Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2013 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Primera Sección
Resolución Nº 340

BOLETÍN OFICIAL - A ÑO C - TOMO DLXXIX - Nº 61

Resolución Nº 588

Córdoba, 10 de julio de 2012

Córdoba, 4 de diciembre de 2012

VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se eleva para su aprobación el Acta de Asamblea General Ordinaria N 437, de fecha 01 de Diciembre de 2011, correspondiente al Consorcio Caminero N 18, de Marull, referida a la renovación parcial de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N 6233.

VISTO: Las presentes actuaciones en las que la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES DE
HERNANDO LIMITADA, solicita autorización para realizar tendido paralelo en zona de la Red Vial Provincial,
y CONSIDERANDO:
Que del Acta acompañada en autos e Departamento I Conservación Caminos de Tierra, referido Consorcio Caminero ha procedido a parcial de las autoridades.
Que la Municipalidad de Marull mediante Decreto N 0096/11 designa como representante necesario al Señor Daniel Ercole, D.N.I. 18.463.909, para ocupar el cargo de 4 Vocal en el Consorcio de que se trata.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 326/12 que luce en autos, concluye que no tiene objeción jurídico - formal que formular, por lo que de así estimarlo esa Superioridad puede prestar aprobación a lo actuado, en virtud de las facultades conferidas por la Ley N 8555 Art. 3 inc. e, en concordancia con lo dispuesto por las Leyes N 6233 y 8030.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lodictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica,las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y las previsiones de la Ley N 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Acta N 437, correspondiente a la Asamblea General Ordinaria del Consorcio Caminero N 18, de Marull, de fecha 01 de Diciembre de 2011, referida a la renovación parcial de los miembros de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, cuyos mandatos regirán desde la fecha de la presente Resolución, y por el término de cuatro 4 años, de acuerdo al siguiente detalle:
Presidente: CURTO, Néstor D.N.I. 06.431.315
Secretario: LAURENTI, Carlos D.N.I. 11.711.261
3 Vocal: FISSORE, Raúl D.N.I. 14.698.852
4 Vocal :
Persona de Representación Necesaria Municipalidad de Marull s/ Decreto N 0096/11:
ERCOLE, Daniel. D.N.I. 18.463.909
1 Rev. de Cuentas: COSTA, ArielD.N.I. 28.209.187
2 Rev. de Cuentas: MARTIN, Adrián D.N.I.
21.550.198

ARTÍCULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.
ING. RAUL BERTOLA
P RESIDENTE
DR. EZEQUIEL VIGLIANCO
VOCAL
SR. ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL

Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento I Conservación de Pavimentos en informe obrante en autos, señala que la mencionada peticionante solicita autorización para la ejecución de trabajos correspondientes al tendido subterráneo de Gas Natural en vereda sur-oeste de la Ruta Provincial N 6, entre calles Int. Liendo e Int.
Bossio, S32 25.219 W63 44.773 - S32
25.262 W63 44.716 para la extensión de la Red de Gas Natural en la localidad de Hernando.
Que en virtud de la Resolución N 0133/01
de esta Dirección, las presentes actuaciones contienen copia de póliza cuyo original se encuentra incorporada en Nota C.I. N
525391 045 011 según informe del Departamento técnico obrante a fs. 19 por Cobertura de Responsabilidad Civil de la Compañía SAN CRISTOBAL SEGUROS
GENERALES N 03-11-01018930/6 y Póliza de Seguro de Caución de ASEGURADORA
DE CRÉDITOS Y GARANTIAS S.A. N
1193160.
Que analizada la documentación presentada en correlación a la Resolución citada, el mencionado Departamento Técnico manifiesta que salvo criterio en contrario, podría accederse a lo peticionado bajo las condiciones expresadas en el mismo.
Que obra en autos copia de constancia de depósito del importe correspondiente a Gastos de Inspección, por la suma de pesos SEISCIENTOS $600,00.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 523/12 que luce en autos, señala que en virtud de lo expuesto, habiéndose dado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución N 0133 del 30/03/01, no tiene desde el punto de vista jurídico-formal, observaciones algunas que formular, por lo que de compartir el criterio señalado, puede esa Superioridad, en atención a las facultades acordadas por la Ley N 8555, prestar aprobación a lo solicitado, debiendo el solicitante, cumplimentar lo indicado por el Departamento I Conservación de Pavimentos, en los puntos a hasta el h inclusive a fs. 16.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica, las facultades conferidas por la Ley Provincial N
8555 y las previsiones de la Resolución N
0133/01;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- Autorizar, con carácter precario, a la COOPERATIVA DE OBRAS, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOCIALES DE
HERNANDO LIMITADA, a ejecutar por su cuenta y cargo los trabajos correspondientes al tendido subterráneo de Gas Natural en vereda sur-oeste de la Ruta Provincial N 6, entre calles Int. Liendo e Int. Bossio, S32
25.219 W63 44.773 - S32 25.262 W63 44.716

