Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2015 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 205

Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O.
2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1
NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve REINTEGRAR el saldo subsistente a favor del contribuyente. ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
1 0034-079831/2014
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4 5
6 7

0034-081983/2014
0034-080977/2014
0034-081293/2014
0034-081797/2014
0034-077469/2013
0034-081929/2014

INICIADOR
N RESOLUCION
FECHA
OVELAR RUBEN JUSTO COMPAÑÍA
MANDATARIA DE CREDITOS S.R.L SJGIR-D 0505/2015
25/08/2015
ARCE MARIA BELEN
SJIGR-D 0671/2014
19/12/2014
ACOSTA EULOGIA IRMA
SJGIR-D 0549/2014
12/11/2014
PIAZZA NELLY MARIA
SJGIR-D 0296/2015
29/05/2015
ROMERO NELIDA YOLANDA SJGIR-D 0057/2015
21/01/2015
ILLANES CYNTHIA VALERIA SJGIR-D 0374/2013
27/09/2013
ESPINOLA GABRIELA DEL CARMEN SJGIR-D 0064/2015 21/01/2015

5 días - Nº 27672 - s/c - 29/10/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente N
0535-072830/2006 VILLALBA HUGO ALBERTO SOLICITA INSCRIPCION REGISTRO DE
POSESION: Notifica a : VILLALBA HUGO ALBERTO DNI N 8.633.435 el siguiente proveído :
Córdoba 29 de Abril de 2013. Previo a emitir dictamen, ante lo observado por la Dirección de Catastro a fs. 24 y ante la imposibilidad de cumplimentar lo requerido en relación a la identificación inequívoca de la parcela afectada por la posesión que se alega, previo a la prosecución del trámite, Emplácese al rogante para que dentro del plazo de 60 días acompañe un plano mensura visado por la Dirección General de Catastro con la determinación de medidas , superficie y linderos afectados por la posesión, como así también la ubicación y descripción del inmueble, bajo apercibimiento de proceder al archivo de las actuaciones. Todo lo expuesto de conformidad con lo establecido por los arts. 14 2 párrafo de la ley 9150 y 10 del Decreto Reglamentario N 586/04. Notifíquese. Fdo Dr. Mariano Eduardo Pelliza Jefe de Área. Fdo. Sr.
Norberto A. Sosa Campana Presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de títulos.Cba 09/02/2015.5 días - Nº 27753 - s/c - 30/10/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0586/2015 - 15 OCTUBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal.
Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE
JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE
a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve NO HACER LUGAR al pedido de acreditación del período 2011/50, ACREDITAR a los periodos 2014/30/40 solicitados y REINTEGRAR el saldo subsistente a favor del contribuyente. ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La
CÓRDOBA, 26 de Octubre de 2015

Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30
días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO
3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastián -Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
1 0034-081056/2014

INICIADOR
MALDONADO LIDIA HAYDEE

N RESOLUCION
SJGIR-D-0307/2015

FECHA
29/05/2015

5 días - Nº 27673 - s/c - 29/10/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0587/2015 - 15 OCTUBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal.
Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE
JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE
a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DENEGAR el pedido de devolución del concepto de Gastos Causídicos, RECONOCER A FAVOR el saldo subsistente a favor del contribuyente. ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE
al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
1 0034-060008/2008

INICIADOR
N RESOLUCION
ABT GISELA ELISABETH SJGIR-D 0478/2014

FECHA
10/10/2014

5 días - Nº 27674 - s/c - 29/10/2015 - BOE
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
ACTA DE CONSTATACIÓN N 6258. Sr. BERTOLINO, ADRIAN PABLO, DNI. 23.821.685, SE
HACE SABER A UD. QUE EN LAS ACTUCIONES ADMINISTRATIVAS Nro. 0045-017609/2015, CARATULADAS ACTA DE CONSTATACION N 06258 MULTA SEGÚN DECRETO 1048/
2010, SE HA DICTADO LA SIGUIENTE PROVIDENCIA: Córdoba, 03 de Agosto de 2015
Atento las presentes actuaciones, a cuya fs. 2 se anexa, Acta de Constatación N 06258, en razón que, prima facie, se habría cometido una infracción, tipificada por el art. 58 inc. 18
circular con un peso total o por eje superior al autorizado mas su tolerancia del Decreto N
1048/2010 y modificatorios, en Ruta E55 TRAMO ACC. PEAJE, el día 16 de Julio de 2015, a las 10:18 hs., constatada por el Revisor de Cargas, personal autorizado de la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba D.P.V., Maximiliano Kowendl, en la que se consignan los datos del Conductor del vehículo marca DODGE, modelo DP800, año 1979, dominio VHL 159, como GABAS HORACIO CLEMENTE, DNI 5.935.226, domiciliado en calle Bogotá N 42, B Residencial Santa Rosa, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, C.P.5000, quien del mismo modo suscribe el Acta; los datos del Propietario del Vehículo, como BERTOLINO ADRIAN PABLO, DNI 23.821.685, domiciliado en calle 17 de Junio N
3695, de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, C.P. 5000 los datos del Cargador como CANTERA SERRANO, CUIL 20-07.952.450-7, con domicilio en Camino Laguna Azul de la localidad de La Calera, C.P. 5151; los datos del Receptor como HUGO PAEZ LOZA, con domicilio en Malagueño N 2098, Córdoba y en función de lo dispuesto por los Art. 18 inc. C, Art. 33 y Art. 37 del Decreto N 1048/2010 y modificatorios, Ley 8555 y Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba N 5358 T.O. 6658 y modificatorias, CÍTESE Y EMPLÁCESE a los Sres. GABAS HORACIO CLEMENTE, Conductor, BERTOLINO
ADRIAN PABLO, Propietario del vehículo y CANTERA SERRANO, Cargador, para que en el plazo de cinco 5 días hábiles administrativos de recibida la presente, comparezcan ante

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha26/10/2015

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4004

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/07/2024

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