Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 14/6/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.547
Que de fojas 14/19 a solicitud del Secretario de Energía, Dr. Arturo Juan Busso, intervienen las distintas direcciones de la Secretaría de Energía.
Que a fojas 21 interviene el Secretario de Trabajo Jorge R.
Rivolta compartiendo en su totalidad el proyecto de convenio obrante a fojas 02/04.
Que la suscripción del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Recíproca entre la Secretaría de Trabajo y la Secretaría de Energía de la Provincia de Corrientes, tiene como objetivo lograr vínculos permanentes de cooperación para alcanzar una mejora en la calidad de los servicios y prestaciones de ambas instituciones, para la mejor satisfacción de necesidades y demanda de sus beneficiarios, coordinando sus relaciones y compromisos recíprocos.
Que dicha cooperación y asistencia se materializará por ambas instituciones promoviendo y facilitando la realización de ac tividades de sensibilización, capacitación y difusión que vinculen a sus organismos dependientes para contribuir a la calidad del servicio que prestan.
Que para el cumplimiento de sus fines ambas partes aportarán los recursos necesarios, adecuándolos a las disponibilidades económicas y presupuestarias de ambas entidades.
Que a fojas 23 y vta. interviene la Asesoría Legal de la Secretaría de Energía, con dictamen favorable de fecha 27 de julio de 2021.
Que a fojas 24/25 por Resolución N 369 del 23 de agosto de 2021, el Secretario de Energía de Corrientes, aprueba y suscribe el convenio con la Secretaría de Trabajo, cuya copia certificada obra de fojas 27/28.
Que a fojas 30 interviene Fiscalía de Estado, por Dictamen Nº 00208 de fecha 17 de marzo de 2022 no dándose los supuestos en los que debe intervenir esta Fiscalía Arts. 36 y 37 de la Ley N 5853, no resulta en esta instancia necesario el Dictamen Jurídico de este órgano Asesor..
Que la Ley N 6073 crea en su artículo 4 la Secretaría de Energía y establece entre sus atribuciones, funciones y objetivos la de establecer convenios de coparticipación e intercambio de tecnologías con entidades públicas o p r i va d a s q u e p ro p e n d a n a l a c a p a c i t a c i ó n y enriquecimiento de profesionales de la provincia en el ámbito energético.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por en el artículo Nº 162, incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Recíproca entre la Secretaría de Trabajo y la Secretaría de Energía de la Provincia de Corrientes, el que como anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia a la Secretaría de Trabajo y pásese a la Secretaría de Energía, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
CORRIENTES, 14 DE JUNIO DE 2022

Decreto Nº 1194
Corrientes, 2 de mayo de 2022
Visto:
E l ex p e di e nte Nº 540-09-04-429/2021 , caratulado:
ADMINISTRADOR GENERAL DEL ICAA ING. HID. Y CIV.
MARIO R. RUJANA-S/GERENCIA DE GESTIÓN
ECONÓMICA, y Considerando:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación de la Resolución Nº 127 de fecha 17 de marzo de 2022, dictada por la Administradora General del Instituto Correntino del Agua del Ambiente ICAA.
Que atento a la normativa vigente resulta necesario la aprobación del acto administrativo de referencia, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativa del área, encuadrándose el presente caso en lo establecido por el Decreto Nº 612 de fecha 03 de abril de 2002, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1, 2 y 11, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º:APRUÉBASE en todos sus términos la Resolución Nº 127 de fecha 17 de marzo de 2022, dictada por la Administradora General del Instituto Correntino del Agua y del Ambiente ICAA, la que pasa a formar parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º:El presente decreto es refrendado por el Ministro de Producción.
ARTÍCULO 3º:COMUNÍQUESE, publíquese , dese al Registro Oficial, pásese al Instituto Correntino del Agua y del Ambiente ICAA y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Ing. Claudio Horacio Anselmo
Decreto Nº 1199
Corrientes, 2 de mayo de 2022
Visto:
El expediente Nº 900-2.963/2021, CARATULADO SIIF:
127900000-002.963/2021 REF.: INVICO-GERENCIA DE
PROYECTOS REF.: E/PLIEGO LIC. PÚBLICA N 06/2021OBRA: CONST. 32 VIV. OB. COMP. ARBOLADO Y A. P. DEL
CONJ. GR. 1 LOC: GOYA-CORRIENTES, con sus agregados Cuerpo 1 Anexos I y II, Cuerpo 2 Anexo I y agreg. por cuerda floja Expedientes en fotocopias Nros.
900-3.296/2021, 900-3.476/2021 con sus agregados forma fija 900-3.486/2021, 900-3.489/2021 y 9003.493/2021; 900-4.116/2021, 900-3.175/2021, 9003.321/2021 y 900-4.026/2021, y Considerando:
Que en las presentes actuaciones tramita la aprobación de la Resolución Nº 2 de fecha 26 de enero de 2022, dictada por el Instituto de Vivienda de Corrientes INVICO, a través de la cual se dispuso: ART. 1º.APROBAR la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 06/2021, de este Instituto de Vivienda de Corrientes, correspondiente a la
PAG. Nº 8

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 14/6/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaísArgentina

Fecha14/06/2022

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones512

Primera edición09/11/2020

Ultima edición25/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2022>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930