Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Agosto de 2013

BOLETIN OFICIAL N 5172

Art. 2º.- El monto total asignado en el artículo precedente, pagaderos en 2 dos cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos Cien Mil con 00/
100 $ 100.000,00, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de General Enrique Godoy - CUIT Nº 33-65677775-9, Sr. Intendente Municipal, Dn. Luis Ángel Ivancich, C.U.I.L. Nº 23-17066074-9, y/o Sr. Presidente del Concejo Municipal, Dn. Elfio Raúl García, C.U.I.L. N 20-148537136, quienes serán responsables de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Art. 4º del Decreto N 134/10, modificado por Decreto N 299/13.Art. 3º.- Comprometer a los créditos de la jurisdicción 17 del Programa 29 - Subprograma - 00 - Proyecto - 00 - Actividad 02 - Partida 572 Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 4º.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Art. 29 de la Ley H Nº 3186, abonar por la Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $
200.000,00, conforme a lo previsto en el Art. 2 del presente Decreto.Art. 5.- El presente Decreto sera refrendado por el Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. L. Di Giácomo.
oOo DECRETO 1185
Viedma, 02 de Agosto de 2013.
Visto: El Expte. N 126.197-DHS-2012, del registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Noventa Mil $ 90.000.00
a favor de la fundación denominada Fundación Gente Nueva Personería Jurídica otorgada por Decreto N 989, de fecha 26 de mayo de 1989 de la ciudad de S. C. de Bariloche, destinado a solventar los gastos que demanda el funcionamiento de las escuelas de Gestión Social de dicha fundación;
Que a fojas 47/48 obra Informe Institucional al otorgamiento de dicho aporte;
Que es política del Ministerio de Desarrollo Social, atender este tipo de erogaciones de acuerdo con lo establecido en el Art. 3º del Decreto N 134/
10 y su modificatorio Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04719-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso l de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma total de pesos noventa mil $ 90.000,00, a favor de la fundación denominada Fundación Gente Nueva Cuit N 30-65924291-1, destinado a solventar los gastos que demanda el funcionamiento de las escuelas de Gestión Social de dicha fundación, de acuerdo con el Visto y Considerando del presente Decreto.
Art. 2º.- El monto total asignado deberá ser girado a la orden de su Presidente Sr. Roberto Carlos Candino Cuil N 20-14133609-7, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto Nº 229/13.
Art. 3.- Comprométase para el presente ejercicio financiero la suma de Pesos Noventa Mil $ 90.000,00, a los créditos del Programa 24, Actividad 05, Partida 517, Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, desé al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. E. V. Paillalef.
oOo DECRETO 1186
Viedma, 02 de Agosto de 2013.
Visto el Expte. Nº 170.442-SP-2.013, del registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones, se tramita la ratificación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social y la asociación civil denominada Asociación Génesis, de la ciudad de Viedma Personería Jurídica otorgada por Decreto N 1367 de fecha 29 de Octubre de 1998;

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Que la mencionada Asociación tiene como objetivo primordial brindar albergue, alimentos y asistencia profesional a las personas carentes de recursos que no sean residentes en la localidad y se encuentren bajo tratamiento médico, asimismo proporcionar la comunicación e integración entre los sectores de la Sociedad Civil y del Estado que prestan servicios en el área social;
Que el Ministerio de Desarrollo Social se compromete a aportar a la citada Asociación la suma de Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Quinientos $
136.500,00, pagaderos en tres 03 cuotas iguales y consecutivas de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Quinientos $ 45.500,00 cada una;
Que a fojas 52 obra Informe Institucional explayando la situación de la mencionada Asociación;
Que la presente tramitación se encuadra en lo normado por el Artículo 3
del Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13:
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 04781-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Sr. Ministro Dn. Ernesto Vicente Paillalef DNI. N 08.213.511 y la asociación civil denominada Asociación Génesis CUIT N 30-67291717-0 de la ciudad de Viedma, representada por su Presidente, Sra. Noemí Elsa Clara Sanguinetti DNI N 2.939.277, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2.- Apruébase el gasto por un monto total de Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Quinientos $ 136.500,00, pagaderos en tres 03 cuotas iguales y consecutivas de Pesos Cuarenta y Cinco Mil Quinientos $ 45.500,00
cada una.Art. 3.- El importe aprobado deberá ser girado a la orden de su Presidente, Sra. Noemí Elsa Clara Sanguinetti CUIL Nº 27-02939277-9 siendo ésta la única responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido en el Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13.Art. 4.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Social a efectivizar el pago del Convenio ratificado por el Art. 1, adecuándose a las disposiciones en vigencia.Art. 5.- Comprométase la suma total de Pesos Ciento Treinta y Seis Mil Quinientos $ 136.500,00, a los créditos del Programa 24, Actividad 05, Partida 517, Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 6.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.Art. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. E. V. Paillalef.

CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO Y LA ASOCIACION CIVIL
ASOCIACION GENESIS, DE VIEDMA
AÑO 2013
Entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, representado en este acto por el Sr. Ministro de Desarrollo Social Dn. Ernesto Vicente Paillalef, DNI. N 8.213.511, con domicilio en la calle Buenos Aires Nº 101 de la ciudad de Viedma, en adelante EL MINISTERIO, por una parte, y por la otra la Asociación Civil Asociación Genesis, representada en este acto por su presidenta Sra. Noemí Elsa Clara Sanguinetti, DNI. N
2.939.277, con domicilio en la calle Álvaro Barros N 526, de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante LA ASOCIACION, acuerdan celebrar el presente Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: LA ASOCIACION, de la ciudad de Viedma, utilizará los aportes que reciba por el presente Convenio para cumplir con los siguientes objetivos que conforman los propósitos de su Estatuto: propiciar la comunicación e integración entre sectores de la Sociedad Civil y del Estado que prestan servicios relacionados al área social, para lograr una mayor eficacia y pasar de la asistencia a la promoción; promover la formación de nuevas Asociaciones que ejecuten programas para aportar soluciones a las necesidades de albergue, alimentos y asistencia profesional para las personas con distintas problemáticas sociales actualmente no cubiertas en la ciudad de Viedma;
crear mecanismos que permitan la generación y/o capacitación de fondos para el cumplimiento de las distintas acciones que se desarrollan; gestionar y/o celebrar convenios con Organismo Oficiales y privados para la obtención

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/08/2013

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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