Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/10/2015 - 4º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 13 de Octubre de 2015

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCX - Nº 196

régimen sancionatorio del del Art. 74 del C.T.P. -Ley 6006 t.o 2015 decreto 400/15 y modif.- Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art. 86 del ya mencionado texto legal, EL JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma contribuyente THE
PROFESSIONALS COMPAÑY ASEGURADORA DE RESP PROFESIONAL SA, inscripta en el Impuesto de Sellos como Agente de Retención bajo el Nº 41702811, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T.
N: 30-70801747-3, una multa de PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS CON 00/100 CENTAVOS
$ 5.300,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el Art. 47 Inc. 2 del Código Tributario de la Provincia. Ley 6006 t.o.2015 decreto 400/15 y Modificatorias.- ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuación - Libro 2º Título 7º del Código Tributario Ley 6006 t.o. 2015 decreto 400/15 y modif., que asciende a la suma de PESOS OCHO CON 00/100 CENTAVOS $ 8,00, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección de Rentas de la Provincia de Córdoba, sito en la calle Rivera Indarte Nº 650 - de esta Ciudad, o en la Delegación que corresponda, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.FIRMADO: CRA. FABIANA BEATRÍZ GARCÍA - JUEZ ADMINISTRATIVO Y FAC. R.G. 1717/10
Y 1574/08
5 días - Nº 25471 - s/c - 14/10/2015 - BOE
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
MULTASDELEGACION VILLA MARIA
SJRVM-M 0080/2015 - Villa Maria, 03/08/2015 - VISTO Sumario SF-VM Nº 9914760/2015, respecto del contribuyente EASING GROUP S.R.L., inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 904-707666-7, y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. Nº 30-71455069-8, con domicilio en calle Segundo Blanco Nº 1356 de la localidad de Pilar, Provincia de Córdoba, se instruyó Sumario con fecha 29/06/2015, y CONSIDERANDO: Que instruido el Sumario y corrida la vista de Ley por el término de QUINCE 15 DIAS, para que la parte ejerza su derecho de defensa y ofrezca las pruebas que entiende hacen a su derecho - Art.86 Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 Decreto 400/2015, la misma no presenta escrito; Que debe quedar en claro que los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los Deberes establecidos por éste Código o Leyes Tributarias Especiales, para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones. Art.47 Primer párrafo del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 Decreto 400/2015; Que de las constancias obrantes en autos se desprende que la firma contribuyente no ha cumplimentado lo establecido en el último párrafo del Art. 43 Domicilio Fiscal Electrónico:
Sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo, la Dirección podrá disponer la constitución obligatoria del domicilio fiscal electrónico, en los casos que establezca la misma.; Que asimismo la firma contribuyente no ha dado cumplimiento dentro del plazo otorgado en la intimación notificada el 26/05/2015 y, librado con el objeto de que aportara la documentación;
configurándose de éste modo un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art.47 inc. 2 y 5 del C.T.P.- Ley 6006- T.O. 2015 y modif.; Que atento a la naturaleza jurídica de las infracciones que aquí se juzgan, la conducta descripta por el contribuyente es según lo establecido en el Art 14 4 el que establece: La Dirección dispondrá la constitución obligatoria del Domicilio Fiscal Electrónico para los Contribuyentes y/o Responsables que ésta nomine oportunamente; debiendo verificar su habilitación en la opción dispuesta en el Menú. Asimismo deberán constituir el domicilio fiscal electrónico los Contribuyentes y Responsables citados en el Cuadro D del Anexo LI SERVICIOS CON CLAVE FISCAL TRAMITES PRESENTACIONES
SERVICIOS DE CONSULTAS en las fechas establecidas en dicho Anexo, cumplimentando lo dispuesto en los Artículos 14 2 y siguientes; Que en consecuencia la infracción por incumplimiento a los deberes formales, se encuentra configurada, deviniendo pertinente la sanción al Responsable de referencia con una Multa que en esta instancia se gradúa en la Suma de pesos un mil quinientos sesenta $1.560,00. Señálese que a fin de cuantificar la Multa se tuvo en cuenta, los topes mínimos y máximos establecidos por el Art. 74 del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 Decreto 400/2015; Que en virtud de lo manifestado precedentemente y existiendo elementos de convicción que la sostienen, debe darse por cierta la materialidad de la infracción que se le imputa, la cual transgrede normas tributarias de cumplimiento obligatorio, resultando incuestionable la aplicación al caso del régimen sancionatorio del Art. 74 del Art.86
Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 Decreto 400/2015.; Por lo expuesto y de conformidad a lo estipulado en el Art.86 Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
Decreto 400/2015.; EL JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APLICAR a la firma EASING GROUP S.R.L. , inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 904707666-7 y en la A.F.I.P. con la C.U.I.T. Nº 30-71455069-8, una multa de pesos un mil quinientos sesenta $1.560,00, en virtud de haber incurrido en incumplimiento a los deberes formales establecidos en el Art. 47 y 43 del Art.86 Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
Decreto 400/2015; ARTÍCULO 2º.- DECLARAR a la firma responsable obligada al pago del sellado de actuaciónLibro 2 Título 7 del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
Decreto 400/2015. y sellado postal - Art. 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 6658 y modif., el que asciende a la suma de pesos sesenta y tres con 86/100 $63,86, conforme a los valores fijados por la Ley Impositiva vigente.- ARTÍCULO 3º.- INTIMARLO para que en el término de QUINCE 15 DIAS hábiles de notificada la presente abone la multa expresada y el sellado de actuación, los cuales deberán ser depositados en la Entidad Bancaria donde corresponde dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales, conforme las normas vigentes sobre el particular, y deberá acreditar el pago de inmediato e indefectiblemente en el domicilio de la Dirección General de Rentas, sito en calle Buenos Aires Nº 1201 Esq. José Ingenieros de la ciudad de Villa Maria, bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal.- ARTÍCULO 4º.PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, con remisión de copia autenticada.- DIPL. GRACIELA B.

