Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2015 - 4º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 9 de abril de 2015

4

B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCIV - Nº 65

SECCIÓN

Cuarta Sección
AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 65
CORDOBA, R.A., JUEVES 9 DE ABRIL DE 2015

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

Y

CONTRATACIONES

EN

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
GENERAL

PRIMERA PUBLICACION
OFICIALES
POLICIA DE CORDOBA
DEPARTAMENTO OCUPACION TERRITORIAL SUR
EN LA CIUDAD DE CORDOBA, a los días del mes del año dos mil quince, siendo las horas comparece por ante el funcionario policial que suscribe, Crio. Insp. RAMON JESUS
ALMADA Jefe del Departamento Ocupación Territorial y secretario autorizado. el Agente MIGUEL
ALEJANDRO HAMMER M.I. N 23,871.342 a quien por este acto se lo notifica de contenido de Resolución de Jefatura de policía N 59011/2014, la que se transcribe a continuación: VISTO
el presente expediente identificado como N 01393402686714 a través del cual el Departamento Medicina Laboral informa la situación medica laboral de la Cabo MARIANA VERONICA DEL
VALLE VABRO M.I. N 29.963.557 y del Agente MIGUEL ALEJANDRO HAMMER M. I. N
23.871.342, en razón de haber sido colocados oportunamente en situación de DISPONIBILIDAD
Y CONSIDERANDO: Que a los fines pertinentes corresponde analizar los elementos incorporados al actuado y determinar su consonancia con la normativa vigente. A fs. 02 el Departamento Medicina Laboral incorpora nomina a través de la cual informa que la Cabo MARIANA VERONICA DEL VALLE M.I. N 29.963.557 hizo uso de la licencia por razones de salud desde 31/03/2013 al 03/04/2013. 04/04/2013 al 05/04/2013. 14/04/2013 al 22/04/2013. 08/
11/2013 al 15/11/2013 y desde el 20/11/2013 al 25/01/2014 y el Agente MIGUEL ALEJANDRO
HAMMER M.I. N 23,871.342 desde el 28/10/2013 al 30/10/2013 y desde el 09/12/2013 al 02/02/
2014; asimismo hace conocer que los mismos han superado la cantidad de días estipulados por el art. 68 inc. c de la ley N 9728 respectivamente. y que los periodos precedentemente mencionados han sido usufructazos en continuidad a los oportunamente comunicados. Que ingresando al análisis de la cuestión traída a examen, corresponde referir que con la sanción de la nueva ley de Personal Policial N 9728 vigente a partir del día 01/01/2010 y su Dcto.
Reglamentario 763/12. se dispuso establecer una nueva modalidad de cómputo de días de licencia por razones de salud y en virtud de ello situaciones de revista diferenciadas. En este sentido el art, 68 inc. c de la citada normativa, estipula que revistará en servicio efectivo El personal con licencia por razones de salud desvinculada del servicio, hasta seis 06 meses computables desde que la misma fue verificada y con una antigedad menor a quince 15
años de servicio; Por su parte el art. 68 inc. c dispone en relación a la situación de revista en disponibilidad que revistará en tal carácter El personal con licencia por razones de salud desvinculadas del servicio, desde el momento que exceda el periodo de servicio efectivo y hasta seis 06 meses más. Por ultimo se prevé que vencido este plazo el personal revistara en situación pasiva por el término máximo de seis 06 meses ello en imperio del art 70 inc.
d. Así las cosas y determinándose el cumplimiento de los requisitos establecidos al efecto en cuanto al vencimiento de los plazos previstos por la normativa citada para revistar en servicio efectivo. ello a la luz de los días de licencia medica otorgados y los años de antigedad en el servicio con que cuentan los causantes. es que corresponde homologar la continuidad en situación de revista de DISPONIBILIDAD, por los periodos de licencia médicas usufructuadas por los encartados según corresponda para cada uno de ellos. en virtud de lo informado por el Departamento Medicina Laboral a fs. 02 y a tenor de lo dispuesto por el art, 69 inc. c de la ley N 9728. En el mismo acto corresponde otorgar la debida participación al Departamento Finanzas a los fines que proceda a la liquidación de haberes conforme el temperamento dispuesto por Administración de Personal a su conocimiento y registro en el legajo personal de los causantes. Que atento el análisis precedente y teniendo en cuenta el Dictamen N 298/
141 emitido por la Dirección Asesoría Letrada el suscripto Jefe de Policía de la Provincia. en uso de facultades que les son propias. RESUELVE: I. HOMOLOGAR la continuidad en situación de revista de DISPONIBILIDAD por los periodos de licencias medicas usufructuados por la Cabo MARIANA VERONICA DEL VALLE M.I. N 29.963.557 desde 31/03/2013 al 03/04/2013.

