Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/05/2016

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 12 de Mayo de 2016

BOLETIN OFICIAL N 5458

permanentes, a los cuales cabe agregar el trabajo a destajo por tarea o producto Valdés, A., Mistiaen, J. A., & Stamoulis, K. G. 2001. Pobreza rural en América Latina: tendencias recientes y nuevos desafíos.
La situación del empleo en la zona rural, ya sea por el número total de integrantes que accede a un trabajo asalariado, como por los montos que perciben, condicionan el acceso a los alimentos. A diferencia de lo que puede suceder en la zona urbana, las mujeres en su mayoría no son asalariadas y son ellas quienes están a cargo del hogar, del cuidado de los niños a tiempo completo y/o tareas de agricultura familiar y de granja. Situación que es beneficiosa para esas familias en temporadas de cosecha o parición; pero su labor no se traduce en ingresos de dinero, sino en materia prima Neri, M., Oleas, S., Torrado, M. P., Vargas, C. P., Perticara, M., Lomelí, L. I. R., &
Trujillo, J. D. Pobreza, Desigualdad de Oportunidades y Políticas Públicas en América Latina.
Actualmente los pequeños productores rionegrinos tienen dos prioridades:
producir para abastecerse y para comercializar.El aumento de la productividad de la mano de obra rural, puede elevar los niveles de ingresos, lo cual debería contribuir a mejorar el acceso a los alimentos, a una alimentación equilibrada y a un adecuado estado de salud en general de la familia.
Cuando se origina un incremento en los precios, las familias de mejor situación socio económica pueden sostener la calidad alimentaria y mantener una alimentación saludable. Mientras que los hogares de menores recursos no pueden hacerlo, impactando directamente en la nutrición afectando la salud de los integrantes del grupo familiar.
Los últimos estudios nutricionales sugieren tomar medidas desde las políticas alimentarias para promover el consumo de alimentos fuentes de calcio, hierro, vitamina A, vitamina C, ácidos grasos omega 3, fibras, etc.
Ministerio de Salud de la Nación. 2007. Encuesta Nacional de Nutrición y Salud: Documento de Resultados 2007.
El Estado Rionegrino actúa como facilitador de asistencia alimentaria a pequeños productores, mediante la implementación del Programa Pequeños Ganaderos, con el objetivo de minimizar las dificultades de provisión de alimentos en época invernal.
La adquisición de alimentos en estas familias rurales está condicionada no sólo por el ingreso de dinero, sino también, por la ubicación de sus viviendas y características geográficas del medio en el que residen, todo lo cual condiciona la disponibilidad de ofertas y variedad en los artículos de consumo familiar. En esta realidad surgen alternativas de abastecimiento regionales, como despensas, almacenes o viajantes que proveen los diferentes productos.- El gobierno provincial a través del Programa Pequeños Ganaderos en el último año de ejecución, regularizó la entrega de la prestación alimentaria con la modalidad de ticket social, unificando el monto en pesos tres mil novecientos veinte $ 3.920,00.
El poblador rural que postula como usuario del programa pequeños ganaderos requiere acreditar el número de cabezas de ganado, como requisito de inclusión.
Esto actualmente se acredita con dos documentos: el certificado del Registro Nacional Sanitario de Productores Pecuarios RENSPA, organismo que nuclea a todos los productores pecuarios o agrícolas del territorio nacional y su ubicación geográfica, recabando información sobre el responsable de la actividad y las características del establecimiento, predio o lugar físico donde se ubica la producción como también información sobre las características de la explotación; o el certificado de la Unidad Territorial UT, que agrupa distintas localidades y cuyo fin es dar aval a pequeños crianceros, estando conformada por representantes del Municipio, de las Comisiones de Fomento, de los productores y de los organismos del estado presente en la región Legislatura, Ente para el Desarrollo de la Región Sur, INTA, SENASA, Subsecretaría de Agricultura Familiar, etc.. La Unidad Territorial es presidida por el Intendente o por quien éste designe. En caso de no contar con municipio de cabecera, será el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca quien lo determine. En el Programa de Apoyo a la Esquila, Zafra 2014/2105
del Ministerio de Agricultura y Ganadería se determinaron las localidades que nuclean cada Unidad Territorial conforme lo indicado en el Anexo IV, utilizando el Programa Pequeños Ganaderos dicha organización con el fin que cuando el poblador no pueda entregar el RENSPA la alternativa sea el Certificado de la Unidad Territorial que lo nuclea.
Todo lo mencionado es fundamento válido para el diseño de políticas sociales enfocadas en la seguridad alimentaria y la asignación de presupuesto para las prestaciones a pequeños ganaderos y familias rurales, con un monto que se adecúe a la economía regional, ya que no sólo hay que pensar que está destinada al acopio de alimentos de alta densidad nutricional para la época invernal, sino contemplar también que la forma en que se accede a los mismos favorece y reactiva los comercios locales y/o regionales.
En el año 2016 por ausencia de empresas proveedoras, no se puede llevar adelante la prestación bajo la modalidad de ticket social implementada en años anteriores.- Tampoco es viable la modalidad de tarjeta social por la falta de posnet y habilitaciones en comercios pequeños de los parajes donde está la población mayoritaria del programa. Ante estas limitaciones, surge la alternativa de transferencia monetaria, que promueve la compra regional.
En este sentido serán las herramientas con las que los profesionales y técnicos del programa acompañarán esta iniciativa provincial, la promoción de la agricultura familiar en toda la población rural, el consumo de agua potable y la difusión de guías alimentarias.

