Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5172

DECRETO 1175
Viedma, 02 de Agosto de 2013.
Visto: El Expediente N 68395-S-2.011, del registro del Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promoción automática de la Sra. Mirtha Elda González D.N.I. N 11.608.165 Legajo Nº 655.199/8
agente con situación de revista en la Categoría 10 del Agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1.844, con funciones en el Hospital Área Programa Villa Regina dependiente del Ministerio de Salud;
Que la Sra. Mirtha Elda González reclama la revisión de su situación de revista dado que no fue encuadrado correctamente en el pase a la Planta Permanente, Decreto Nº 969/90, y consecuentemente en las posteriores promociones;
Que atento el tiempo transcurrido dicha presentación deberá considerarse denuncia de ilegitimidad, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo;
Que al analizar la documentación obrante en el legajo personal, la citada agente ingresó al Ministerio de Salud mediante Designación Interina, Resolución N 1732/87, a partir del 10/07/1987, en el Agrupamiento Servicios Generales, Categoría 1;
Que mediante Decreto N 969/1990, con fecha 22/05/1990, ingresa a la Planta Permanente, Agrupamiento Servicios Generales, Categoría 1 de la Ley L N 1844;
Que la incorporación a la Planta Permanente se hizo efectiva amparada por la Ley L N 2291, la cual en su Art. 5 garantizaba el reconocimiento de la carrera administrativa prevista en el Escalafón Ley L N 1844 conforme a la antigedad ininterrumpida acreditada desde su ingreso como personal temporario;
Que hubo un error administrativo de la Jurisdicción convocante cuando formuló la opción para incorporarse a la Planta Permanente en los términos de la Ley L Nº 2291 siendo llamado a rendir por la categoría 1 cuando ya le correspondía la categoría 2;
Que dicha situación le implicó postergaciones posteriores en ascensos automáticos, atento al criterio de contarse la permanencia en la categoría a partir de la incorporación a Planta Permanente;

Viedma, 15 de Agosto de 2013

Que la última promoción se gestionó a la Categoría 10, a partir del 01/
05/2009, mediante Decreto N 557/2011;
Que ante lo expuesto corresponde reconstruir la carrera administrativa de la Sra. Mirtha Elda González, a partir del ingreso a la Planta Permanente;
Que a fojas 73 ha intervenido la Subsecretaría de Presupuesto, dándose cumplimiento a lo normado por el Art. 33 de la Ley N 4814;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado y la Fiscalía de Estado a través de la Vista N
04393-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Hacer lugar al reclamo como Denuncia de Ilegitimidad presentado por la Sra. Mirtha Elda González D.N.I. N 11.608.165 atento a lo dispuesto por el Art. 75 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Art. 2.- Reubicar a la Sra. Mirtha Elda González D.N.I. N 11.608.165, agente con situación de revista en la Categoría 10 del Agrupamiento Servicio de Apoyo de la Ley L N 1.844, con funciones en el Hospital Área Programa Villa Regina, en las Categorías y desde las fechas quo se indican en la Planilla Anexa que forma parte integrante del presente Decreto, de acuerdo al cómputo que se especifica en la misma, en los términos de los Arts. 8 y 24
del Anexo II de la Ley L N 1.844.Art. 3.- Por el Departamento de Liquidación de Sueldos del Organismo proceder a liquidar la diferencia de categoría, según corresponda, a partir del 29/04/2005.Art. 4.- El gasto que demande cumplimentar el presente deberá comprometerse al Programa: 14 - Actividad: 01.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Salud.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. N. C. Delfino.

PLANILLA ANEXA AL DECRETO Nº 1175

oOo DECRETO 1184
Viedma, 02 de Agosto de 2013.
Visto: El Expediente N 075.733-G- 13, del registro del Ministerio de Gobierno, y:
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de General Enrique Godoy, por un importe de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00, destinado a la compra de una motoniveladora;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Art. 4º del Decreto N 134/10, modificado por Decreto Nº 229/13;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Arts. 30 31 de la Ley H 3186 de Administración Financiera;

Que han tomado debida intervención los Organismos de Control:
Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 0458713;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181- Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000.00, a favor de la Municipalidad de General Enrique Godoy, destinado a la compra de una motoniveladora.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/08/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/08/2013

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones1919

Primera edición03/01/2002

Ultima edición11/07/2024

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