Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/03/2021 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 62
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 31 DE MARZO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que, atento a ello, corresponde en esta instancia disponer la actualización de los montos en concepto de viáticos, a partir del 1 de Abril del corriente, según el porcentaje que surge de la variación semestral del mencionado índice, tomando para el cálculo los meses de Septiembre 2020
inclusivea Febrero 2021 último disponible a la fecha de la presente-.

Por ello, las previsiones del artículo 2 bis del Decreto N 1534/06 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE
Artículo 1º.- DISPÓNESE la actualización de los montos en concepto de viáticos, establecidos en el artículo 2 del Decreto N 1534/06, los que quedarán fijados en los siguientes importes diarios con vigencia a partir del 1 de abril de 2021:

I. Personal Directivo, Superior y de Gabinete Cargos Ley N 8991, Art.
4, niveles 8 a 11; Cargos Ley N 9361, categorías 12 a 17; Asesores de Gabinete y Secretarios Privados; Personal Contratado Nivel/Servicio F y superiores: pesos un mil setecientos veintiocho con cuarenta y un centavos $ 1.728,41.
II. Resto del Personal: pesos un mil trescientos veintinueve con cincuenta y cinco centavos $ 1.329,55.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a las Unidades de Recursos Humanos y a los Servicios Administrativos de las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: LIC. GUSTAVO PAHIGHEL, SECRETARIO DE CAPITAL HUMANO.

AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
Resolución N 63
Córdoba, 01 de marzo de 2021
Y VISTO:Las actuaciones administrativas contenidas en el Expediente N
0385-002769/2021 del registro de esta Agencia Córdoba Cultura S.E. en el cual se tramita la creación del Programa Córdoba Escribe Edición 2021, implementado por esta Sociedad de Estado.Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 02/3 luce nota presentada por el Sr. Vocal del Directorio de ésta Cartera de Estado, Sr. Alejandro Rubén Mareco, solicitando autorización a la superioridad para la creación y ejecución del programa denominado Córdoba Escribe, para éste año 2021, describiendo entre sus objetivos, el de alentar el desarrollo del arte de la escritura en nuestra Provincia a través de la iniciativa que genere nuevas producciones y una amplia participación frente a la necesidad de impulsar políticas del Estado que permitan garantiza a los ciudadanos el derecho de acceso a la cultura. Que dicho programa se ejecuta estableciendo líneas de Concursos Literarios, organizados desde la órbita de la Agencia Córdoba Cultura S.E.
y las distintas Bibliotecas Populares ubicadas en las distintas localidades y ciudades a lo largo de nuestra Provincia. Que a fs. 04/6 se acompaña detalle de las distintas sedes-Bibliotecas Populares en las cuales se ejecutará el mencionado. Que a fs. 7 luce nota suscripta por la Sra. Presidenta de ésta Agencia Córdoba Cultura S.E., Nora Esther Bedano, otorgando visto bueno a lo propuesto a fs. 2/3 de autos.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que la convocatoria propuesta se encuentra en el marco de las competencias y acciones asignadas a esta Agencia Córdoba Cultura S.E., contempladas en el artículo 51 inc. 17 del Anexo I de la Ley N10.029 y en el artículo 3 inciso o de su Estatuto, aprobado por la normativa mencionada, el cual dispone como objeto de la Sociedad, la realización de las siguientes actividades: Establecer programas de premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las actividades culturales y artísticas. Por ello, conforme la normativa citada y lo dictaminado por la Subdirección de Jurisdicción Legales y Despacho bajo el número 062/2021, y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: CREASE el ProgramaCÓRDOBA ESCRIBE EDICIÓN 2021,el cual se ejecutará a instancias de las distintas sedes donde funcionan las Bibliotecas Populares de nuestra Provincia de Córdoba, teniendo entre sus objetivos el de alentar el desarrollo del arte de la escritura a través de la iniciativa que generen nuevas producciones, promoviendo así la más amplia participación de los ciudadanos en las políticas públicas implementadas desde ésta Cartera de Estado. ARTÍCULO 2º: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y archívese.FDO.: NORA BEDANO, PRESIDENTA - JORGE ALVAREZ, VICEPRESIDENTE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/03/2021 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha31/03/2021

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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