Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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liquidador, según las mayorías establecidas en este contrato, quien actuará con las facultades y obligaciones que determine la ley.
Decimoquinta: Diferencia Entre Los Socios:
Cualquier divergencia que se subsiste entre los socios será dirimida por un amigable componedor, elegido de común acuerdo, salvo por las cuestiones que la ley disponga instancia judicial aceptando las partes, en tal caso, la jurisdicción y competencia de los Tribunales de Justicia con asiento en la ciudad de Paraná, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponder.
Se faculta a la contadora Gisela Mariel de Rosario Cerrudo, D.N.I. 25.207.748, para efectuar la inscripción del presente contrato en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, aceptar las observaciones que ella efectúe, depositar y retirar fondos a los que refiere el Art. 149 de la ley de sociedades y todo acto necesario para la obtención de aquella. Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada, a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en legal forma, suscribiendo tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha indicados más arriba.
Registro Público de Comercio DIPJ, Paraná, 23 de febrero de 2011 - Cristian Mathern, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.S. 00071974 1 v./9.3.11
INDUSTRIA METALURGICA FONTANA SRL
Por resolución del señor director se ha dispuesto publicar el presente por un 1 día en el Boletín Oficial.
Fecha: 1 de diciembre de 2010.
Socios: Hernán Nicolás Fontana, Luis Antonio Fontana y Román Luis Fontana.
Denominación: INDUSTRIA METALÚRGICA
FONTANA SRL.
Plazo: 90 años a partir de la inscripción.
Capital: $ 30.000 dividido en 3.000 cuotas sociales de $ 10.
Objeto: actividades comerciales, industrial e s , t r a n s p o r t e . A d m i n i s t r a c i ó n y r e p r esentación: a cargo de un Gerente, socio o no.
Fecha cierre ejercicio: 30 de junio de cada año.
Sede social: calle Soberanía Nacional 145
Viale Dpto. Paraná.
Registro Público de Comercio DIPJ, Paraná, 15 de febrero de 2011 - Cristian Mathern, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.S. 00071986 1 v./9.3.11
CIDU SA
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas, se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
En reunión de socios de fecha 27 veintisiet e d e d i c i e m b r e d e 2 0 1 0 l o s s o c i o s de C.I.D.U. S.A. deciden la constitución de una Sociedad Anónima y el estatuto aprobado es el siguiente:
Socios: la Sra. Franchino, Silvina Elsa DNI
N 17.932.506, argentina, casada, de profesión comerciante, de 44 años de edad, domiciliada en calle San Jerónimo 3142, de la ciudad de Santa Fe, la Srta. David, María del Rosario, DNI N 36.001.211, argentina, soltera, de profesión estudiante, de 19 años de edad, domiciliada en calle San Jerónimo N 3142, de la ciudad de Santa Fe y el Sr. David, Pablo Sebastián, DNI N 21.411.523, argentino, casado, de profesión odontólogo, de 40 años de edad, domiciliado en calle Suipacha N 2720
de la ciudad de Santa Fe.Denominación: C.I.D.U. S.A.
Domicilio: En la jurisdicción de la ciudad de Paraná y con sede social en calle San Juan N
176 planta baja Dpto. B de la misma ciudad, Provincia de E. Ríos.
Objeto social: La sociedad tiene por objeto
BOLETIN OFICIAL
dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a lo siguiente: Inmobiliaria:
Compra venta, permuta, locación, sublocación, fraccionamiento y/o loteo de inmuebles urbanos y/o rurales. Construir y/o refaccionar inmuebles urbanos o rurales, inclusive los comprendidos bajo el régimen de la Ley de Propiedad Horizontal. Administración de bienes Representaciones y mandatos: Administración de bienes inmuebles urbanos y/o rural e s , c o m p l e j o s t u r í s t i c o s . E j e r c e r r e p r esentaciones, agencias, mandatos, comisiones, consignaciones de personas o empresas, nacionales o extranjeras.
La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto, con el fin del cumplimiento de su objeto. Podrá constituir hipotecas, prendas, realizar leasing y/o fideicomisos, sobre bienes y/o fondos propios o de terceros, como deudor o como acreedor y/o fiduciario. Podrá contratar préstamos bancarios o financieros con garantía de sus bienes o prestar fianza a terceros para el cometido de su actividad comercial inmobiliaria.Duración: Su duración es de noventa y nueve 99 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos veinte mil $ 20.000 representado por doscientas 200 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con un valor nominal de pesos cien $ 100 cada una, con derecho a un voto por acción. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto original, conforme lo prescripto por el Art. 188 de la Ley 19.550. La asamblea podrá delegar en el directorio la época de la emisión, la forma y las condiciones de pago. La resolución de la asamblea y del directorio, en su caso, se inscribirán. Dirección y administración: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio con el número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno 1 y un máximo de tres 3 con mandato por dos 2 ejercicios, pudiendo ser reelegidos. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura la asamblea debe elegir igual número de directores suplentes y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección.
En caso de elegirse directorio colegiado, en su primera reunión los directores elegirán presidente y vicepresidente. Este último reemplazará al primero en caso de ausencia o cualquier otro impedimento. El directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el presidente tiene doble voto. Se deberá reunir por lo menos una vez por mes y cuando lo requiera cualquiera de los directores. En tal caso la convocatoria deberá efectuarla el presidente para reunirse dentro de los cinco 5 días de la solicitud. En su defecto podrá hacerlo cualquiera de los directores. En los demás casos la convocatoria deberá hacerse con una anticipación no menor de cinco 5
días. La asamblea fija la remuneración de los directores.
Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura. Los socios tienen el derecho de contralor que confiere el Art. 55 de la Ley 19.550. Cuando la sociedad quedare incluida dentro del Art. 299 de la Ley 19.550, se deberá designar síndicos.
Cierre del ejercicio: el 30 de junio de cada año.
Suscripción e integración: Los socios suscriben e integran las acciones según se detalla:
La Sra. Franchino, Silvia Elsa suscribe ochenta 80 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, de pesos cien $ 100 valor nominal
Paraná, miércoles 9 de marzo de 2011
cada una, lo que hace un monto de pesos ocho mil $ 8.000, la Sra. David María del Rosario suscribe veinte 20 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, de pesos cien $ 100 valor nominal cada una, lo que hace un monto de pesos dos mil $ 2.000 Y el Sr. David Pablo Sebastián suscribe cien 100 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción, de pesos cien $
100 valor nominal cada una, lo que hace un monto de pesos diez mil $ 10.000. Cada socio integra en efectivo el veinticinco por ciento 25% de las acciones suscriptas, el resto se hará efectivo en el plazo de dos 2
años a contar desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Primer directorio: Se designan como miembros del Directorio: Director titular, el Sr. David, Pablo Sebastián, DNI N 21.411.523 y Directora suplente la Srta. David, María del Rosario, DNI N 36.001.211.
Registro Público de Comercio DIPJ, Paraná, 23 de febrero de 2011 - Cristian Mathern, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.S. 00071989 1 v./9.3.11

SUMARIO
DECRETOS
Año 2010
Gobernación 4418, 4419, 4435, 4439, 4440, 4441
Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación 4139, 4141, 4187, 4196, 4197, 4201, 4207, 4221, 4223, 4236, 4268, 4301, 4303, 4321, 4323, 4324, 4334, 4335, 4338, 4339
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30 - Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878
S.G.G. fecha 30 - Mar. - 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Registro de la Propiedad Intelectual 299.323.
Se edita los días hábiles.
JOSE C. PATRICIO GUASTAVINO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
Suscripciones y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha09/03/2011

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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