Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2016 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIII - TOMO DCXIV - Nº 37
CORDOBA, R.A., LUNES 22 DE FEBRERO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

dito presupuestariocon los alcances y condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, a partir de la fecha de la presente Resolución.
Por lo expuesto, normas citadas y en ejercicio de sus atribuciones, EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
R E S U E L V E:
Artículo 1.- FACULTASE a la Subsecretaria de Administración y Recursos Humanos de este Ministerio, Cra. María Luisa BACILE M.I. Nº 14.293.121, a efectuar las modificaciones de las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia -documentos de autorización de modificación de crédito presupuestariocon los alcances y condiciones exigidos por el Decreto Nº 1966/2009, a partir de la fecha de la presente Resolución.Artículo 2.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas dependiente del Ministerio de Finanzas, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y archívese.RODRIGO M.RUFEIL, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
Resolución N 103
CÓRDOBA,18 de diciembre de 2015.
VISTO:
El artículo 15 del Decreto Nº 1791/2015, el Decreto Nº 1966/2009 y la Resolución Nº 13/2009 de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 15 del Decreto Nº 1791/2015 faculta a los señores Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas carteras, en los funcionarios que determinen y conforme con la organización de cada área.
Que el Decreto Nº 1966/2009 faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y todo otro ítem que corresponda en los proyectos de inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante la ejecución.
Que en el mismo sentido instruye la Resolución Nº 13 de fecha 30 de Diciembre de 2009, de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas del Ministerio de Finanzas.
Que asimismo, la normativa legal mencionada dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una resolución ministerial mensual, con comunicación a la Legislatura.
Que entre los fundamentos esgrimidos para tal delegación se menciona la conveniencia de que dichas facultades -con idénticos alcances y
condicionessean ejercidas por los titulares de cada una de las jurisdicciones en el ámbito del Poder Ejecutivo facilitando de esta manera la efectiva operatividad del sistema.
Que en atención a ello resulta conveniente en esta instancia, facultar al Director de Jurisdicción de Administración de este Ministerio Lic. Juan Ignacio Malnis, M.I. Nº 20.622.836, a efectuar las modificaciones de las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia -documentos de autorización de modificación de crédito presupuestariocon los alcances y condiciones exigido por el Decreto Nº 1966/2009, a partir de la fecha de la presente Resolución.
Por lo expuesto, normas citadas y en ejercicio de sus atribuciones, El MINISTRO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA
RESUELVE
Artículo 1º FACULTAR al Director de Jurisdicción de Administración de este Ministerio Lic. Juan Ignacio MALNIS, M.I. Nº 20.622.836, a efectuar las modificaciones de las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia -documentos de autorización de modificación de crédito presupuestariocon los alcances y condiciones exigido por el Decreto Nº 1966/2009, a partir de la fecha de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas dependiente del Ministerio de Finanzas, publíquese en le Boletín Oficial y archívese.
ROBERTO HUGO AVALLE, MINISTRO DE INDUSTRIA , COMERCIO Y MINERÍA.

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION GENERAL DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución General N 85
CÓRDOBA, 12 de Noviembre de 2015

VISTO:
La Resolución General Nro. 070/2009, mediante la cual se reglamentan los requisitos formales exigidos para la realización de trámites relativos a las Asociaciones Civiles y Fundaciones ante este Organismo de Control.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Y CONSIDERANDO:
Que atento la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ya vigente, que incorpora normas que regulan las Asociaciones Civiles y Fundaciones, amerita una readecuación de la reglamentación interna de este organismo de contralor, en relación a los requisitos exigidos para cada uno de los trámites inherentes a ese tipo de entidades, en el marco del control de legalidad que tiene a su cargo esta Autoridad de aplicación conforme las facultades otorgadas por la Ley 8652.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/02/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/02/2016

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4192

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/08/2024

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