11

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/8/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha26/08/2011

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones4786

Primera edición01/12/2003

Ultima edición12/07/2024

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