Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/03/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Que la aptitud psicofísica de la postulada, exigida por la normativa de riesgos de trabajo, Resoluciones N 043/97 y N 054/98 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, se encuentra acreditada mediante el examen preocupacional realizado por el Sistema de Juntas Médicas de la Provincia de Río Negro, el día 13 de Noviembre de 2006, de acuerdo a los originales y fotocopias certificadas agregadas a fojas 35/37;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal de Asuntos Notariales y Jurídicos del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda y la Fiscalía de Estado a fojas 46 vuelta;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N 3238, el Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia, celebrado entre el Interventor del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V., representado por el Dr. Vicente José PILI DNI N 7.577.881 y la Señora Norma Beatriz Ullua DNI N 21.878.017, para cumplir tareas en la Dirección de Acción Social de la sede central del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda I.P.P.V, equiparada a los efectos escalafonarios a la Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Artículo 1, Capítulo V del Anexo II, del Escalafón de la Ley N 1844, desde el 1 de Noviembre de 2006 y hasta el 31 de Diciembre de 2006, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios, equivalente a la Categoría 3 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón de la Ley N 1844.Art. 3.- Reconocer los servicios prestados por la Señora Norma Beatriz Ullua DNI N 21.878.017, a partir del 1 de noviembre de 2006 y hasta el 31 de Diciembre de 2006.Art. 4.- Por la Contaduría del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, imputar la suma de Pesos Dos Mil Ciento Cuarenta y Tres $ 2.143,00, al Programa 42.01.00.00.01.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 6.- Registrar, comunica publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. F. Verani.

CONTRATO DE LOCACIÓN
DE SERVICIOS
En la ciudad de Viedma, a los diecisiete días del mes de Enero del año dos mil siete, entre el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda, representado en este acto por su titular Dr. Vicente José Pili DNI N
7.577.881, con domicilio en Winter y Murillo, en adelante EL ORGANISMO y la Señora Norma Beatriz Ullua DNI N 21.878.017, domiciliada en la calle Dorrego N 1776 - Escalera 5 - Piso 2 - Dpto. B de la ciudad de Viedma, en adelante LA CONTRATADA, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA: LA CONTRATADA se desempeñará en la Dirección de Acción Social de la Sede Central de este Instituto, en el Agrupamiento Administrativo, quedando subordinada a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca EL CONTRATANTE, comprometiéndose a su fiel cumplimiento.

BOLETIN OFICIAL N 4495
SEGUNDA: LA CONTRATADA percibirá una retribución mensual por sus servicios, equiparada a la Categoría 03 del Agrupamiento Administrativo de la Ley N 1844 de la Administración Pública Provincial con más los adicionales, suplementos o bonificaciones e incentivos que determine el Poder Ejecutivo Provincial y asignaciones familiares cuando corresponda.
Recibirá los incrementos que por aplicación de índices fijos o porcentuales se otorguen en forma general al personal de la Administración Pública Provincial.
Asimismo será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.Pro.S.S., en el Régimen de Seguro de Vida Obligatorio I.A.P.S. y en el Régimen Previsional Ordinario.
TERCERA: LA CONTRATADA gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c, d y e del Artículo 27, Capítulo IV y Capítulo IX; Artículo 92
del Anexo I del Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro aprobado por Ley N 3487. Tendrá además derecho a las licencia previstas en los incisos a, b, c, d, e y f del Artículo 42 del citado Estatuto.
CUARTA: LA CONTRATADA estará sujeta al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487 y Decreto N
1405/01, que reglamenta el Capítulo VI del Anexo I de la Ley N 3487.
QUINTA: LA CONTRATADA carece del derecho a la estabilidad y queda sujeta a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley N 3487 en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.
SEXTA: El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de Noviembre de 2006 hasta el 31 de Diciembre de 2006. Podrá ser renovado por decisión del Señor Interventor del Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda y conforme a las prórrogas que dicte el Poder Ejecutivo Provincial.
SÉPTIMA: Las partes podrán sin causa alguna rescindir el presente contrato, aún cuando medie principio de ejecución, con la única exigencia de comunicarlo fehacientemente a la otra parte, con treinta 30 días de antelación, sin que ello genere derecho a indemnización alguna.
OCTAVA: A todos los efectos derivados del presente contrato, las partes constituyen domicilio en los establecidos en el encabezamiento del presente contrato y acuerdan en someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.
De plena conformidad de partes, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 62.- 21-02-06.- Estableciendo, a partir del 1 de enero de 2006, para las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Provincial la "Compensación Resolución Nº 913/96". Expte. Nº 24.202-SCA"CPFP"-06.
DECRETO Nº 7.- 22-01-07.- Dando de baja por fallecimiento a partir del 12 de enero de 2007, al Ingeniero Roberto Alfredo Haran DNI Nº 4.422.394, al cargo de Subsecretario de Ciencia, Tecnología y Desarrollo para la Producción del Ministerio de Producción.
DECRETO Nº 34.- 01-02-07.- Otorgando un aporte no reintegrable a favor del Club Deportivo Independiente de la localidad de Río Colorado CUIT Nº 30-66418715-5 por la suma de PESOS

