Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/5/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

14.094.264; Adriana Noemí Cuesta, DNI Nº 16.787.948;
Conrado Lamboglia, DNI
Nº 23.708.166;
Gustavo José Vilanova, DNI Nº 20.096.238; María Rosa Lorenzatto, DNI Nº 17.296.847; Carlos Altamirano, DNI Nº 7.705.789; Mercedes Espinosa, DNI Nº 20.553.901; Mirna Minchiotti, DNI Nº 22.837.924; Ivana Ortiz, DNI Nº 27.157.709; Nazareno Mari, DNI Nº 14.604.640; Brunilda Genoveva Oriol, DNI Nº 14.160.300; Lilian Borghello, DNI 12.284.663; Marcela Inés Quesada, DNI Nº 20.100.891; Oscar Villalba, DNI Nº 10.669.548, e Hilda Rosa Romero, DNI Nº 5.693.629, con patrocinio letrado del abogado Livio Pablo Hojman, contra el Decreto Nº 9140/06 MEHF, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Mesa de Entradas del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, para la fehaciente notificación de los interesados.
- JORGE P. BUSTI
- Diego E. Valiero Ministerio de Salud y Acción Social DECRETO Nº 545 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 7 de febrero de 2008
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Apoderado Legal de la Sra. Cristina Mariana Fiorotto, contra la Resolución N 2995/06 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que desde el punto de vista formal y atento a que se carece de constancia de diligenciamiento del mismo, corresponde tenerlo por interpuesto en legal tiempo y forma, en virtud del principio de formalismo moderado que impera en el Derecho Administrativo;
Que la recurrente se agravia contra la resolución de la Caja de Jubilaciones y Pensiones que rechaza su reclamo de reconocimiento y pago de haberes previsionales retroactivos a la fecha en que se encontraba en condiciones de gozar del beneficio, y hasta la fecha de su primer haber previsional, como así también que le rechazó la liquidación y pago del haber mínimo conforme lo estatuido en el Art. 11 de la Ley N
8107
y de liquidación y pago del porcentual correspondiente al adicional no remunerativo dispuesto por el Decreto N 2505/04 MEHF;
Que en este sentido podemos decir que la Fiscalía de Estado ya se ha expedido en reclamos similares al presente mediante los Dictámenes Ns 0356 y 1107 F.E. en cuya oportunidad sostuvo que resulta conveniente resaltar que el recurso en cuestión tiene por objeto el control por parte

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/5/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha27/05/2008

Nro. de páginas74

Nro. de ediciones4783

Primera edición01/12/2003

Ultima edición08/07/2024

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