Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 1º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a
AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 141
CORDOBA, R.A., JUEVES 21 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

ente fiscalizador sino que también quien acompañe e incentive la mejora continua de cada establecimiento en cuanto al cuidado y preservación del ambiente, a través de las buenas prácticas; concluyendo finalmente que la propuesta es adecuada y oportuna, no teniendo observaciones técnicas que efectuar.
Que la Ley de Política Ambiental Provincial regula lo relativo a los estándares a los que deben ajustarse las personas físicas o jurídicas públicas o privadas para evitar efectos perjudiciales sobre el ambiente como consecuencia de su actividad, entre los que se encuentran los de emisión o efluentes, siendo competencia de la Autoridad de Aplicación fijar e implementar los mismos.
Que procede en la instancia derogar el Decreto N 415/1999 y en consecuencia aprobar los nuevos Estándares y Normas sobre Vertidos para la Preservación del Recurso Hídrico de la Provincia, de conformidad a lo gestionado en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos con el N 255/2015 y por Fiscalía de Estado bajo el N 04/2016 y en uso de sus atribuciones constitucionales;

Decreto N 1304
Córdoba, 20 de noviembre de 2015
VISTO:
El expediente Nº 0045-016695/2013/A19 del registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia por Resolución Nº 00698/2015 la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Tercera Variación de Costos correspondiente al mes de mayo de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: CONSTRUCCIÓN DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL N 36
TRAMO: FIN VARIANTE PERILAGO SAN AGUSTÍN INCLUYE VARIANTE SAN AGUSTÍN DEPARTAMENTOS: TERCERO ARRIBA CALAMUCHITA, suscripta el día 9 de septiembre de 2015 entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, y el Representante de la Empresa IECSA
S.A., contratista de la obra.

Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las previsiones del Decreto Nº 1231/2010, modificatorio de su similar N 1133/2010
y lo establecido en el articulo 28 del Pliego Particular de Condiciones que rige la presente contratación.
Que mediante Decreto N 354 de fecha 16 de abril de 2014, se adjudicó la obra principal a la Empresa IECSA S.A., suscribiéndose el día 04 de junio de 2014 el contrato correspondiente, efectuándose el replanteo de la obra con fecha 19 de junio de 2014.
Que mediante Decretos Nros. 1357/2014 y 549/2015 se aprobaron las Actas Acuerdo de Redeterminación de Precios por Reconocimiento de la Primera y Segunda Variación de Costos.

Que obra en autos la documentación presentada por la contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras de la Dirección Provincial de Vialidad, informa que se ha producido una variación en el precio de la obra del 9,32% al mes de mayo de 2015, resultando en un monto a imputar de $32.006.407,82, importe resultante de aplicar al monto BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTÍCULO 1 APRUÉBANSE los Estándares y Normas sobre Vertidos para la Preservación del Recurso Hídrico de la Provincia, los que como Anexo Único, compuesto de Sesenta y Seis 66 fojas útiles se acompañan y forman parte integrante del presente instrumento legal, y en consecuencia DERÓGASE el Decreto N 415 de fecha 12 de abril de 1999.
ARTÍCULO 2 El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3 PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE
ESTADO.

anexo: http goo.gl/HKoXnh
contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad invariable, el incremento citado, ascendiendo el nuevo presupuesto de la obra redeterminado a la suma de $491.828.352,94.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de variación de costos, correspondiente al mes de mayo de 2015.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N 2015/001932
que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N 1231/2010, modificatorio de su similar N 1133/2010, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el N 530/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 931/15, y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Tercera Variación de Costos correspondiente al mes de mayo de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la Obra: CONSTRUCCIÓN DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL N 36 TRAMO:
FIN VARIANTE PERILAGO SAN AGUSTÍN INCLUYE VARIANTE SAN
AGUSTÍN DEPARTAMENTOS: TERCERO ARRIBA CALAMUCHITA, por la suma total de Pesos Treinta y Dos Millones Seis Mil Cuatrocientos Siete con Ochenta y Dos Centavos $32.006.407,82, suscripta el día 9
de septiembre de 2015 entre el Presidente de la Dirección Provincial de
3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/07/2016

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Julio 2016>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31