Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/9/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

- -----DECRETO Nº 2843 GOB
- DEJANDO SIN EFECTO DECRETO
- Paraná, 5 de julio de 2004
VISTO:
Los Decretos Nº 3450 SPG del 8 de octubre de 1997 y Nº 3027
SEPG del 6 de julio de 2000; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 3450 SPG se ratificó el convenio celebrado entre el Ministerio del Interior y el Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, por el cual se implementó el funcionamiento del programa Dinamización Productiva Regional, DPR, y conformó los representantes de la Unidad Ejecutora Provincial UEP;
Que el mismo tiene los objetivos de propiciar la consolidación y crecimiento de los asentamientos poblaciones del interior de la Provincia, a los fines de contribuir a mejorar la calidad de vida y el acceso al empleo de sus habitantes;
Que por Decreto Nº 3027 SEPG se modificó el Decreto Nº 3450
SPG, cambiándose la conformación de la Unidad Ejecutora Provincial UEP;
Que ante el inicio de un nuevo período legal de gobierno y la asunción de las nuevas autoridades gubernamentales, resulta necesario modificar la conformación de los representantes que intervienen en la formulación, evaluación, aprobación y seguimiento de los proyectos ejecutados y a ejecutarse, dentro del marco del Programa Dinamización Productiva Regional, DPR;
Que por ello se debe dejar sin efecto el Decreto Nº 3027 y proceder a modificar los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 3450;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Déjase sin efecto en todas sus partes el Decreto Nº 3027 SEPG
del 6 de julio de 2000.
Art. 2º -- Modifícase el artículo 3º del Decreto Nº 3450/97 SPG, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Art. 3º - La Unidad Ejecutora Provincial UEP se conformará con los siguientes representantes: don Héctor Martín Fabre, coordinador general de la Unidad Ejecutora Provincial y Cdora. Lucrecia María Evangelina Zuttión, coordinadora ejecutiva de la Unidad Ejecutora Provincial".
Art. 3º -- Modifícase el artículo 4º del Decreto Nº 3450/97 SPG, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 4º -- La Secretaría Ejecutiva del Programa de Dinamización Productiva Regional, DPR, será ejercida por el señor coordinador general de la Unidad Ejecutora Provincial don Héctor Martín Fabre, como titular y quien tendrá bajo su responsabilidad la dirección efectiva del programa, coordinando las áreas intervinientes y realizando la respectiva supervisión de las mismas y como alterno, desígnase a la coordinadora ejecutiva de la Unidad Ejecutora Provincial, Cdora. Lucrecia María Evangelina Zuttión".
Art. 4º --

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/9/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha01/09/2004

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones4785

Primera edición01/12/2003

Ultima edición11/07/2024

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