3

MOYANO - JEFA DE AREA APOYO REGIONAL VILLA MARIA - DTO. N1633/10 RESOLUCION
GRAL. N 1771 - JUEZ ADMINISTRATIVO RESOL. GRAL. 1854 - DIRECCION GENERAL DE
RENTAS
5 días - Nº 26086 - s/c - 19/10/2015 - BOE
MINISTERIO DE EDUCACION
DECRETO 991/15 - Eliana M. VILLADA - Expte 0110-125151/13 - Se comunica que por Expediente N 0110-125151/13, Caratulado: E/SANCIONES POR FALTAS INJUSTIFICADAS
AGENTE VILLADA ELIANA - Se ha resuelto: NOTIFICAR a la citada docente de lo dispuesto en el Decreto N 991/15 de fecha 01 SEP 2015 DISPONESE la cesantía de la docente Eliana Margarita VILLADA M.I. N 21.408.289, a partir de la fecha del presente instrumento legal, en un 1 cargo de Secretaria de Segunda Enseñanza Media del Instituto Provincial de Educación Media N 107 REINO DE ESPAÑA de Toledo, dependiente del Ministerio de Educación, de acuerdo con lo establecido en el art. 126 inc. f del Decreto Ley N 214/E/63 y lo previsto en el artículo 1 del Decreto N 4169/71.
5 días - Nº 25707 - s/c - 15/10/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos NOTIFICA a los rogantes de las solicitudes de inscripción de posesión que se detallan en ANEXO I el siguiente decreto:
Córdoba, 02 de octubre de 2015 Atento a lo dispuesto en Resolución Interna N 110 de fecha 24 de setiembre de 2013 y las constancias de autos de las que surgen que el rogante no ha cumplimentado con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 9150, artículo 25 de la Ley 5350
T.O. 6658: Emplácese al rogante para que en el término de 10 días corridos cumplimente con lo dispuesto en la normativa surpa mencionada, bajo apercibimiento del archivo de las actuaciones.
Atento a que de las constancias de autos no se cumplimentó debidamente con lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 5350, corresponde notificar por edictos el presente proveído de acuerdo a lo dispuesto en la mencionada Resolución. Fdo María de las M. López Jefa de Área. Fdo. Sr.
Norberto A. Sosa Campana Presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos.
Cba 02 de octubre de 2015.ANEXO I
N 3401
3402
3403
3404
3405
3406
3407
3408
3409
3410
3411
3412
3413
3414
3415
3416
3417
3418
3419
3420
3421
3422
3423
3424
3425
3426
3427
3428
3429
3430
3431
3432
3433
3434
3435
3436
3437
3438
3439
3440
3441
3442
3443
3444
3445

