Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2024 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MARTES 4 DE JUNIO DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 115
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
PODER EJECUTIVO

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a SECCION

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Decreto N 219 Pag. 1
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ECONOMÍA CIRCULAR
Resolución N 99 Pag. 2
Resolución N 112 Pag. 3

Decreto N 219
Córdoba, 29 de mayo de 2024

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 443 - Letra:D Pag. 5

VISTO: el expediente N 0002-040478/2024 del registro de la Policía de la Provincia de Córdoba.

MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 114 Pag. 5

Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario potenciar las prácticas profesionalizantes que realizan los Cadetes de la Escuela de Oficiales de Policía Libertador General Don José de San Martín y los Aspirantes a Agente de la Escuela de Suboficiales de Policía General Manuel Belgrano.
Que, las políticas de seguridad que viene implementando la Provincia de Córdoba se han ido orientando hacia el modelo de proximidad, instaurado en la Ley Nº 9235 y profundizado, recientemente en la Ley 10.954 de Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana, que propicia el diseño participativo y de gestión asociada de las políticas públicas de prevención y lucha contra las violencias, las contravenciones y el delito, para la promoción de la paz y la tranquilidad social.
Que los modelos de formación policial reflexivos, parten de considerar a la seguridad como una actividad compleja, determinada por el contexto espacial, temporal y sociopolítico, cargada de conflictos de valor que requieren opciones éticas y políticas.

Que, quienes se desempeñen como profesionales de la seguridad, deben enfrentar situaciones prácticas imprevisibles que exigen, en muchos casos, resoluciones inmediatas que no surgen de aplicar reglas técnicas sino de apelar a las interacciones con distintos actores.
Que, desde esta perspectiva, lo que se busca es formar un personal policial que pueda actuar en estas situaciones, con una multiplicidad de actores, en una sociedad con una complejidad dinámica y cambios permanentes de sentido.
Que, por ello, la formación que el Estado les brinda a las personas integrantes de las fuerzas de seguridad debe contener una combinación de contenidos teóricos y prácticos que les den, por un lado, un marco referencial y fundamentos para su accionar y, por otro lado, les brinden herramientas para desarrollar la tarea específica que luego deberán cumplir.

Que, considerando todo lo señalado anteriormente, resulta de imperiosa necesidad optimizar la formación profesional policial, a través del fortalecimiento de las prácticas profesionalizantes que desarrollan los cadetes y aspirantes a agente en territorio, lo cual les permite aplicar conocimientos teóricos y destrezas o habilidades adquiridas previamente en los institutos de formación policial, en situaciones reales, interactuando con superiores, pares y ciudadanía en general; todo ello, en miras de adaptar su accionar a los nuevos desafíos, protección de derechos y libertades individuales, fortalecimiento de la convivencia ciudadana.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N 1854 - Serie:A Pag. 5

Que la práctica en terreno también proporcionara oportunidades para la evaluación y la retroalimentación por parte de los órganos competentes encargados de elaborar los procesos formativos, lo que permite identificar áreas de mejora para el desarrollo de habilidades y competencias profesionales.
Por ello, normativa citada, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 144, incisos 2 y 16, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
DECRETA:
Artículo 1º.- CRÉASE el Programa de Prácticas Profesionalizantes, en el ámbito de las Escuelas de Oficiales y Suboficiales de la Policía de la Provincia de Córdoba Libertador General Don José de San Martín y General Manuel Belgrano, destinado a complementar y perfeccionar la formación de los Cadetes y Aspirantes a Agentes de los institutos de formación policial, mediante la realización de actividades en el territorio que permitan la adquisición de conocimientos y experiencia para su actuación profesional.
Artículo 2.- El Programa de Prácticas Profesionalizantes tiene como objetivos principales:
a Permitir a los estudiantes de los institutos de formación policial recibir capacitación práctica, mediante la aplicación de los conocimientos teóricos recibidos.
b Integrar y profundizar las habilidades adquiridas en las Escuelas policiales.
c Desarrollar y mejorar las aptitudes para el posterior ejercicio profesional.
d Vincular a los futuros oficiales y suboficiales con la comunidad en la que prestarán servicios.
e Ampliar el contenido de la formación permanente que se les imparte.
f Adquirir experiencia en el manejo de situaciones que se presentaran a lo largo de su carrera profesional.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/06/2024 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha05/06/2024

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4169

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/07/2024

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