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Criterios de Inclusión:
La población que incluye el Programa Pequeños Ganaderos cumplirá con dos criterios de inclusión: A pequeños ganaderos; B familias rurales.
A Pequeños ganaderos: Ganaderos ubicados en la Línea Sur y Zona Andina, que posean hasta cuatrocientas 400 cabezas de ganado ovinocaprino como recurso principal para su subsistencia, con al menos un 1
familiar a cargo. Está demostrado que un criancero con menos de esa cantidad de ovejas, no tiene la producción de lana o corderos necesaria para su autosustento.
B Familias rurales: Familias que viven en parajes ubicados en la Línea Sur y Zona Andina con vulnerabilidad nutricional y social, no usuarias del Programa Nacional de Seguridad Alimentaria PNSA y cuyo grupo familiar incluya entre sus integrantes niños de 0 a 14 años, embarazadas, usuarios del Programa Provincial de Rehabilitación Nutricional Materno Infantil PEÑI, adultos mayores 65 años, personas con capacidades diferentes.
Localización Geográfica: El programa incluye a los pequeños productores ganaderos y familias rurales, con dificultad de accesos a los alimentos y/o en situación de vulnerabilidad social, que vivan en los campos ubicados en Municipios, Parajes y Comisiones de Fomento enunciados en el Anexo III jurisdicción del Ente para el Desarrollo de la Región Sur y zona rural Andina.
Instituciones de referencias: Se convoca, a través del Ministerio de Desarrollo Social, a la Dirección de Comisiones de Fomento del Ministerio de Gobierno, al Ente para el Desarrollo de la Región Sur, al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y a los Municipios de las Zonas Sur y Andina, a fin de articular las estrategias de intervención del presente programa, cruzando información y mejorando los estándares de cobertura.
Para las intervenciones de fortalecimiento y capacitación se articulará con el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, involucrando a agentes sanitarios y docentes rurales.
Padrón de Titulares: En referencia a la conformación del padrón de pequeños ganaderos, el Ministerio de Desarrollo Social, en conjunto con la Dirección de Comisiones de Fomento dependiente del Ministerio de Gobierno, los Municipios y las Comisiones de Fomentos de las Zonas Sur y Andina, y de acuerdo al formulario contenido en el Anexo V, son los responsables de realizar:
1. El relevamiento de los titulares de derecho antes del 1 de marzo de cada año.
2. Evaluar la situación social de cada familia a partir del relevamiento de datos y determinar su inclusión en el padrón.
3. Registrar datos y documentación de los titulares de derecho nombre y apellido, número de documento, CUIL, RENSPA.
4. Conformar el legajo que incluirá fotocopias de DNI, CUIL, RENSPA o certificado de la Unidad Territorial UT, conforme lo indicado en el Anexo IV.
Para la confección del padrón de familias rurales el Ministerio de Desarrollo Social contará con la información y nómina de postulantes elaborada por la Dirección de Comisiones de Fomento o las Comisiones de Fomento, debiendo:
1. Evaluar la situación social de cada familia a partir del relevamiento de datos, y determinar su inclusión en el padrón.
2. Registrar datos y documentación de los titulares de derecho nombre y apellido, número de documento, CUIL, formulario de ingreso al programa.
3. Conformar el legajo que incluirá fotocopias de DNI, CUIL, formulario de ingreso al programa.
Prestación Alimentaria: Incluye una transferencia condicionada en el sentido de co-responsabilidad , que consiste en la entrega de recursos monetarios ticket o tarjeta social, bono para alimentos, dinero en efectivo a las familias que cumplan con los criterios de inclusión al programa.
El monto de la prestación resultará en base a proyecciones anuales, presupuestaria y técnica nutricional.
El Ministerio de Desarrollo Social a través de la Dirección de Políticas Activas de Inclusión Social o el área que la reemplace, podrá utilizar como alternativa de transferencia condicionada con co-responsabilidad, la entrega de recursos no monetarios alimentos no perecederos a las familias que cumplan con los criterios de inclusión al Programa. Esta modalidad de prestación queda sujeta al informe de gestión de cada año y será un recurso extraordinario para llegar en tiempo y forma a la población rural.
Capacitación:
a Deberán realizarse cronogramas de talleres de EAN Educación Alimentaria Nutricional, pautados con las Delegaciones Regionales, Municipios, Comisiones de Fomentos y articuladas con los Ministerios afines.
b La dinámica de las capacitaciones serán a través de metodología participativa.
c Se diseñarán instrumentos que complementarán las capacitaciones, tales como cartillas educativas que involucre temáticas referidas a alimentación saludable, desarrollo infantil, economía familiar, promoción de la salud, fortalecimiento familiar, agricultura familiar y agua segura.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/05/2016

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha12/05/2016

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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