Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 4 de marzo de 2011
calle Laprida Nº 374, de esta ciudad, por presunto retardo en resolver un reclamo tramitado mediante actuaciones caratuladas como Nº 672.738 R.U., agregadas al Nº 479.804 R.U., de conformidad a lo dispuesto mediante la Directiva Nº 1 de la Secretaría General y de Relaciones Institucionales de la Gobernación de fecha 2 de julio de 2008.
Art. 2º Intímase a la Fiscalía de Estado a que resuelva la cuestión de fondo en el término de diez 10 días hábiles.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente, pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación del recurrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4354 GOB
DESIGNACIÓN
Paraná, 11 de noviembre de 2010
VISTO:
La creación del Consejo Provincial de Políticas Comunicaciones por medio del Decreto Nº 432/10 GOB; y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 2º, inciso a de la mentada norma, resulta necesario proceder a la designación del representante de la Provincia para integrar el mismo y ejercer la Coordinación de dicho consejo; y Que atento a ello, este Poder Ejecutivo Provincial considera apropiado designar como representante ante el Consejo Provincial de Políticas Comunicaciones quien ejercerá asimismo el cargo de coordinador de dicho consejo al señor director general de Información Pública don Pedro Ángel Báez, DNI Nº 14.974.597, en tanto resulta legitimado para el ejercicio de la función expresada; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnase al señor director general de Información Pública don Pedro Ángel Báez, DNI Nº 14.974.597, como representante ante el Consejo Provincial de Políticas Comunicaciones, quien ejercerá asimismo el cargo de coordinador del Consejo.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4355 GOB
APROBANDO CARTA DE INTENCIÓN
Paraná, 11 de noviembre de 2010
VISTO:
La carta de intención entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación con la Provincia de Entre Ríos en fecha 2 de septiembre de 2010; y CONSIDERANDO:
Que el marco referencial emergente de la citada carta es consecuencia de los acuerdos alcanzados por los Presidentes de la República del Uruguay, señor José Mujica, y de la República Argentina, doctora Cristina Fernández de Kirchner, como derivaciones de la causa tramitada ante el Corte Internacional de La Haya; y Que en este marco debe señalarse como importante antecedente histórico el discurso del general Juan Domingo Perón a los pueblos del mundo en febrero de 1972 y en igual sentido los contenidos de las actas firmadas por quien fuera Presidente de los Argentinos en el período 2003-2007, Néstor Carlos Kirchner, y 22 gobernadores en Gualeguaychú y el acta
BOLETIN OFICIAL
paralela firmada en el marco de la Federación Argentina de Municipios en mayo de 2006; y Que la importancia de la calidad de vida de los ciudadanos está directamente ligada al cuidado del ambiente resultando por ende de fundamental relevancia la incorporación del tema ambiental a la agenda pública; y Que en términos normativos, tanto el artículo 41 de la Constitución Nacional como así también los artículos 22, 240º inciso 21, apartado g y otros concordantes de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos enuncian y disponen diversidad de principios y ejecuciones vinculadas a la temática en cuestión;
Que en consonancia con los significativos cambios ya implementados a fin de mejorar la calidad de la gestión pública y privada con impacto ambiental, es nuestra permanente responsabilidad con las generaciones presentes y futuras, evitar acciones que representen la continuidad de modelos que, erróneamente, contraponen el crecimiento económico a la protección ambiental y estar a la generación de empleo e inclusión social; y Que en ese orden resulta central la preservación de los cursos de agua como fuente de vida de los impactos que el conjunto de las actividades productivas agrícola ganaderas, industriales, turísticas, comerciales y de servicios general, como así también las derivaciones de los impactos urbanos a los cursos del río Uruguay y sus afluentes; y Que resulta necesario el diseño de un plan de gestión ambiental integral que incorpore al marco totalizador lo relativo a los acuerdos firmados con la república vecina del Uruguay; y Que en este marco la tarea municipal requiere de un necesario fortalecimiento e inclusión, debiendo para ello articularse acciones internas, regionales, con el gobierno nacional, con los municipios vecinos del Uruguay, el sector privado, los trabajadores, la sociedad civil a través de sus diferentes formas de expresión y el mundo científico, buscando procesos participativos y comunicacionales que contengan y apoyen este desafío histórico que nuevamente tiene a nuestra provincia como referencia; y Que en tal inteligencia es necesario buscar los sistemas de financiamiento y fomento que permitan cumplir con estos cometidos generando a la par un salto de calidad institucional de cara a profundizar los resultados a lo ambiental como política de estado, promover la sinergia de las jurisdicciones públicas y fundamentalmente generar un plan integral rector de lo aquí enunciado; y Que a esos efectos, surge la necesidad de crear un equipo de coordinación con avocamiento exclusivo a esta tarea; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase la carta de intención suscripta entre la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación con la Provincia de Entre Ríos en fecha 2 de septiembre de 2010, que como anexo forma parte del presente decreto, e impleméntese con la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación corresponsable con la Cancillería argentina del Plan de Monitoreo y Vigilancia del Río Uruguay un plan de gestión ambiental integral provincial y municipal, con prioridad de acciones con los acuerdos alcanzados por la Argentina y Uruguay que han puesto fin a la controversia habida.
Art. 2º Crear para el logro de este objetivo la Comisión Intersectorial de Ambiente integrada por el señor Secretario de Ambiente Sustentable de la Gobernación; 1 representante del Ministerio de Salud; un 1 representante del Ministerio de la Producción; un 1 representante del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Públicos y un 1 representante de la Secretaría de Turismo.

