Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 17 de febrero de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLIII - Nº 34
CORDOBA, R.A., JUEVES 17 DE FEBRERO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Autorizan la destrucción total de 11.659 armas de fuego Acuerdo Reglamentario Nº 1041 - Serie A.

En la ciudad de CORDOBA, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil once, con la Presidencia de su titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Esther CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCIA ALLOCCO, con la intervención del Sr. Fiscal General de la Provincia, Dr. Eugenio Darío VEZZARO, con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo PORCEL DE PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: La solicitud efectuada por la señora Comisario Jefa del Depósito de Armas Tribunales II, de que se considere la posibilidad de autorizar la destrucción total de ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
11.659 armas de fuego que se corresponden a causas penales que se tramitan en capital e interior, cuya fecha de secuestro corresponde al año 2005 y anteriores, incluyendo las armas de fuego sin RUA
correspondiente a los años 1998/99, las que se encontraban depositadas en el III Cuerpo de Ejército.Y CONSIDERANDO: I. Que el pedido obedece a la urgente y constante necesidad de generar espacios físicos necesarios, para aumentar la capacidad operativa del Depósito de Armas y Efectos Secuestrados, que a la fecha se encuentra colapsado, siendo permanente la remisión de armas de fuego y objetos secuestrados por los distintos tribunales que se encuentran diseminados en toda la Provincia.
II. Este Tribunal Superior en reiteradas oportunidades Acuerdo N 698 Serie A de fecha 16/12/05, Acuerdo N
725 Serie A de fecha 9/12/04, Acuerdo N 537 Serie A
del 30/10/01, entre otros ordenó la destrucción de las armas que se encontraban en el deposito mencionado o en custodia en el Comando de Tercer Cuerpo de Ejército, material éste considerado inservible o que por su antigedad no es necesario su resguardo a los fines de la resolución de los procesos por los cuales fueron secuestradas, los que en su gran mayoría por su antigedad resulta imposible individualizar a cuales de ellos pertenecen.
III. Asimismo, es de destacar, que se trata de efectos cuya significación probatoria para los procesos se encuentra asegurada por cooperaciones técnicas de Policía Ju-

dicial y no es posible legalmente su devolución.
IV. Finalmente, la Ley N 9041 del 28/08/2002, mediante la cual se creó en el ámbito de la Provincia de Córdoba, el Registro Balístico de armas de fuego, cartuchos y proyectiles provenientes de secuestros realizados por la autoridad pública, en su art. 10, establece que El Tribunal Superior de Justicia, cada cinco 5 años deberá determinar el destino o la distribución que se le dará al material asentado en él, pudiendo ser beneficiarios de tal distribución, en tanto no se hayan podido restituir a sus propietarios, las Fuerzas Armadas o de Seguridad, las Asociaciones de Tiro reconocidas o los Museos, conforme a las características del material almacenado. También podrá disponer la destrucción del material secuestrado, cuando así lo impongan evidentes razones de seguridad, mediante algún método de aplastamiento o de fundición por temperatura, en lugar que se designe a tal efecto el destacado nos pertenece.
Por tanto, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el Art. 12 inc. 32 de la Ley Orgánica del Poder Judicial el Tribunal Superior de Justicia, con intervención del Fiscal General;
RESUELVE: I.- AUTORIZAR la destrucción total de ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 11.659
armas de fuego que se corresponden a causas penales que se tramitan en capital e interior, cuya fecha de secuestro corresponde al año 2005 y anteriores, incluyendo las armas de fuego sin RUA
correspondiente a los años 1998/99, las que se encontraban depositadas en el IIIer. Cuerpo de Ejército, que se encuentran actualmente en el Depósito de Armas y Efectos Secuestrados, Tribunales II, conforme al listado acompañado por la Sra. Comisario Daniela A. Adán, exceptuando las pistolas calibre 9 mm., revólver calibre 38 SP y escopeta calibre 12 y 12/70, atento su eventual afectación a fuerzas de seguridad o toda aquella que por sus características especiales deben proseguir en custodia.
II.- ENCOMENDAR a la Secretaría Penal del Tribunal Superior que disponga lo necesario a fin de dar cumplimento a lo aquí ordenado, estableciendo la metodología a seguir en cuanto al inventario, clasificación, carga, traslado del armamento y forma en que se procederá a su destrucción definitiva.
III.- LA Secretaría Penal deberá solicitar vía correo CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acuerdo Nº 9 - Serie A. En la ciudad de CORDOBA, a tres días del mes de febrero del año dos mil once, con la Presidencia de su titular Doctor Domingo Juan SESIN se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Esther CAFURE DE
BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO, Armando Segundo ANDRUET h, Mercedes BLANC de ARABEL y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO
con la asistencia del Sr. Administrador General del Poder Judicial Gustavo PORCEL de PERALTA y ACORDARON:
Y VISTO: Que mediante Acuerdo Nº 671, Serie A del 30.XI.10 se resolvió hacer lugar a la no renovación de la contratación a la Lic.
María Isabel Yaya de Cáceres como Coordinadora Ejecutiva del Centro de Perfeccionamiento Ricardo C. Núñez cuyo vencimiento operaba el día 31 de enero de 2011-, en virtud de habérsele concedido el beneficio jubilatorio de la Ley 8024 y sus modificatorias.
Y CONSIDERANDO: I.- Que existiendo en el ámbito del Centro de Capacitación Ricardo C. Núñez, un conjunto de actividades que han sido comenzadas bajo la supervisión de la mencionada Lic.
María Isabel Yaya de Cáceres y que se encuentran en su fase fundacional en algún caso o en su misma etapa conclusiva y son ellas, materias de una alta relevancia para el Poder Judicial en su conjunto y requieren de competencias y habilidades de especialistas que comprendan el proceso de gestación anterior para que pueda ser plasmado el resultado tal como es pretendido por este Alto Cuerpo.
Entre los capítulos principales a los cuales hay que hacer específica referencia, cabe destacar: 1 El proyecto de investigación Imagen de la Justicia que se encuentra en su fase final iniciado en el año 2009y realizado en conjunto con la Secretaría de Investigaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba; 2
Capacitación en el marco del Proyecto relativo a la Readecuación de la Estructura Orgánica de las Defensa Oficial,que transita la segunda etapa de su ejecución e incluye la orientación estratégica para la Defensa Pública como un sector diferenciado y específico dentro del Poder Judicial 3 Capacitación electoral en el marco del Plan Estratégico de Implementación de la Reforma Política de la Provincia de Córdoba, de cara a las elecciones del año en curso
iniciado mayo 2010- y que requiere ad extra del Poder Judicial, una articulación con el Ministerio de Educación de la Provincia y otros ámbitos académicos; 4 Temáticas de la capacitación e investigación que deben ser concluidas en su respectiva información y que no pudieron serlo con antelación, puesto que el año académico judicial cierra sobre febrero de cada año calendario.
La Licenciada María Isabel Yaya de Cáceres ha prestado conformidad a colaborar para llevar adelante la conclusión de los programas que nominativamente se han indicado y de aquellos otros, que acaso pudiera resultar de impostergable necesidad su colaboración. Por la mencionada actividad la Licenciada Yaya de Cáceres, no percibirá ningún tipo de remuneración, compensación, viático o prerrogativa alguna por lo tanto, se trata de una actividad de absoluta colaboración científica y CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/02/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha17/02/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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