Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 15 de marzo de 2011
LEY Nº 10014
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1º - Créase un total de ciento cincuenta y nueve 159 cargos en el ámbito de la Jurisdicción 02, Poder Judicial de Entre Ríos, según la siguiente enumeración, a saber, tres 3 Vocales de Cámara Sala Laboral II de Paraná, un 1 Fiscal de Cámara, un 1 Juez de Primera Instancia del Juzgado Laboral Nº 1 de Paraná, nueve 9 Agentes Fiscales de Primera Instancia, un 1 Defensor de Pobres y Menores de Primera Instancia, dos 2 Relatores del Superior Tribunal de Justicia, un 1 Secretario de Cámara de Apelaciones, veintitrés 23 Secretarios de Juzgado de Primera Instancia, un 1
Subcontador, un 1 Secretario de Primera Instancia-Médico Forense, tres 3 Oficial Superior de Primera, tres 3 Oficial Superior de Segunda; cuatro 4 Jefe de Despacho, dos 2
Auxiliar Técnico, cinco 5 Auxiliar Ayudante, un 1 Jefe de Departamento, cinco 5 Jefe de División, diez 10 Oficial Superior de Primera, dos 2 Oficial Superior de Segunda, ocho 8
Jefe de Despacho, cinco 5 Oficial Mayor, catorce 14 Oficial Principal, siete 7 Oficial Auxiliar, seis 6 Escribiente Mayor, cuarenta y un 41 Escribientes.
Art. 2º - Autorízase al Superior Tribunal de Justicia a cubrir estos cargos de acuerdo a la estructura programática del mismo y en la medida que lo permitan los créditos disponibles para el ejercicio 2011, siguiendo el programa de concursos establecidos por la legislación vigente.
Art. 3º - Inclúyase en el Presupuesto General de la Administración Pública del año 2011 de la Jurisdicción 02 Poder Judicial de Entre Ríos los cargos creados en la presente ley Art. 4º - Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 1º de marzo de 2011
José Eduardo Lauritto Presidente H.C. de Senadores María Mercedes Basso Secretaria H.C. de Senadores Jorge Pedro Busti Presidente H.C. de Diputados Jorge Gamal Taleb Secretario H.C. de Diputados Paraná, 2 de marzo de 2011
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, 2 de marzo de 2011. Registrada en la fecha bajo el Nº 10014. CONSTE Adán Humberto Bahl.

GOBERNACION
DECRETO Nº 4509 GOB
APROBANDO CONVENIO
Paraná, 24 de noviembre de 2010
VISTO:
El convenio específico de cooperación y asistencia celebrado entre la Universidad Autónoma de Entre Ríos y la Subsecretaría de Turismo de Entre Ríos actual Secretaría de Turismo de Entre Ríos, firmado a los veintiún 21 días del mes de agosto de 2009; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se establece la cooperación y asistencia en la transferencia de capacitación en el dictado de Cursos de formación para el trabajo, en función de las demandas planteadas en el Plan Estratégico de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Entre Ríos y su aplicación;
Que la Subsecretaría de Turismo de Entre Ríos actual Secretaría de Turismo de Entre
BOLETIN OFICIAL
Ríos, a través de la Dirección de Planeamiento y Estrategias, manifiesta que dicho acuerdo emana del mutuo interés para impulsar el desarrollo en las actividades correspondientes a los programas y proyectos a cargo del área;
Que ambas instituciones se comprometen a promover la realización de acciones de cooperación directa entre ellas tendientes a potenciar sus relaciones con los sectores productivos de la provincia, pretendiendo beneficiar tanto a la Administración Pública como a las empresas privadas y a las comunidades locales;
Que el referenciado convenio tiene una duración de dos 2 años 2009-2010, prorrogándose automáticamente si no existiera acto de expresa renuncia unilateral o rescisión bilateral para ponerle término;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación informa sobre la disponibilidad de crédito presupuestario en el programa para atender el convenio;
Que el contador auditor delegado de la Contaduría General de la Provincia ha intervenido en lo que es de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el Convenio específico de cooperación y asistencia celebrado entre la Universidad Autónoma de Entre Ríos y la Subsecretaría de Turismo de Entre Ríos actual Secretaría de Turismo de Entre Ríos, firmado a los veintiún 21 días del mes de agosto de 2009, el que agregado como anexo I forman parte del texto legal.
Art. 2º Impútase el monto de $ 1.800,00 al siguiente crédito: D.A. 977, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 05, Entidad 0000, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 4, Función 73, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 0001, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Parcial 3, Partida Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07, del presupuesto vigente.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4510 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 24 de noviembre de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales la Secretaría de Energía gestiona una modificación presupuestaria, mediante una ampliación del presupuesto de recursos y gastos, producido en el rubro Regalías Hidroeléctricas por pesos quince millones $
15.000.000,00; y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la proyección de recursos al 31.12.10 realizada en función de lo efectivamente ingresado al 13.9.10 surge una diferencia sustancial que debe ajustarse presupuestariamente;
Que, asimismo, se estima una mayor recaudación del recurso para los meses restantes del año, como consecuencia de una mayor generación de energía eléctrica en la Represa Hidroeléctrica de Salto Grande;
Que el mayor recurso obtenido será destinado a reforzar las partidas asignadas por ley a Municipios y Juntas de Gobierno afectadas por la represa hidroeléctrica, y a la ejecución de
3 obras de desarrollo gasífero en distintas localidades de la Provincia;
Que para dar solución a lo interesado corresponde disponer de una modificación presupuestaria, según lo facultado por el artículo 20
de la Ley Nº 9.948 de presupuesto 2010;
Que la Dirección General de Presupuesto y la Asesoría Legal de la Secretaría de Energía han tomado la intervención de su competencia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto de gastos y cálculo de recursos vigente, y proyectos de inversión, mediante una ampliación de la Jurisdicción 10, Subjurisdicción 04 de la Secretaría de Energía, por un importe de pesos quince millones $ 15.000.000,00, según planillas analíticas y de proyectos de inversión que anexas integran el presente texto legal.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Gobierno, Justicia y Educación y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, y pasen las actuaciones a la Secretaría de Energía, y copia a la Honorable Legislatura de la Provincia, de conformidad a lo establecido en el artículo 20º in fine de la Ley de Presupuesto Nº 9.948.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Diego E. Valiero
DECRETO Nº 4529 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 24 de noviembre de 2010
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el doctor Rafael E. Varela, apoderado legal de la señora Amalia Josefina Gavet, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede contra el presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 980.927 R.U.;
Que según surge de la consulta en el Sistema Informático de Seguimiento de Expedientes, dichos actuados se encuentran desde el 11.8.10 en la Mesa de Entradas de la Fiscalía de Estado;
Que conforme lo dispuesto a través de la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, de fecha 2 de julio de 2008, corresponde hacer lugar al recurso incoado e intimar a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez días hábiles;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el doctor Rafael E. Varela, apoderado legal de la señora Amalia Josefina Gavet, constituyendo domicilio legal en calle Ecuador Nº 80, local 6, de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 980.927, de conformidad a lo dispuesto mediante la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación, de fecha 2 de julio de 2008.
Art. 2º Intímase a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez 10 días hábiles.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación del recurrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 15/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha15/03/2011

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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