Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 28 de Marzo de 2011

BOLETIN OFICIAL

MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN

PAGINA 5

Voc. en ej. de la presidencia Cr. OSVALDO JORGE
FRIC
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Prosec. ROSA MARÍA RISSO PATRON

DECRETO SINTETIZADO
Dto. N 288

14-03-11

Articulo 1.- OTORGAR a favor de la MUNICIPALIDAD DE COMODORO RIVADAVIA, representada por su intendente el Señor Martín BUZZI, la suma de PESOS
CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000, en concepto de subsidio, destinado a brindar ayuda económica a los trabajadores del Sector Pesquero.Articulo 2.- El subsidio deberá ser invertido dentro de los treinta 30 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta 60 días desde su inversión.Articulo 3.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción 61 - SAF 61 - Secretaría de Pesca -Programa 17 - Desarrollo Pesquero - Actividad 2 Intereses Marítimos - U.G 11999, Fuente de Financiamiento 414 - Inciso 5 , Principal 7, Parcial 6 -Ejercicio 2011.-

RESOLUCIONES
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL Nº 250/10
Rawson, 21 de octubre de 2010
VISTO: La Ley V Nº 71 Antes Ley 4139 Orgánica del Tribunal de Cuentas, y CONSIDERANDO: Que el artículo 17º inciso r de la ley citada, faculta al Tribunal de Cuentas a efectuar compensaciones entre las siguientes partidas principales: Bienes de Consumo, Servicios y Bienes de Capital;
Que el Servicio Administrativo del Tribunal de Cuentas informó cuáles son las necesidades de crédito presupuestario para el ejercicio en curso:
Por ello, EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
PRIMERO: Modificar el Presupuesto de Erogaciones del SAF 4 Tribunal de Cuentas Fuente de Financiamiento 354 - para el Ejercicio 2010, en los términos del art. 17 inc r de la Ley V Nº 71 Antes Ley Nº 4139 de acuerdo al siguiente detalle:

Inciso Descripción 2
Bienes de Consumo 3
Servicios no personales 4
Bienes de Uso Total
Fte. Fdp. 354 Fondo Ley II
Nº 81 Antes Ley 5566
Incremento Disminución 10.800,00
20,650,00
9,850,00
20,650,00 20,650,00

SEGUNDO: Regístrese, comuníquese al Servicio Administrativo y cumplido ARCHIVESE.-

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 262/10
Rawson Chubut, 15 de noviembre de 2010
VISTO: El Expediente Nº 24.891, año 2007, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RADA TILLY - S/ Rendición de Cuentas Ejercicio 2007; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 698/10
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que a la fecha aún quedan pendientes de subsanar observaciones correspondientes al Ejercicio 2007 de la Municipalidad de Rada Tilly dado que los responsables del Organismo no han cumplimentado en forma total lo observado mediante Nota Nº 248/09-F.3. fs.107/108, solicitando se conmine a los responsables previo a emitir el Informe final de la Fiscalía.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el: Intendente: Dr. Aníbal Pedro PERALTA; Tesorero: Sr. Abel VARAS; Secretaría de Hacienda: Cra. Ana Denise BARONE y Secretario de Obras Públicas: Sr.
Luis Emilio JUNCOS.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Rada Tilly , Ejercicio 2007; Intendente: Dr.
Aníbal Pedro PERALTA; Tesorero: Sr. Abel VARAS; Secretaría de Hacienda: Cra. Ana Denise BARONE y Secretario de Obras Públicas: Sr. Luis Emilio JUNCOS a subsanar las observaciones pendientes correspondientes al Ejercicio 2007, las cuales se detallan en Informe Nº 698/10-F.3. que se agrega a la presente, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc.
h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y del Informe Nº 698/10F.3.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha28/03/2011

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4367

Primera edición07/01/2004

Ultima edición01/08/2024

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