Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 6

BOLETIN OFICIAL

Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 263/10
Rawson Chubut, 18 de noviembre de 2010
VISTO: El Expediente Nº 24859, año 2007, caratulado: MUNICIPALIDAD DE GAIMAN - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2007;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 713/10
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Gaiman ha dado respuesta en forma parcial a la Nota Nº 189/09-F.3. fs. 71.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: ExIntendente: Sr. Ral Milton MAC BURNEY 0101-07 al 10-12-07, Intendente: Sr. Gabriel Adrin RESTUCHA desde el 11/12/07; Ex Directora Municipal:
Sra. Elena GUTIERREZ 01-01-07 al 10-12-07; Director Municipal: Sr. Alfredo Miguel JARME desde el 11-12-07.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Gaiman ExIntendente: Sr. Ral Milton MAC BURNEY 01-01-07 al 10-12-07, Intendente: Sr. Gabriel Adrián RESTUCHA desde el 11/12/07; Ex Directora Municipal: Sra. Elena GUTIERREZ 01-01-07 al 10-1207; Director Municipal: Sr. Alfredo Miguel JARME desde el 11-12-07 a dar respuesta a la Nota Nº 189/09-F.3.
fs.71 dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 189/09F.3. fs.71.Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ

Lunes 28 de Marzo de 2011

Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 264/10.Rawson Chubut, 19 de NOVIEMBRE del 2010
VISTO: El Expediente Nº 26063, año 2008, caratulado: COMUNA RURAL DE LAS PLUMAS - S/
Rendición de Cuentas Ejercicio 2008; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 732/10
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Comuna Rural de Las Plumas no ha dado respuesta a la Nota Nº 114/10 F3 fs. 79 de fecha 04.10.10.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegitimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este organismo, resultan responsables Presidente: Sra.
Lidia Mónica ALCASAY y Tesorera: Sra. Regina PICHAUD.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Comuna Rural de Las Plumas, Presidente: Sra. Lidia Mónica ALCASAY y Tesorera: Sra. Regina PICHAUD a dar respuesta a la Nota Nº 114/10-F3 fs. 79, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente art. 17º inc. h de la Ley V Nº 71 antes Ley Nº 4139 sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de la Nota Nº 114/10-F3
fs. 79.
Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 265/10
Rawson Chubut, 19 de noviembre de 2010
VISTO: El Expediente Nº 24.860, año 2007, caratulado: MUNICIPALIDAD DE EPUYEN - S/ Rendición de Cuentas Ejercicio 2007; y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha28/03/2011

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4352

Primera edición07/01/2004

Ultima edición11/07/2024

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