Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXIX - Nº 141
CORDOBA, R.A., JUEVES 21 DE JULIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

sente contratación.

Que mediante Decreto N 841 de fecha 16 de julio de 2013 se adjudicó la obra principal a la Empresa ROVIAL S.A.; en tanto mediante Decretos Nros. 959/2014, 1008/2014, 1311/2014 y 00423/2015, se aprobaron las actas acuerdo de redeterminación de precios por reconocimiento de la primera a quinta variación de costos.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras de la Dirección Provincial de Vialidad, informa que se ha producido una variación en el precio de la obra del 7,30% al mes de marzo de 2015, resultando en un monto a imputar de $ 2.560.856,14, importe resultante de aplicar al monto contractual faltante de ejecutar una vez deducido el 10% de utilidad invariable el incremento citado, ascendiendo el nuevo presupuesto de la obra redeterminado a la suma de $ 80.178.563,69.
Que el texto del Acta expresa que no se ha solicitado anticipo financiero por lo que se redetermina el 90% del faltante de ejecutar, manteniéndose el 10% de utilidad invariable.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal, la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio por reconocimiento de variación de costo, correspondiente al mes de marzo de 2015.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N
2016/000215, que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo gestionado implica.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N 1231/2010, modificatorio de su similar N 1133/2010, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales del entonces Ministerio de Infraestructura con el N 526/2015, por Fiscalía de Estado bajo el N 001152/2015, y en uso de atribuciones constitucionales;

Decreto N 847
Córdoba, 13 de julio de 2016
VISTO: el expediente N 0660-002309/2014 del registro del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.

Y CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones se gestiona la aprobación el de los Estándares y Normas sobre Vertidos para la Preservación del Recurso Hídrico de la Provincia; elaborados en el marco de los dispuesto por la Ley Provincial de Política Ambiental N 10.208, la Ley General del Ambiente N
25.675 y Leyes Provinciales Nros. 5.589 y 7.343, propiciando en consecuencia la derogación del Decreto N 415/99 que en su momento aprobó las Normas para la Protección de los Recursos Hídricos Superficiales y BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R ETA
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Sexta Variación de Costos correspondiente al mes de marzo de 2015, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra:
CONSTRUCCIÓN DE RUTA PROVINCIAL N 32 TRAMO: LA POSTA LAS ARRIAS 2da. ETAPA DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO TULUMBA, por la suma total de Pesos Dos Millones Quinientos Sesenta Mil Ochocientos Cincuenta y Seis con Catorce Centavos $ 2.560.856,14, suscripta el 27 de agosto de 2015 entre el entonces Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte, y el Representante de la Empresa ROVIAL S.A., Ingeniero Gabriel Martín COLLAZUOL, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto de ocho 8
fojas útiles, se acompaña y forma parte integrante del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Dos Millones Quinientos Sesenta Mil Ochocientos Cincuenta y Seis con Catorce Centavos $ 2.560.856,14, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00, Centro de Costo 0413 del P.V., conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2016/000215.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo la empresa ROVIAL S.A., integrar el importe adicional de garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la citada Dirección a sus efectos y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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Subterráneos de la Provincia.

Que en el año 2014 se desarrolló el Seminario-Taller La Nueva Ley de Política Ambiental Provincial N 10.208 y la Adecuación de la Gestión de los Efluentes Líquidos, con la participación de distintos sectores y actores involucrados en la temática, elaborándose en su seno el proyecto de actualización de la normativa referida a la gestión de los efluentes líquidos y preservación del recurso hídrico provincial, cuya aprobación se gestiona.
Que el entonces señor Secretario de Recursos Hídricos y Coordinación, manifiesta que el proyecto elaborado en el referido Seminario-Taller contempla las necesidades actuales de los distintos actores sociales que de una u otra manera hacen uso de los diferentes cuerpos de agua, siempre tomando como premisa el cuidado y preservación del medioambiente asimismo, contribuye a facilitar y agilizar las distintas gestiones para la obtención de la Autorización de Vertido, siendo el Estado no sólo un
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/07/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/07/2016

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4177

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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