Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/04/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Abril de 2014

Nº 5245

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 8,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LV
EDICION DE 16 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

DECRETO-LEY

DECRETO-LEY Nº 01
Art. 181 Inc. 6º de la Constitución Provincial Viedma, 14 de Abril de 2014.
Visto: Las consecuencias derivadas del fenómeno climático acaecido en los últimos días en gran parte el territorio provincial;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado fenómeno climático tormentas, vientos intensos e inundaciones, ha provocado importantes daños en viviendas particulares, enseres domésticos, inmuebles del Estado Provincial, caminos vecinales, rutas provinciales y demás infraestructura;
Que es necesario brindar asistencia a los damnificados a los efectos de paliar los perjuicios originados como consecuencia del fenómeno natural antes descripto;
Que es necesario que las medidas adoptadas, y que en lo inmediato se ejecuten, sean desarrolladas con la mayor celeridad posible;
Que por lo anterior se encuentran configuradas las condiciones de urgencia para el dictado del presente instrumento normativo, toda vez que resulta la vía constitucional idónea tendiente a efectivizar en forma inmediata las soluciones derivadas del hecho natural descripto, debiendo en consecuencia declarar el Estado de Desastre y Emergencia por catástrofe climática, en los Departamentos de la Provincia de Río Negro, a saber: El Cuy, General Roca, 9 de Julio, Ñorquinco, San Antonio, Valcheta, 25 de Mayo y Pilcaniyeu;
Que en igual sentido el Honorable Senado de la Nación se ha expedido en cuanto a declarar el Estado de Emergencia en las provincias afectadas por el fenómeno climático, entre ellas, la provincia de Río Negro;
Que se han cumplimentado los recaudos exigidos por el Artículo 181º inciso 6 de la Constitución Provincial, sometiéndose el presente al Acuerdo General de Ministros, previa consulta en los términos del Artículo 181, Inciso 6 de la Constitución Provincial, por lo que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la mencionada norma constitucional;
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro en Acuerdo General de Ministros DECRETA:
Artículo 1º.- Declarar el Estado de Desastre y Emergencia por catástrofe climática, en los Departamentos de la Provincia de Río Negro, a
saber: El Cuy, General Roca, 9 de Julio, Ñorquinco, San Antonio, Valcheta, 25 de Mayo y Pilcaniyeu.Art. 2º.- Autorizar a los Señores Ministros a realizar las compras directas de los elementos necesarios a fin de paliar la Emergencia declarada.Art. 3º.- Ratificar lo actuado por el Poder Ejecutivo Provincial y a partir del día 2 de abril de 2.014, en el marco de la emergencia y autorización dispuestas en los Artículos 1º y 2º del presente.Art. 4º.- Encomendar a los Señores Ministros a solicitar asistencia económica a los Organismos Nacionales para la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los efectos del fenómeno natural acontecido.Art. 5º.- La presente Emergencia tendrá una duración de un 1 año pudiéndose renovar por igual período dependiendo de los informes técnicos que ameriten la prórroga de dicha medida.Art. 6º.- Comunicar a la Legislatura de la Provincia de Río Negro, a los fines establecidos en el Artículo 181º, Inciso 6 de la Constitución Provincial.Art. 7º.- El presente Decreto es dictado en Acuerdo General de Ministros, que lo refrendan, previa consulta en los términos del Artículo 181, Inciso 6 de la Constitución Provincial.Art. 8º.- Informar al pueblo de la Provincia mediante mensaje público.Art. 9º.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. Luis Di Giácomo. Oscar E. Nicolás Albrieu. Ricardo Daniel Arroyo.
Norberto Carlos Delfino. Nora Mariana Giachino. Alejandro Palmieri. Julio Juan Arrieta.
Héctor Marcelo Mango. Haroldo Amado Lebed.
Ariel Rivero, Vice Presidente Primero Legislatura Provincial.- Dr. Pablo Bergonzi, Fiscal de Estado.

Mensaje del Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro, Alberto Edgardo Weretilneck, con motivo de la sanción del Decreto de Naturaleza Legislativa Nº 1/2.014, dictado de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 181º, Inciso 6 de la Constitución Provincial.
El Gobernador de la Provincia de Río Negro, en cumplimiento de lo prescripto por el Artículo 181º Inciso 6 de la Constitución Provincial, informa a la población de la Provincia de Río Negro que se ha dictado un Decreto de Naturaleza Legislativa por el que se propicia declarar el Estado de Desastre y Emergencia por catástrofe climática, en los Departamentos de la Provincia de Río Negro, a saber: El Cuy, General Roca, 9 de Julio, Ñorquinco, San Antonio, Valcheta, 25 de Mayo y Pilcaniyeu.

Resulta necesario y procedente el dictado del presente Decreto toda vez que resulta la vía constitucional idónea a fin de efectivizar en forma inmediata la medida que dispone.
Asimismo, informa que se ha remitido a la Legislatura Provincial copia del citado Decreto, para su tratamiento de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 181º, Inciso 6 de la Constitución Provincial.
Alberto E. Weretilneck, Gobernador.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 372.- 14-04-2014.- Transferir a partir de la firma del presente Decreto, al agente Néstor Martín Farías CUlL. N 20-215274021, de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte, a la Jurisdicción 22, Programa 01.00.00.02 de la Secretaria General. La Secretaría General deberá notificar a la Aseguradora de Riesgo de Trabajo ART el lugar donde se afectó al agente transferido, no pudiéndose modificar el mismo sin previa comunicación a dicha Aseguradora.Expte. Nº 4415-SD-2013.
DECRETO Nº 373.- 14-04-2014.- Otorgar un aporte no reintegrable al Municipio de Contralmirante Cordero, CUIT N 3067273476-9, para el pago de la propiedad del bien sujeto a expropiación, compuesto por un galpón de empaque, con maquinarias y frigorífico.- Expte. Nº 116.295-SF-2013.
DECRETO Nº 374.- 14-04-2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por la Sra. Elsa Ruby Gallardo Caimapo D.N.I. N 18.864.013, desde el 18 de Diciembre de 2.006 hasta el 31 de Diciembre de 2.011 como Auxiliar de Enfermería del Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
N 1.844. Reubicar a partir de la fecha de la firma del presente Decreto a la Sra. Elsa Ruby Gallardo Caimapo D.N.I. N 18.864.013, de acuerdo al cómputo que se especifica en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto en el Artículo 6 de la Ley N 4.861 en la Jurisdicción 44 Programa 14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud Pública, dependiente del Ministerio de Salud.- Expte. Nº 89.297-S-2.012.
DECRETO Nº 375.- 14-04-2014.- Reconocer a partir de la fecha de la firma del presente Decreto los años laborados por el Sr. José Nazareno Riquelme D.N.I. N 29.940.877, hasta el 30
de Abril de 2.012 en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial, Auxiliar de Enfermería de la Ley L

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/04/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha28/04/2014

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1926

Primera edición03/01/2002

Ultima edición05/08/2024

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