Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2014 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 20 de noviembre de 2014

dicho análisis, la cantidad de feriados largos e imprevistos que pueden sucederle al titular de este beneficio, es que se decide mantener los actuales rangos; es decir un 30% de descuento para el rango comprendido entre 30 y 60 pasadas y un 55% para las pasadas a partir de la N 61, ambos sobre la tarifa básica indicada en el Punto 2, resultando el siguiente cuadro de valores a partir de la categoría 2 :
Ruta Ruta 20
Ruta E-53
APC
Ruta 5
Ruta 19
Ruta 36 Bower Ruta 36 A Tegua Ruta 36 P. Moras Ruta 9 Norte Ruta E-55
Ruta 9 Sur
Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 203

CUIS/TCL 30 a 60 pasadas CUIS / TCL+60 pasadas 30% Dto 55% Dto $ 10,50
$ 6,75
$ 10,50
$ 6,75
$ 10,50
$ 6,75
$ 10,50
$ 6,75
$ 10,50
$ 6,75
$ 7,00
$ 4,50
$ 7,00
$ 4,50
$ 7,00
$ 4,50
$ 5,60
$ 3,60
$ 5,60
$ 3,60
$ 5,60
$ 3,60

Que el Área de Costos y Tarifas del ERSeP en el informe incorporado a fs. 4/8 expresa que:
Desde un punto de vista económico, existen amplias evidencias para afirmar que se está en presencia de un importante incremento en la evolución de las numerosas variables nominales de referencia.
Que respecto a lo anterior, el Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución General ERSeP Nº 10/2007, dispone que, por resolución del Directorio, se deberá convocar a Audiencia Pública con mención de su objeto, lugar y fecha de celebración, lugar en donde se puede recabar información, y plazo para la presentación de la solicitud de participación de los interesados.
Así votamos.
Voto de los Directores Dres. Juan Pablo QUINTEROS y Miguel Osvaldo NICOLÁS.
Se pone a consideración de estos Directores el Expediente N 0521/048607/2014 por el cual el Presidente de Caminos de las Sierras S.A., mediante nota de fecha 10 de noviembre de 2014
obrante a fs. 1/7 del folio único, solicita ante el Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, el pedido de actualización del cuadro tarifario de la RAC.
Que no obran actuaciones por parte del Ministerio de Transporte y Servicios Públicos quien debería ser la encargada de elevar las presentes actuaciones al Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP, para su conocimiento e intervención. Esto pone en evidencia el apuro y desprolijidad con la que se tramita el aumento de tarifas solicitado. El hecho de que no haya tomado intervención dicho ministerio hace que el mismo deba ser remitido a dicha dependencia para su consideración y previa evaluación de la procedencia del mismo, decida su elevación ante este Ente. Por otra parte cabe destacar que el pedido consta de 7 páginas lo que lo torna carente de toda seriedad tendiendo en cuenta las escuetas justificaciones del pedido formulado que va a impactar severamente en los bolsillos de los usuarios de la RAC, podemos afirmar sin hesitación alguna que el pedido es lisa y llanamente impresentable.
Sin entrar en consideraciones de fondo que serán motivo de exposición con la culminación del expediente bajo análisis, estimamos que este nuevo pedido de actualización de incremento de costos resulta inoportuno y excesivo ya que incrementos que van del 25% al 100%, representa,
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holgadamente, mucho más que el aumento de la inflación del pasado año o la proyectada para éste 2014; en el caso particular de los camiones, vehículos de más de dos ejes, podríamos calificarlo claramente como un impuesto a la producción.
Nuevamente omiten pronunciarse sobre el beneficio económico del usuario. Dicho Informe debería demostrar que el ahorro que significa para el usuario la utilización de las vías concesionadas es mayor que el valor del peaje que debe pagar por su uso como así también realizarse obras que brinden mayor seguridad a los conductores.
Por todo lo señalado, entendemos que de ningún modo están dadas las condiciones para tratar el Expediente bajo consideración por lo que estos Directores se oponen a la convocatoria a la Audiencia Pública solicitada, toda vez que una vez realizada la misma, dejará la vía expedita para que opere el aumento de tarifa solicitado.
Así votamos.
Que por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, y lo dictaminado por la Unidad de Asesoramiento Legal en Vial y Edilicia, bajo el N 28/2014, el Honorable Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS ERSeP, por mayoría Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores: Mariana Alicia CASERIO, José Carlos ARÉVALO y Walter SCAVINO:
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1: CONVOCASE a Audiencia Pública a los fines del tratamiento del aumento de tarifas de aplicación en la Red de Accesos a Córdoba RAC, bajo concesión de la empresa Caminos de las Sierras S.A., en los términos de la propuesta efectuada por el Concesionario de la Red de Accesos A Córdoba RAC, detallada en el anexo único compuesto de una 1 foja, que se adjunta a la presente.
ARTÍCULO 2: PROTOCOLÍCESE, hágase saber y dése copia.
DR. MARIO AGENOR BLANCO
P RESIDENTE
MARIANA ALICIA CASERIO
V ICEPRESIDENTE
JOSÉ CARLOS ARÉVALO
DIRECTOR
DR. MIGUEL OSVALDO NICOLAS
DIRECTOR
DR. JUAN PABLO QUINTEROS
DIRECTOR
WALTER SCAVINO
DIRECTOR
ANEXO
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2014 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha20/11/2014

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones4168

Primera edición01/02/2006

Ultima edición28/06/2024

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