CONSULTE NUESTRA PÁGINA WEB:
Consultas a los e-mails:

04/04/2013 al 05/04/2013. 14/04/2013 al 22/04/2013. 08/11/2013 al 15/11/2013 y desde el 20/11/
2013 al 25/01/2014 y del Agente MIGUEL ALEJANDRO HAMMER M.I. N 23.871.342 desde el 28/10/2013 al 30/10/2013 y desde el 09/12/2013 al 02/02/2014. a tenor de lo dispuesto por el art. 69 inc. c de la ley 9728 hasta tanto se disponga la modificación de su situación médica laboral y hasta el plazo de seis meses. 2. Al Departamento Administración de Personal. a los fines se notifique a los causantes del contenido de la presente y demás efectos. 3. Al Departamento Finanzas. a los efectos que asuma la participación de su competencia. en los términos el art. 94 de la Ley 9728. 4. Al Departamento Medicina Laboral a los efectos de que se efectúe los registros de rigor en los legajos médicos de los causantes. 5, PROTOCOLICESE.
JEFATURA DE POLICIA. 12 de Diciembre de 2014. RESOLUCION N 59011/2014. Al centro obra sello oval de Jefatura de Policía; al lado izquierdo sello escalera de Jefatura de Policía con iniciales vev-est-arp-jcs; a la derecha firma ilegible. y sello CRIO. GRAL. TEC. SUP.
JULIO CESAR SUAREZ en la parte inferior izquierda sello ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
al centro sello oval División Resoluciones y a la derecha firma ilegible y sello Of. Subinsp.
MOYANO VANESA P; debajo al centro sello ES COPIA en parte inferior sello oval Departamento Administración de Personal y a la derecha firma ilegible y sello SGTO. AYTE.
RAFAEL E. HORTA. Que es cuanto hay que hacer constar con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación de todo su contenido firma para constancia por ante el suscripto y secretario que certifica. Comisario Insp. RAMON JESUS ALMADA Jefe Dpto.
Ocupación Territorial 5 días 4669 14/4/2015 s/c CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS
Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
RESOLUCIÓN N 43317 - CÓRDOBA, 6 de marzo de 2015.- VISTO: La Resolución nº 42949
de fecha 25/11/2014 referida al Plan de Inversiones, el que fuera aprobado por Asamblea Ordinaria n 145 del 12/12/2014 punto 6º.- Y CONSIDERANDO: Que aprobado el Plan de Inversiones por Asamblea Ordinaria nº 145 del 12/12/2014 punto 6º, corresponde, según lo prescripto por el art. 32 de la Ley 6468, T.O. Ley 8404, dictar reglamento en el caso de los préstamos sociales previstos en el art. 29 incs. a, b y d, con especificación de monto, plazo, forma de pago, capital e intereses, demás condiciones para otorgarlo y otras estipulaciones contractuales imprescindibles que garanticen una ordenada amortización y razonable rentabilidad.- Atento la normativa citada y conforme a las facultades otorgadas por los arts. 10
incs. a, b y j, y los arts. 29 incs. a, b y d, 30 y 32 de la Ley 6468 T.O. L. 8404, EL CONSEJO
DE ADMINISTRACIÓN DE LA CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE ABOGADOS
Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, RESUELVE: I Establécese, para la operatoria de la Resolución nº 42949 25/11/2014, que integra la presente, y referido a PRÉSTAMOS SOCIALES, de los previstos en el art. 29 incs. a, b, d en este último inciso sólo será para préstamos con garantía personal, tanto CON GARANTÍA REAL, como CON
GARANTÍA PERSONAL, el siguiente reglamento: TITULO I: CONDICIONES GENERALES, COMUNES A LAS LÍNEAS CREDITICIAS PARA AFILIADOS ACTIVOS, JUBILADOS, PENSIONADOS Y EMPLEADOS: Artículo 1: En todos aquellos aspectos no normados en forma específica en los Títulos II a VIII de la presente Resolución, serán de aplicación las disposiciones del presente Título I.- Solicitantes - Artículo 2: Para acceder a un préstamo, los solicitantes deberán: a En el caso de afiliados en actividad: acreditar tres años de afiliación a esta Caja, salvo los comprendidos en el Título VI. b Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones con esta Caja devengadas hasta el mes inmediato anterior a la liquidación del préstamo ó haber mantenido regularidad en el pago de aquellas. c No estar informados por el Banco Central de la República Argentina como deudores en mora, ni estar inhabilitados. Esta condición se hace extensiva a sus cónyuges para el caso de considerarse los ingresos de
www.boletinoficialcba.gov.ar
boletinoficialcba@cba.gov.ar boletinoficialweb@cba.gov.ar
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/04/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha09/04/2015

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4005

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2015>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930