Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2021 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXV - Nº 52
CORDOBA, R.A. MARTES 16 DE MARZO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

cia de Córdoba orientadas, en este caso, a acompañar y dar continuidad a los objetivos establecidos para el Proyecto de Mentores en el marco del Programa de Nuevos Lugares Docentes.
Que se procede a autorizar la implementación del aludido Seminario, convalidar las acciones concretadas en tal sentido y habilitar la expedición de las certificaciones correspondientes, en virtud del Dictamen N 20/2021
del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N 1043/17;
LA SECRETARIADE EDUCACIÓN
RESUELVE

forma parte del presente dispositivo legal.
Art. 2- AUTORIZAR la implementación del Plan de Estudios del Seminario Formación para Mentores, que se aprueba en el artículo precedente en el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos y en el Instituto de Formación Docente Asociado mencionados en el Anexo II, que con una foja 1
forma parte del presente instrumento legal, con acreditación de 70 horas reloj y en consecuencia convalidar las acciones realizadas en el año 2020.
Art. 3- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: DELIA PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN

Art. 1º- APROBAR el Plan de Estudios del Seminario Formación para Mentores, según se detalla en el Anexo I que con seis 6 fojas
ANEXO

ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 15
Córdoba, 11 de marzo de 2021
Y VISTO: El expediente N 0521-062245/2021, por el que tramita la aprobación de la Memoria Anual y el Balance General del ERSeP correspondientes al período dos mil veinte, elaborados a tenor del artículo 28 inciso b de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano-.
Y CONSIDERANDO:
I Que la Ley N 8835 -Carta del Ciudadanoprevé la creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos, con carácter de ente autárquico, personería jurídica de derecho público, con capacidad para actuar pública y privadamente, individualidad financiera y patrimonio propio, dentro del ámbito del Poder ejecutivo.
Que en este sentido el artículo 28 del plexo normativo citado, establece dentro de las atribuciones del Directorio del ERSeP, a saber, Atribuciones. El Directorio del ERSeP tendrá las siguientes atribuciones: b Elaborar anualmente la memoria y balance..
Que en esta inteligencia la Orden de Servicio ERSeP N 07/2001
establece en su artículo 1 a saber, El ejercicio económico-financiero del ERSeP cerrará el 31 de diciembre de cada año, debiendo el Directorio elaborar la memoria y balance correspondientes dentro de los noventa 90 días corridos de la fecha de cierre del ejercicio. La memoria y balance serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, juntamente con la resolución del Directorio que los apruebe. Dichos instrumentos serán comunicados al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos, poniéndose a su disposición los comprobantes que respalden sus constancias..

II Que del expediente de referencia surgen; las presentaciones co-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

rrespondientes a cada uno de los sectores del ERSeP expresando las actividades que desarrollaron durante el curso del año 2020, Memo donde se eleva el Balance General al 31 de diciembre de 2020 emitido por el Departamento de Administración y Economía.
Que conforme las constancias de autos, se observa un acabado cumplimiento de todas las normativas aplicables a la temática expuesta, resultando correcto la valoración de la Memoria Anual y el Balance General del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP a los efectos de su aprobación.
III Que en virtud del art. 1 de la Resolución General ERSeP Número Uno de fecha 8/05/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/04, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, lo dictaminado por la Asesoría Letrada bajo el n15/2021, el Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS E.R.Se.P., RESUELVE:

Artículo 1º: APRUÉBASE la Memoria Anual y el Balance General
del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP correspondien-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2021 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha16/03/2021

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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