Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/9/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Que los profesionales desempeñarán su mandato con sujeción a las instrucciones referidas a la dirección letrada que la Fiscalía de Estado imparta para cada uno de los juicios en que tomen intervención;
Que el presente convenio se suscribe en el marco de la autorización del artículo 11º de la Ley 7296, según la reforma introducida por la Ley 8653;
Que en consecuencia, corresponde autorizar los citados convenios, encuadrando los mismos en lo dispuesto por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley Nº 5140
y sus modificatorias incluida la Ley Nº 8964, texto único y ordenado por Decreto Nº 404/95 MEOSP y su concordante el artículo 142º, punto 4º del Decreto Nº 795/96 MEOSP;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Ratifícanse los respectivos convenios de sustitución de la Representación Judicial de la Provincia de Entre Ríos, suscriptos entre la señora Fiscal de Estado, Dra. Claudia Mónica Mizawak, ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, la Dra. María Silvana Mactavish, con domicilio en la ciudad de Concordia y el Dr. Carlos Ernesto Gullotti, con domicilio en la ciudad de Gualeguay, los que integran el presente instrumento legal.
Art. 2º -- Encárguese a la Escribanía Mayor de Gobierno, la confección de la Escritura Pública del Poder General para juicios que suscribirá la señora Fiscal de Estado.
Art. 3º -- Encuádrese la presente gestión en la excepción prevista por el artículo 27º, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley Nº 5140 y sus modificatorias incluida la Ley Nº 8964, texto único y ordenado por Decreto Nº 404/95 MEOSP y su concordante el artículo 142º, punto 4º del Decreto Nº 795/96 MEOSP.
Art. 4º -- Facúltase al Servicio Administrativo Contable de Fiscalía de Estado a abonar a partir de la fecha del otorgamiento del Poder General a los profesionales citados en el artículo 1º del presente y de acuerdo a lo estipulado en las cláusulas del convenio.
Art. 5º -- Impútese el gasto a la Partida D.A. 971, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 25, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 02, Obra 00, Finalidad 1, Función 30, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente 001, Inciso 3, Partida Principal 9, Partida Parcial 9, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 02 del presupuesto vigente.
Art. 6º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 7º -- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese, copias del presente remítanse a la Fiscalía de Estado y al Servicio Administrativo Contable de Fiscalía de Estado, a sus efectos.
- JORGE P. BUSTI
- Sergio D. Urribarri

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 1/9/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha01/09/2004

Nro. de páginas94

Nro. de ediciones4801

Primera edición01/12/2003

Ultima edición02/08/2024

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