Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2016 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 164
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 24 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que dichos inmuebles se designan como Lotes Uno, Dos y Tres, de la Manzana B, identificados Catastralmente bajo N 2405520603130025, 2405520603130026 y 2405520603130027 e inscriptos en el Registro General del la Provincia, bajo las Matrículas Nros. 403.446,403.447 y 403.448, respectivamente a nombre de José Luis FERRETTI M.I. N 8.354.613, los que se encuentran a la fecha libres de gravamen.Que obra intervención de la Dirección de Patrimonial de la Secretaría General de la Gobernación, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 10 Punto 10.1, Apartado 13 que remite al Anexo III del Decreto Reglamentario N 305/2014 de la Ley 10.155, manifestando que el Estado Provincial no cuenta con inmuebles disponibles para la afectación que se pretende en autos.
Que toma intervención de su competencia el Consejo General de Tasaciones, determinando el valor de los terrenos cuya adquisición se gestiona y emite Resolución N 8875/2016.
Que se adjunta informe técnico del Ministerio de Desarrollo Social - Área de Escrituración de Viviendas Sociales - en el que se consigna la ubicación de los lotes, medidas de los mismos e indicando que están en zonas urbanizadas, cuentan con infraestructura de servicios básicos y que se trata de zona no inundable, son terrenos aptos para la construcción de viviendas unifamiliares.
Que obra intervención de la Dirección General de Hábitat, tomando conocimiento del informe técnico anteriormente citado y sugiriendo que la adquisición de los lotes se realice por el monto ofertado en autos.
Que la Jefatura de Área Contable dependiente de la Subsecretaría de Administración y Recursos Humanos elabora el Documento Contable, Nota de Pedido N 2016/000212 por la suma de PESOS NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MIL $ 954.000.
Que del análisis de las constancias de autos, se entiende que en el caso que nos ocupa se ha dado cabal cumplimiento al procedimiento establecido para la compra de inmuebles en el Anexo III Artículo 10 Punto 10.1, Apartados 13 y 16 Arrendamientos y Compra de Inmuebles de la Ley 10.155 y su Decreto Reglamentario N 305/2014, habiendo intervenido las distintas áreas que prevé la normativa aplicable, verificándose que el valor ofertado por los lotes, no excede en un 20% el valor de la tasación oficial, efectuada por el Consejo General de Tasaciones y corroborándose que existe afectación presupuestaria para la contratación directa que se procura.
Que obra en autos el correspondiente visto bueno del señor Ministro de Desarrollo Social.
Que por todo lo expuesto, corresponde proceder a la contratación que se gestiona, en los términos de lo prescripto por el artículo 10, inciso b punto 16 de la Ley N10155 y su Decreto Reglamentario N 305/2014, correspondiendo por Escribanía General de Gobierno, labrarse las escrituras traslativas de dominio y su posterior inscripción en el Registro General de la Provincia, debiendo retener sobre el precio a abonar los montos correspondientes por deudas de impuestos, servicios y/o tazas nacionales, provinciales o municipales y eventualmente las sumas provenientes de los gravámenes que pudieran corresponder, los que son a cargo del vendedor.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social
Decreto N 1034
Córdoba, 5 de Agosto de 2016.
VISTO:
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

y por Fiscalía de Estado bajo Nros. 271/2016 y 000548/2016 respectivamente, y en uso de atribuciones constitucionales, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA :
Artículo 1.- CONTRÁTASE en forma Directa con el señor José Luis FERRETTI M.I. N 8.354.613, la adquisición de tres 3 lotes de terreno de su propiedad ubicados en Barrio Los Paraísos de la Ciudad de Río Cuarto Provincia de Córdoba, designados como: Lotes Uno, Dos y Tres, de la Manzana B, identificados Catastralmente bajo N 2405520603130025, 2405520603130026 y 2405520603130027 e inscriptos en el Registro General de la Provincia, bajo las Matrículas Nros. 403.446, 403.447 y 403.448, con destino a la relocalización de familias asentadas en zona inundable sobre el margen sur del Río Cuarto, por la suma total de PESOS
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL $ 954.000.Artículo 2.- FACÚLTASE al señor Ministro de Desarrollo Social para que en nombre y representación de la Provincia de Córdoba suscriba la documentación necesaria a fin de perfeccionar la adquisición de que se trata.Artículo 3.- DISPÓNESE la intervención de la Escribanía General de Gobierno, con el objeto de labrar las correspondientes escrituras traslativas de dominio de los inmuebles descriptos en el artículo 1 del presente Instrumento Legal, a nombre de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T N
30-70818712-3 , la que deberá efectuar las retenciones correspondientes sobre el precio a abonar de los montos correspondientes por deudas de impuestos, servicios, y/o tasas nacionales, provinciales o municipales, gastos a cargo del vendedor y , eventualmente las sumas provenientes de gravámenes que pesan sobre el inmueble de que se trata.Artículo 4.- IMPÚTASE el egreso por la suma total de PESOS
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL $ 954.000 a Jurisdicción 1.65 - Programa 651-001 - Partida Principal 13- Partida Parcial 01 TERRENOS del P.V., conforme lo indica la Jefatura de Área Contable del Ministerio de Desarrollo Social, en su Documento Contable, Nota de Pedido N 2016/000212 que certifica la reserva presupuestaria pertinente.Artículo 5.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Desarrollo Social, Ministro Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.Artículo 6.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección de Patrimonial de la Secretaría General de la Gobernación, a la Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - RODRIGO M.RUFEIL, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO

El Decreto N 565 de fecha 16 de mayo de 2016, el Decreto N 833 de fecha 12 de julio de 2016, el Decreto N 842 de fecha 13 de Julio de 2016 y el Decreto N 837 de fecha 12 de Julio de 2016.
Y CONSIDERANDO:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/08/2016

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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