Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/09/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Septiembre del 2004
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E TA :
Artículo 1.- Autorízase a la Tesorería General de la Provincia a transferir el subsidio a favor de la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Sociales y de Viviendas el Bolsón Limitada COOPETEL CUIT
N 3055483494-5, por la suma de Pesos:
TRESCIENTOS MIL CIENTO VEINTIDOS CON
TREINTA Y NUEVE CENTAVOS $ 300.122,39 en concepto de compensación tarifaria por el consumo de gas licuado de petróleo de los residentes en las localidades de Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada y Ramos Mexía, por el período Abril de 2002 a Marzo de 2004.
Art. 2.- Comprometáse y devengar el presente gasto con cargo al presupuesto de la Jurisdicción 18, Prog.
08, Ac/O. 05, Partida 518 transferencias a Coopetel, Recurso 10 -Rentas Generales.
Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.
Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése a Boletín Oficial y archívese.
SAIZ. P. F. Verani.
oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 1068.- 16-09-04.- Otorgando un Aporte no Reintegrable por la suma total de PESOS
SESENTA MIL $ 60.000,00 a favor de la FUNDACIÓN FORO PATAGÓNICO DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la ciudad de San Carlos de Bariloche, destinado a cubrir los gastos originados en el dictado de cursos de capacitación laboral, en un todo de acuerdo a lo expresado en los Considerandos que anteceden y documentación obrante en autos de la referencia. Designando responsable de la administración, utilización y oportuna rendición de los fondos anticipados, conforme lo establecido por Decreto N 194/76 al Presidente de la Fundación Dn. Jorge Oscar MARTICORENA CUIL N 20-4493790-6. Expte.
Nº 34.163-ST-04.DECRETO Nº 1069.- 16-09-04.- Creando una vacante Categoría C, del Agrupamiento Desarrollo, Subagrupamiento Programación de la Ley N 2094, en el Programa 44.01.00.00.02, del Organismo Central dependiente del Ministerio de Salud, suprimiéndose la vacante generada en el Agrupamiento Administrativo, Categoría 8, de la Ley N 1844. Reubicando a partir de la fecha del presente al Señor Luis Eduardo CAFRE, D. N. I. N
17.824.573 - Legajo 655647/7 en la vacante creada en el Artículo anterior, conforme lo dispuesto por la Ley N 2094 y el Artículo 3 del Decreto Ley N 1/
99. Expte. Nº 54.389-S-04.DECRETO Nº 1071.- 16-09-04.- Declarando de Interés Provincial la realización de la 5 Edición de EXPOFRUTICOLA 200 a realizarse en la Estación Experimental Agropecuaria Alto Valle I.N.T.A
durante los días 26, 27 y 28 de Noviembre del corriente año. Expte. Nº 85232-DGA-04.DECRETO Nº 1072.- 16-09-04.- Otorgando en los términos de las Leyes Provinciales Nros. 168 y sus modificatorias y 3695 y modificatoria, a partir del 12/07/04, una 1 Pensión Graciable Vitalicia a favor del Sr. Alberto RICCI C.U.I.L. Nro. 2010270287-6, quien prestó servicios en la Asociación de Bomberos Voluntarios de Cipolletti Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 1718/
64. Expte. Nº 008232-G-04.DECRETO Nº 1073.- 16-09-04.- Otorgando en los términos de las Leyes Provinciales Nros. 168 y sus modificatorias y 3695 y modificatoria, a partir del 18/05/04, una 1 Pensión Graciable Vitalicia a favor del Sr. Jorge Diego GARCIA SUSINI C.U.I.L.
Nro. 20-06082230-2, quien prestó servicios en la
BOLETIN OFICIAL N 4240
Junta Vecinal Parque Melipal Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 716/72. Expte.
Nº 0082333-G-04.DECRETO Nº 1074.- 16-09-04.- Otorgando en los términos de las Leyes Provinciales Nros. 168 y sus modificatorias y 3695 y modificatoria, a partir del 02/08/04, una 1 Pensión Graciable Vitalicia a favor de los Sres. Máximo Walter BURGOA C.U.I.L.
Nro 20-05543010-2 y Alberto Enrique COTARO
C.U.I.L. Nro. 20-07572673-3; quienes prestaron servicios en la Asociación Civil Bomberos Voluntarios del Valle Medio Personería Jurídica otorgada por Decreto Provincial Nro. 442/71. Expte.
Nº 008234-G-04.DECRETO Nº 1081.- 16-09-04.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma de PESOS OCHO MIL
QUINIENTOS CON 00/100 $ 8.500,00 con cargo a la Cuenta N 900001206 - Fondo Provincial de Turismo Cód. de Fto. 12817, a favor del Colegio de Arquitectos de Río Negro de la ciudad de Viedma C.U.I.T. N 30-62736464-0, el cual será destinado a la entrega de premios a los ganadores del Concurso Provincial de Anteproyectos para la Obra PROTOTIPO de OFICINA DE INFORMES
TURISTICOS para la PROVINCIA DE RIO NEGRO. La rendición de gastos del aporte no reintegrable aprobado del presente Decreto estará a cargo del Vicepresidente del Colegio de Arquitectos de Río Negro, Arq. PRATI Ricardo Pablo D.N.I.
N 10.915.535 y/o del Prosecretario Arq.
SBRACCIA Carlos Daniel D.N.I. N 16.786.691
y/o quiénes eventualmente los reemplacen, conforme lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 70.300-T-04.oOo
RESOLUCIONES

