Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE PÁGINA 3
RESOLUCIÓN Nº 801

del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía.
Que obra propuesta efectuada por la señora Mercedes Rodríguez, D.N.I. N 10.171.116, en el siniestro N 0129-67490, de fecha 02 de marzo de 2010, con la intervención del señor Carlos Ilson Villavaza, D.N.I. N 7.999.469
conduciendo el automóvil particular y el señor Roque Guzmán, D.N.I. N 17.001.346 al mando del vehículo asegurado de propiedad del Gobierno de la Provincia de Córdoba y afectado a la Policía Judicial.
Que a resultas de la evaluación técnica practicada por la División Inspecciones y Siniestros del Seguro de Vida y Resguardo del Automotor, se estima oportuno acceder al reclamo interpuesto.
Que el Departamento Jurídico de la nombrada dependencia ha emitido opinión respecto a la conveniencia de la propuesta de arreglo extrajudicial para los intereses de la Provincia.
Que se encuentran incorporados los Documentos de Contabilidad Nota de Pedido N 2010/000807, N 2010/000761, N 2010/
000803 y N 2010/000804 para atender a la erogación.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inc. 24 de la Ley N
9454 y por el artículo 3 del Decreto N 1431/
2006, modificado por Decreto N 1065/2008, lo dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección de Seguro de Vida y Resguardo de Automotores bajo los N 1208/2010, N 1516/
2010, N 1350/2010 y N 1453/2010 y por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación bajo los N 617/2010, N 618/2010, N 619/2010 y N
620/2010;
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor Roberto Cirilo Cornejo, D.N.I. N 7.994.606, por la suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos $
4.200 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-68109 por todo concepto, sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuatro Mil Doscientos $ 4.200 a la Jurisdicción 101, Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000807, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 3º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor José Omar Álvarez, D.N.I. N 14.968.479, por la suma de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos $
4.400 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-68445 por todo concepto, sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 4º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos $ 4.400 a la Jurisdicción 101, Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000761, Ejercicio 2010, que
certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 5º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por el señor Oscar Andrés Viotto, D.N.I. N 12.745.515, por la suma de Pesos Mil Seiscientos Cincuenta $
1.650 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-65189 por todo concepto, sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 6º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Mil Seiscientos Cincuenta $ 1.650 a la Jurisdicción 101, Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/000803, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 7º.- APRUÉBASE la propuesta de arreglo extrajudicial ofrecida por la señora Mercedes Rodríguez, D.N.I. N 10.171.116, por la suma de Pesos Mil Doscientos $ 1.200 y AUTORÍZASE el pago al citado tercero damnificado en el siniestro N 0129-67490 por todo concepto, sin derecho a reclamación posterior alguna.
ARTÍCULO 8º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Mil Doscientos $
1.200 a la Jurisdicción 101, Programa 5/0, Partida Principal 03, Parcial 99, Subparcial 00
del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2010/
000804, Ejercicio 2010, que certifica la reserva presupuestaria pertinente, a los efectos de atender la presente erogación.
ARTÍCULO 9º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN


Resolución Nº 69
Córdoba, 1º de febrero de 2011
VISTO: El expediente Nº 0002-027915/2008, del Registro de la Jefatura de Policía de la Provincia de Córdoba.Y CONSIDERANDO:
Que la Jefatura de Bienestar Policial de la Policía de Córdoba insta la contratación de un seguro a efectos de dar cobertura a situaciones de contingencia laboral que pudiera sufrir el personal policial retirado que preste servicios de policía adicional.Que la gestión propiciada se fundamenta en la situación que se encuentra actualmente el personal mencionado precedentemente, el que se halla descubierto ante la posibilidad de sufrir accidentes en el cumplimiento del referido servicio de policía adicional.Que conforme lo informado por ASESORES
DE CÓRDOBA S.A. ASECOR, el personal
policial retirado no está comprendido dentro del ámbito de la Ley de Riesgos de Trabajo, no encontrándose además dentro de la cobertura de riesgos del trabajo contratada oportunamente por la Provincia.Que ante esta situación ASESORES DE
CÓRDOBA S.A. ASECOR elabora una propuesta integral, con indicación de contingencias y capitales asegurados, costo mensual por persona, forma de pago y requisitos operativos de acceso, entre ellos:
nómina con apellido y nombre, DNI, fecha de nacimiento, beneficiario, número de beneficio, copia de examen médico y/o apto físico de la Policía de la Provincia de Córdoba, solicitud de adhesión individual y autorización de Código de Descuento.Que la Dirección de Relaciones Humanas y Laborales de la Policía de Córdoba informa que el personal policial en situación de retiro que efectúa servicios adicionales, tanto en Capital como en el Interior Provincial, asciende a novecientos 900 efectivos.Que la Dirección General de Personal de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal ha tomado la debida participación, adhiriendo al criterio expuesto por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno en Dictamen N 435/
09, que considera conveniente la propuesta efectuada por ASESORES DE CÓRDOBA S.A.
ASECOR en virtud de contemplar la cobertura de las necesidades planteadas por el organismo requirente.Que el órgano que tiene a su cargo el control de legalidad de la actividad administrativa de la Provincia, Fiscalía de Estado, ha emitido opinión mediante Dictamen N 998/2.009, expresando que resulta procedente la medida propuesta por la firma citada precedentemente, surgiendo pertinente la contratación de un seguro obligatorio para el personal policial en situación de retiro que preste servicios de policía adicional, de acuerdo a las especificaciones formuladas por dicha firma, en la cual la contratante colectiva sea la Provincia de Córdoba por medio de la Secretaría General de la Gobernación, con un costo mensual por persona de Pesos cuarenta $ 40, a descontar por planilla de haberes correspondiente.Que en consecuencia, resulta oportuno autorizar la contratación de que se trata en los términos planteados, encuadrando el presente en las previsiones del artículo 110 inciso 8 de la Ley N 7.631.Por ello, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 24 del Anexo I a la Ley N 9.454, Decreto N
1222/96 y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Gobernación bajo Nº 28 /2.011 y por Fiscalía de Estado bajo N 998/2.009;
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- CONTRÁTASE en forma directa con ASESORES DE CÓRDOBA S.A.
ASECOR para la provisión del servicio de cobertura de riesgos para el personal policial en estado de retiro que presta servicios de seguridad adicional, por una cantidad estimada de novecientas 900 personas, con las siguientes coberturas y capitales asegurados:
1. Muerte por cualquier causa: Pesos cincuenta mil $ 50.000,00, 2. Muerte por accidente doble indemnización: Pesos cincuenta mil $
50.000,00, 3. Invalidez total permanente por accidente: Pesos cincuenta mil $ 50.000,00 y 4. Pérdidas físicas parciales por accidente: Pe-

CÓRDOBA, 17 de febrero de 2011

sos cincuenta mil $ 50.000,00; a un costo mensual por persona de Pesos cuarenta $ 40,00, a descontarse por la planilla de haberes correspondiente.ARTÍCULO 2.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención a la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERANCIÓN


Resolución Nº 682
Córdoba, 3 de noviembre de 2010
VISTO: El expediente N 0165-086061/2010
del Registro de la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31
del Decreto Nº 150/04 Reglamentario de la Ley Nº 9086, modificado por Decreto N 1966/
2009, se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá formalizar dichas modificaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que las modificaciones propuestas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la Administración General del Estado Provincial N 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y la normativa citada;
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- FORMALÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye los Documentos de Modificación de Crédito Presupuestario Nros. 15 y 16, que como Anexo I, compuesto de tres 03 fojas útiles forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLICESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERANCIÓN

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/02/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4192

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/08/2024

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