para la extensión de la Red de Gas Natural en la localidad de Hernando, bajo las condiciones establecidas por la Resolución N
0133/01, y las que a continuación se detallan:
a Las obras se construirán de acuerdo a planos y especificaciones del Proyecto respectivo.
b Las obras podrán realizarse a cielo abierto por lo que el suelo de tapada se deberá compactar con equipos adecuados en capas no superiores a 0,20m de espesor y a una densidad igual al 95% del Ensayo Proctor correspondiente a la Norma V. N-E. 5-93, para posteriormente reponer en todas sus características las estructuras existentes, calzadas, banquinas y/o veredas, cordón cuneta y préstamos a sus condiciones actuales.c No podrán bajo ningún concepto alterarse las actuales condiciones de drenaje superficial existente en la zona de camino.d Se deberá disponer en obra, a fin de evitar accidentes mientras se realicen los trabajos y hasta su conclusión, de la adecuada señalización diurna y nocturna en un todo de acuerdo al Pliego General de Especificaciones para el Mantenimiento del Tránsito y Medidas de Seguridad.e Los trabajos se ejecutarán a exclusiva cuenta y cargo de la recurrente.f La Dirección Provincial de Vialidad queda liberada de toda responsabilidad por daños ocasionados a terceros y/o a la Dirección misma, debiendo la peticionante tomar todas las medidas necesarias para asegurar el libre y seguro tránsito.g Se comunicará a esta Dirección y con la debida anticipación, la fecha de inicio y fin de las obras a fin de realizar las inspecciones correspondientes.h Cuando las necesidades de esta Dirección así lo requieran y a su exclusivo juicio, la peticionante procederá a remover y/
o retirar por su exclusiva cuenta y cargo las instalaciones especificadas, dentro del plazo que a tal fin se establezca y renunciando a todo derecho que por cualquier concepto pudiere corresponderle.ARTÍCULO 2.- El Departamento I
Conservación de Pavimentos será el encargado de solicitar a la contratista la prórroga de la Póliza por Responsabilidad Civil presentada, si fuese necesario.ARTÍCULO 3.- Dejar establecido que el Departamento I Conservación de Pavimentos deberá llevar un registro de este tipo de autorizaciones para ser insertado en el inventario respectivo.ARTÍCULO 4.- Autorizar al Departamento I Administración y Personal a devolver y/o ejecutar, finalizado el periodo de garantía las pólizas que en oportunidad de la solicitud fueran presentadas.ARTÍCULO 5.- Elevar las presentes actuaciones a la Secretaría de Obras Públicas.ARTÍCULO 6.-Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.-

CÓRDOBA, 24 de abril de 2013

Resolución Nº 589
Córdoba, 5 de diciembre de 2012
VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales el Consorcio Caminero N 119 de Morteros, solicita autorización para venta de una rastra tiro excéntrico usada marca Doble TT de 12 discos con cilindros de su propiedad.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme surge del Acta de Asamblea N 454 de fecha 7 de Junio del año 2012
obrante en autos, el Consorcio antes referido decide la venta de la maquinaria antes individualizada.
Que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra en informe obrante en autos, señala que el Consorcio en cuestión informa que el producido de la venta se destinará como parte de pago para la adquisición de un Rolo para limpiar las banquinas, marca doble TT nuevo.
Que concluye manifestando el citado Departamento Técnico, que dicha operación será beneficiosa para el Consorcio, por lo que considera , salvo mejor criterio de la Superioridad, que se debería acceder a lo solicitado, autorizándose su venta mediante el dictado de la pertinente Resolución.
Que el Departamento II Asesoría Jurídica en Dictamen N 549/12 que luce en autos, señala que en virtud de lo expuesto, no tiene desde el punto de vista jurídico-formal, observación que formular, razón por la cual sobre la base de los antecedentes adjuntados y de compartir el criterio señalado, puede esa superioridad dictar Resolución a los efectos de autorizar la venta de una rastra tiro excéntrico usada marca Doble TT de 12 discos con cilindros, código interno N
RAE11901, indicando que debe remitir a esta Dirección la documentación fehaciente de las operaciones efectuadas y el destino del dinero producido de la venta, para que el Departamento I Conservación Caminos de Tierra actualice sus registros, en un todo de conformidad con las facultades acordadas por el Articulo 3 inc. e de la Ley N 8555 y Artículo 21 inc. b de la Ley N 6233/78.
POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica y las facultades conferidas por la Ley Provincial N 8555 y las previsiones de la Ley N 6233;
EL DIRECTORIO DE LA DIRECCION
PROVINCIAL DE VIALIDAD
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1.- Hacer lugar a lo solicitado por el Consorcio Caminero N 119 de Morteros, y en consecuencia autorizar la venta de una rastra tiro excéntrico usada marca Doble TT de 12 discos con cilindros, debiendo acompañar ante esta Dirección la documentación fehaciente de la operación efectuada, a la par de acreditar el destino del producido de la venta.ARTÍCULO 2.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Infraestructura y pase al Departamento II Secretaría General.-

ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE

ING. RAUL BERTOLA
PRESIDENTE

CR. CARLOS A. PEREZ
VOCAL

SR. ARMANDO F. SCHIAVONI
VOCAL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2013 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha24/04/2013

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

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