APELLIDO y NOMBRES
N EXPEDIENTE
Paredes Claudio Alejandro 0535-009714/2005
Brunotto sergio Orlando 0535-009730/2005
Lievore Carlos Humberto 0535-010216/2005
Oviedo Sergio Ramon 0535-010226/2005
Nieto Francisco Roque 0535-010230/2005
Cuello jose Alejandro 0535-010232/2005
Perez Ramirez Manuel Antonio 0535-010233/2005
Rivera Juan Manuel -Moreno Luis Alberto 0535-010234/2005
Britos Elsa Beatriz 0535-010238/2005
Cabaña Carlos Ramon 0535-010239/2005
Bracamonte Serafin de Jesus 0535-010242/2005
Lopez Jesus Atilio 0535-010243/2005
Costantino Pablo Daniel 0535-010248/2005
Costantino Pablo Daniel 0535-010250/2005
Barrionuevo Irma Azucena 0535-010260/2005
Castro Sergio Sebastian 0535-010261/2005
Sanchez Julio 0535-010269/2005
Fernandez Caspar Andres 0535-010273/2005
Arnau Juan Jose 0535-010274/2005
Gonzalez Dora Noemi 0535-010277/2005
Picco Marcelo Ricardo 0535-010290/2005
Luna Andrea Sesaria 0535-010298/2005
Pochettino Pedro Jeronimo 0535-010310/2005
Arguello Alba Estela 0535-010311/2005
Hualpa Maria Delia 0535-010316/2005
Azcune Sergio Orlando - Serrano Carlos Vicente 0535-010331/2005
Altamirano Francisca Paula 0535-010333/2005
Bracamonte Laura Deolinda 0535-010339/2005
Leyria Miriam Veronica 0535-010342/2005
Pierachini Alejandro Saul 0535-010343/2005
Lujan Rosa Adela 0535-010344/2005
Giacomuzzi Julio Cesar 0535-010348/2005
Robles Raul Esteban 0535-010356/2005
Cano Pedro Fernando 0535-010360/2005
Tisera Ramon Alberto 0535-010361/2005
Moyano Gustavo Enrique 0535-010367/2005
Rodriguez Torres Vanesa Luciana 0535-010368/2005
Rodriguez Torres Vanesa Luciana 0535-010369/2005
Maldonado Hector Daniel 0535-010371/2005
Gonzalez Dima Nelida 0535-010372/2005
Dominguez Walter Raul 0535-010380/2005
Duarte Dalmacio Nicolas 0535-010382/2005
Godoy Juan Carlos 0535-010387/2005
Cuello Mabel Beatriz 0535-010390/2005
Rivadero Roque Benito 0535-010393/2005

DNI DEPARTAMENTO
20.324.518 Tercero Arriba 6.385.319 Rio Primero 12.983.271 San Javier 22.330.014 Calamuchita 6.388.570 Ischilin 27.716.961 San Alberto 16.015.210 Colon 14.693.986 San Alberto 21.948.907 San Alberto 29.127.838 San Alberto 3.253.959 Punilla 5.263.813 San Alberto 22.161.300 Colon 22.161.300 Colon 10.549.387 Colon 29.963.484 Colon 5.528.404 Calamuchita 24.772.540 Punilla 13.821.126 Punilla 17.114.526 Punilla 17.157.608 Colon 2.635.186 Sobremonte 8.401.805 Gral San Martin 4.891.318 San Javier 13.858.381 San Alberto 23.044.016 Punilla 12.839.002 Punilla 25.953.957 Cruz del Eje 22.769.214 San Alberto 22.312.266 San alberto 21.591.492 San Alberto 21.591.472 San Alberto 7.331.438 Punilla 18.618.334 Calamuchita 13.936.074 Calamuchita 27.898.597 Calamuchita 27.325.423 Calamuchita 27.325.423 Calamuchita 23.544.615 Calamuchita 4.754.812 Calamuchita 22.852.141 Calamuchita 4.867.205 Calamuchita 6.652.963 Rio Cuarto 27.567.650 Punilla 13.170.557 Colon

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 13/10/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha13/10/2015

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4004

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031