Provincia de Río Negro Ministerio de Economía DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 1106
Viedma, 16 de Septiembre de 2004.Visto y Considerando:
Que por Resolución DGR n 551/97 se designa Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a la Federación Argentina de Cámaras y Asociaciones Psiquiátricas FACAP
Que la Delegación Rentas Capital Federal solicita la baja como Agente de Retención, de la mencionada en el párrafo anterior, dado que ha cesado sus actividades a partir 01/09/04;
Por ello y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 5 del Código Fiscal T.O. 2003;
El Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas R E S U E L V E:
1.- Otorgar la baja como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a partir del 01/09/
04 a la Federación Argentina de Cámaras y Asociaciones Psiquiátricas FACAP con domicilio en Julio A. Roca 710, 1 Piso de Capital Federal.
2.- Regístrese, dese al Boletín Oficial para su publicación, notifíquese al interesado, a la Delegación Zonal Capital Federal, cumplido archívese.Cr. Graciano A. Bracalente, Subsecretario de Ingresos Públicos a/c de la Dirección General de Rentas.oOo Resolución Nº 1110
Viedma, 20 de Septiembre de 2004.Visto y Considerando:
Que el artículo 19 de la Ley n 2407 establece que "las personas físicas o jurídicas de carácter público o privado que intervengan en actos, contratos y operaciones alcanzados por el impuesto de Sellos, actuarán como Agentes de Recaudación en la oportunidad, forma y condiciones que establezca la Dirección General";

3
Que la importancia de las operaciones que realizará Interacción Seguros S.A. hacen necesario dictar las normas que posibiliten al mismo desempeñarse como Agente de Recaudación del mencionado Impuesto;
Que el citado Agente de Recaudación, deberá presentar una Declaración Jurada donde consten todas las referencias necesarias para hacer conocer, a esta Dirección, todos los hechos imponibles producidos y acumulados en el período, e ingresar el impuesto total resultante dentro del mes inmediato siguiente, en los términos y condiciones que establece el artículo 1, inciso 5 y el artículo 2, inciso 3 del Decreto Reglamentario n 1130/03;
Que las infracciones a las obligaciones que se fijan por la presente, serán reprimidas con arreglo a lo establecido en los artículos 49, 50 y 53 del Código Fiscal T.O. 2003 y modificado por Ley n 3726 y con las penalidades que surjan de Leyes especiales en vigencia;
Por ello y en uso de las facultades que le confieren los artículos 5 y 33, 3er párrafo, del Código Fiscal El Director Legal y Técnico Tributario a/c de la Dirección General de Rentas R E S U E L V E:
1.- Desígnase Agente de Recaudación del Impuesto de Sellos a Interacción Seguros S.A. con domicilio en Teniente General Juan Domingo Perón 2093 de Capital Federal.2.- El responsable a que hace referencia el punto 1
de la presente deberá ingresar el Impuesto, por los actos contratos y operaciones que se realicen en Jurisdicción Provincial.
3.- Las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia Sudameris S.A., en los formularios que a tal efecto proveerá la Dirección General, hasta día quince 15 del mes inmediato siguiente de efectuada la retención, en la forma que establece el artículo 2, inciso 3 del Decreto mencionado en el considerando;
4.- Las boletas de depósito a que se refiere el punto anterior, se confeccionarán en cuatro ejemplares que se distribuirán de la siguiente manera;
Original: Para el Banco Patagonia Sudameris S.A
como comprobante de Caja.
Duplicado: Para ser remitido por el Banco Patagonia Sudameris S.A. a las Delegaciones, Subdelegaciones y Receptorías de esta Dirección General de Rentas.
Triplicado: Para el Agente de Recaudación, para ser presentado con su Declaración Jurada mensual.
Cuadriplicado: Para el Agente de Recaudación 5.- Dentro del plazo dispuesto en el punto 3 de la presente Resolución, el Agente de Recaudación deberá presentar ante la Dirección General de Rentas, Declaración Jurada por duplicado, con los siguientes datos:
- Nombre y apellido o razón social - Domicilio - Importes retenidos - Naturaleza de los actos 6.- A los efectos la verificación prevista por los artículos 27, 38, 39, 40, 41 y 44 del Código Fiscal, deberán conservar por el término de prescripción, que de acuerdo a lo determinado por el artículo 120 de la mencionada Norma Legal, vigente a partir del 01/01/
03, es de cinco05 años, y presentar a requerimiento de la Dirección General, todos los elementos y documentos que de algún modo se refieran a las operaciones o situaciones que constituyan hechos imponibles o sirvan como comprobantes de veracidad de los datos consignados en las declaraciones Juradas.7.- La entidad encuadrada en el punto 1 quedará obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la presente a partir de los quince 15 días de haber sido notificada por parte de la Dirección General 8.- Se deberá confeccionar un sello donde conste el número de la presente Resolución, aclarando el nombre del Agente de Recaudación, previendo un lugar para el importe del Impuesto retenido y fecha de las operaciones, el cual estamparán individualmente en los instrumentos que otorguen a los efectos de la verificación prevista en el punto 6 de la presente.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/09/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha28/09/2004

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones1918

Primera edición03/01/2002

Ultima edición08/07/2024

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