Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 28 de Marzo de 2011

BOLETIN OFICIAL

CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 719/10
F3 la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que a la fecha aún quedan pendientes de subsanar observaciones correspondientes al Ejercicio 2007 de la Municipalidad de Epuyén dado que los responsables del Organismo no han cumplimentado en forma total lo observado mediante Nota Nº 201/09-F.3. fs.103/104, solicitando se conmine a los responsables previo a emitir el Informe final de la Fiscalía.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el: Ex - Intendente: Sr. Pedro RUBILAR hasta el 09/
12/07; Ex Secretaria de Gobierno y Finanzas: Sra.
Nidia ABRAHAM hasta el 09/12/07; Intendente: Sr.
Antonio REATO; Secretario de Gobierno: Sr. Luis Ángel VACA; Secretario de Obras Públicas: Sr. Jorge PORTILLO DELEBECQ y Director de Administración: Sr. Ariel Alejandro MEDINA.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Epuyén, Ejercicio 2007; Ex - Intendente: Sr.
Pedro RUBILAR hasta el 09/12/07; Ex Secretaria de Gobierno y Finanzas: Sra. Nidia ABRAHAM hasta el 09/12/07; Intendente: Sr. Antonio REATO; Secretario de Gobierno: Sr. Luis Ángel VACA; Secretario de Obras Públicas: Sr. Jorge PORTILLO DELEBECQ y Director de Administración: Sr. Ariel Alejandro MEDINA a subsanar las observaciones pendientes correspondientes al Ejercicio 2007, las cuales se detallan en Informe Nº 719/10F.3 que se agrega a la presente, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y del Informe Nº 719/10F.3.Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

PAGINA 7

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 266/10
Rawson Chubut, 19 de noviembre de 2010
VISTO: El Expediente Nº 28.502, año 2010, caratulado: MUNICIPALIDAD DE JOSÉ DE SAN MARTÍN
S/Rendición de cuentas Ejercicio 2010; y CONSIDERANDO: Que a fs. 18 corre agregada la Resolución Nº 151/10 mediante la cual se conmina a los responsables de la Municipalidad de José de San Martín a presentar las rendiciones de cuentas correspondientes a los meses de marzo y abril del ejercicio 2010.
Que a fs. 21/22 obran las constancias de notificación de la resolución arriba mencionada.
Que a fs. 25 obra Informe Nº 596/10 F3 de la Fiscalía Nº 3 dando cuenta que se ha recepcionado la rendición de cuentas del mes de marzo, quedando pendiente la del mes de abril.
Que habiéndose vencido el plazo y notificado el mismo, se corre vista del expediente al Señor Contador Fiscal el cual se expide a fs. 38 mediante Dictamen Nº 405/10 - CF, solicitando la aplicación de una multa a cada uno de los responsables de la Municipalidad de José de San Martín, en virtud de lo prescripto por el artículo 18º inc. c de la Ley V Nº 71 antes Ley 4139..
Por ello y norma legal citada el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Aplicar multa de PESOS TRESCIENTOS $
300,00 a cada uno de los responsables de la Municipalidad de José de San Martín, Intendente: Sr. Beltrán BEROQUI y Tesorera: Sra. Valeria MARIÑANCO, por la no presentación de la rendición de cuentas del mes de abril del presente ejercicio.
Segundo: Conminar a los responsables de la Municipalidad de José de San Martín a presentar la rendición de cuentas del mes de abril del Ejercicio 2010, conminada mediante Resolución del Tribunal Nº 151/10, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija art.
40º Ley V nº 71
Tercero: Emplazar a los nombrados para que dentro del término de quince 15 días de notificados ingresen a la Tesorería de la Municipalidad de José de San Martín o giren a su orden como pertenecientes a esta causa, la suma fijada en el artículo primero, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho Art. 62º de la Ley V nº 71 debiendo acreditar ante este Tribunal mediante constancia fehaciente y efectuado que fuerael pago de la multa aplicada ut-supra.
Cuarto: Regístrese, notifíquese, hágase saber a la Tesorería de la Municipalidad de José de San Martín, a los efectos registre la multa aplicada y cúmplase.
Pte. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 267/10.
Rawson Chubut, 19 de noviembre de 2010.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/3/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaísArgentina

Fecha28/03/2011

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones4367

Primera edición07/01/2004

Ultima edición01/08/2024

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