Viedma, 05 de Marzo del 2007
UN MIL QUINIENTOS $ 1.500,00, destinados a financiar publicidad estática en el estadio Antonio López Belzagui, polideportivo Nelo Pauloni, canchas auxiliares y pileta de natación. La utilización, inversión y rendición del aporte deberá ajustarce a lo establecido en el Decreto Nº 194/76, siendo responsables de ello su presidente, Sr. Sergio Alejandro Prieto CUIL Nº 20-164267319 y su Tesorero Sr. Esteban Antonio Arduín CUIL Nº 20-26136214-8. Expte. Nº 74213-DGA05.
DECRETO Nº 36.- 07-02-07.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS VEINTE MIL
$ 20.000,00 a favor de la Fundación Diario Noticias, de la ciudad de Viedma CUIT Nº 3070990947-5, destinado a cubrir los gastos que demandarán las distintas actividades acuáticas organizadas en el marco del décimo aniversario del diario Noticias de la Costa. La rendición de los gastos, estará a cargo de la Presidenta Sra. Patricia Elda Querejeta DNI Nº 12.768.064 y el Secretario Sr. Ramón García DNI Nº 18.851.795, conforme a lo establecido por el Decreto Nº 194/76. Expte. Nº 45.535-T-07.
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RESOLUCION

MUNICIPALIDAD DE POMONA
Ejecutivo Municipal
POMONA - RÍO NEGRO
Resolución Nº 61/2007
Visto: La convocatoria a elecciones municipales efectuada mediante Resolución Municipal Nro. 46/
2007; y CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución 46/2007 se convocó en debido tiempo al electorado del Pueblo de Pomona a elección de Intendente, Concejales titulares y suplentes y miembros titulares y suplentes del Tribunal de Cuentas municipal.
Que, a efectos de cumplimentar con la formalidad establecida por el Artículo 121 dela Ley 2431, corresponde también indicar el sistema electoral aplicable respecto de la elección del Intendente Municipal.
Por ello, la Sra. Intendente de la Municipalidad de Pomona en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 2353 Orgánica de Municipio RESUELVE:
Artículo 1: Dispóngase, a efectos de cumplimentar la formalidad establecida por el artículo 121 de la Ley 2431, que la elección del Intendente Municipal convocada para el 20 de mayo de 2007 mediante Resolución Municipal 46/2007, se efectuará por voto directo y a simple pluralidad de sufragios, y en caso de empate se procederá a una nueva elección, de conformidad a lo establecido por el Artículo 117 de la Ley 2431.Art. 2: Ratifíquese que la elección de los Concejales y Miembros del Tribunal de Cuentas convocada para el 20 de mayo de 2007 mediante Resolución Municipal 46/2007 se efectuará por voto directo, asignándose las bancas por el sistema DHont, participando en la asignación de los cargos las listas que hayan obtenido un mínimo del 5% de los votos válidos emitidos.
Art. 3: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, a la Junta Electoral Municipal, al Sr. Juez de Paz local, al Tribunal Electoral Provincial, al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro y a la Secretaría Electoral Nacional.
Art. 4: Publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
Dada, firmada y sellada en la sala de mi Público Despacho en la Municipalidad de Pomona, a los 23
días del mes de febrero de 2007.
María del Cármen Maldonado de Jara, Intendente.
Analía E. Kogut de Marinelli, Firma Autorizada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/03/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha05/03/2007

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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