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Art. 3º La tarea de la comisión será presidida, organizada y coordinada por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud, quien propenderá a la identificación de acciones ambientales positivas, para su implementación provincial y municipal, como así también proponer a este ejecutivo los convenios marco que faciliten los objetivos planteados, e igualmente fuentes de financiamiento y fomento nacionales e internacionales, incluyendo medidas de tipo organizacionales que fortalezcan el área ambiental provincial sin mengua de otras competencias y jerarquías.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Ángel F. Giano
DECRETO Nº 4358 GOB
DESIGNACIONES
Paraná, 11 de noviembre de 2010
VISTO:
El Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales creado por Decreto Nº 432/10 GOB; y CONSIDERANDO:
Que a los fines de dotar de operatividad suficiente al instituto creado, corresponde proceder a la formalización de su integración constitutiva; y Que habiéndose realizado el proceso de postulación para la integración del mismo, ello de conformidad al ritual previsto en la norma precitada en su artículo 2º y demás concordantes, el coordinador del Consejo eleva la nómina de integrantes; y Que a tales efectos, obra adjunta en autos la documental pertinente que acredita las designaciones propuestas; y Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Desígnense los integrantes del Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales de conformidad al listado elevado por el señor Coordinador del Consejo Provincial de Políticas Comunicacionales y que como anexo I forma parte del decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia y Educación.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 4359 GOB
Paraná, 12 de noviembre de 2010
Otorgando un aporte no reintegrable de $
20.000,00 a la Municipalidad de Oro Verde, con domicilio en calle Los Zorzales y Los Ceibos de dicha ciudad, en la persona de su Presidente Municipal señor José Luis Dumé, MI Nº 17.277.955, de esa localidad, con destino a solventar los gastos por la organización de la Fiesta del Cordero Asado a la Estaca, a realizarse el día 20 de noviembre del corriente año, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a emitir la orden de pago correspondiente, a fin de que la Tesorería General de la Provincia abone la suma determinada al Presidente Municipal de Oro Verde, señor José Luis Dumé.
DECRETO Nº 4360 GOB
Paraná, 12 de noviembre de 2010
Otorgando un subsidio por la suma total de $
3.000,00 al Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios de Ibicuy, con domicilio en avenida San Martín Nº 707 de esa localidad, en la persona de su presidente señor Juan Alberto Ferrutti, MI Nº 5.870.550, domiciliado en Boulevard 17 de Octubre s/n de Ibicuy, con destino

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/03/2011

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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