Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/04/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 29 de Abril de 2013

Nº 5139

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 28 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 28

DECRETOS

DECRETO Nº 417
Viedma, 15 de abril de 2013.
Visto, el Expte. N 169.115-SPYPDS-2.013, del registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona la transferencia de fondos al Municipio de El Bolsón, destinados a la adquisición de combustibles calefaccionantes, en el marco del Operativo Plan Calor 2013;
Que por ello se ha procedido a suscribir con el Municipio de El Bolsón, un Convenio de Transferencia de Fondos para la compra de combustibles calefaccionantes Operativo Plan Calor 2013;
Que en esta instancia, se hace necesario proceder a realizar la ratificación en todos sus términos del Convenio suscripto entre la Secretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales y el Municipio de El Bolsón, mediante el cual se propicia la transferencia de fondos por la suma total de pesos ciento ochenta mil $ 180.000,00 con destino a la compra de combustibles calefaccionantes;
Que el Municipio de El Bolsón, deberá proceder a realizar las respectivas compras, respetando los procedimientos de contrataciones previstos en la reglamentación de su Jurisdicción;
Que mediante Decreto N 1.886/2012 han sido prorrogados la totalidad de los cargos vencidos y a vencer, en concepto de aportes no reintegrables, hasta el día 13 de mayo 2013 de todos los municipios de la Provincia de Río Negro conforme a lo informado por Nota N 07/2013 de la Contaduría General de la Provincia;
Que el presente trámite se ajusta a lo establecido en el Art. 4 del Decreto N 134/2010;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N
01675-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratifíquese en todos sus términos el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social, representado por el Sr. Secretario de Promoción y Protección de Derechos Sociales, Cides Juan Elbi DNI N
17.723.924 y el Municipio de El Bolsón, representado por el Intendente Municipal, Sr. García, Alfredo Ricardo Cuil N 20-10204980-3 en el marco del Operativo Plan Calor 2013, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2º - Apruébese el gasto por un monto total de pesos ciento ochenta mil $ 180.000,00, de acuerdo a lo expresado en los considerandos del presente Decreto.Art. 3º - El monto total asignado deberá ser girado a la orden del Intendente Municipal, Sr. García, Alfredo Ricardo Cuil N 20-10204980-3 siendo éste responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/2010.Art. 4º - Abónese a través de la Tesorería General de la Provincia hasta la suma total de pesos ciento ochenta mil $ 180.000,00, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula N 5 del Convenio subscripto.-

Art. 5º - Comprométase la suma de pesos ciento ochenta mil $
180.000,00 créditos del Programa 14, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipios, Código de Recurso 11721, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.Art. 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- E. V. Paillalef.

CONVENIO DE UTILIZACIÓN DE FONDOS TRANSFERIDOS
AL MUNICIPIO DE EL BOLSON EN EL MARCO DEL PROGRAMA
OPERATIVO PLAN CALOR 2013
Entre la Secretaría de Promoción y Protección de Derechos Sociales, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Río Negro, representada en este caso por el Secretario de Promoción y Protección de Derechos Sociales, Juan Elbi Cides, D.N.I. N 17.723.924, en adelante LA SECRETARÍA, con domicilio en calle Buenos Aires N 101 de la ciudad de Viedma por una parte, y el Municipio de la localidad de El Bolsón, representado en este caso por el Intendente Municipal, García Ricardo Alfredo D.N.I. N 10.204.980 en adelante EL MUNICIPIO, con domicilio en 25
de Mayo y Roca, por la otra, acuerdan celebrar el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:
Primera: El presente tiene como objetivo financiar acciones tendientes a cubrir las necesidades del MUNICIPIO relativas a insumos calefaccionantes en todas sus manifestaciones de la zona de influencia del MUNICIPIO, razón por la cual LA SECRETARÍA y EL MUNICIPIO asumen la responsabilidad conjunta y recíproca.
Serán beneficiarios del Plan Calor, todas aquellas personas que no tengan acceso al servicio de gas natural. En caso de existir excepciones a esta cláusula, deberá justificar tal solicitud a través de informe socio ambiental.
Segunda: LA SECRETARÍA se compromete a transferir al MUNICIPIO la cantidad de pesos ciento ochenta mil $ 180.000,00 que serán destinados a la adquisición de combustibles calefaccionantes en diversas modalidades, que comprenden leña, gas en garrafas, kerosene y materiales que permitan la conexión de red de gas natural. En ningún caso la adquisición de combustibles líquidos podrá superar el treinta por ciento 30% de los montos transferidos.
Tercera: EL MUNICIPIO se compromete a que, en caso de existir la posibilidad, priorizar la compra de insumos a Organizaciones Sociales, Cooperativas, Pequeños Proveedores, entre otros, con el objetivo de favorecer el desarrollo de las economías locales y regionales, siempre y cuando no se contraponga con las leyes vigentes.
Cuarta: EL MUNICIPIO deberá presentar a LA SECRETARÍA una propuesta que contenga plan de acción para llevar a cabo la implementación del Programa, a partir del año 2013, como condición para la transferencia de los fondos.
Quinta: LA SECRETARÍA fraccionará el aporte financiero acordado en dos 2 cuotas que representen cada una de ellas el 50% de los fondos a transferir. La primera cuota será transferida en la segunda quincena del mes de marzo del 2013, en tanto que la segunda, será transferida en la primera quincena del mes de mayo de 2013. Dichas fechas son estimativas y están sujetas a modificaciones por razones presupuestarias y/o administrativas.
Sexta: LA SECRETARÍA tendrá la facultad de supervisar, en el momento que lo considere oportuno y sin previo aviso, el cumplimiento del presente convenio, fundamentalmente la entrega de todos los combustibles calefaccionantes en las cantidades y calidades correspondientes al monto transferido.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/04/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha29/04/2013

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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