Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 25 de febrero de 2011

1

SECCIÓN

AÑO XCIX - TOMO DLIII - Nº 40
CORDOBA, R.A., VIERNES 25 DE FEBRERO DE 2011

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
SECRETARÍA de OBRAS PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL de CATASTRO

Resolución Nº 88
Córdoba, 1º de octubre de 2010
Expediente N 0045-014590/08.VISTO: Este expediente por el cual la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos propicia por Resolución Nº 00452/10 se autorice la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de la obra:
CONSERVACIÓN DE BANQUINAS Y
PRÉSTAMOS EN RUTA PROVINCIAL
C-45 TRAMO: RÍO SEGUNDO
LOZADA ALTOS FIERRO Y TRAMO:
ALTA GRACIA FALDA DEL CARMEN
EMPALME RUTA 20, a cargo de la firma M.E.G.G. S.A., por la suma de $
149.590,00.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Memoria Descriptiva, Pliego Particular de Condiciones, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas, Pliego Complementario de Condiciones de la obra ampliada y demás documentación técnica que integra el proyecto de la obra.
Que de acuerdo a la Memoria Descriptiva, obrante a fs. 242 de autos, la modificación propuesta surge como consecuencia de la necesidad de reforzar los trabajos de desmalezamiento de las banquinas debido a que las intensas precipitaciones que se produjeron durante el período estival provocaron un acelerado crecimiento de las malezas en la zona de camino que requirieron mayores intervenciones a fin de otorgar a los usuarios más seguridad.
Que obra a fs. 248, conformidad de la empresa M.E.G.G. S.A., para ejecutar los trabajos comprendidos en la Modificación de Obra de que se trata, haciendo expresa renuncia a los gastos improductivos que pudieran generarse como consecuencia de la instrumentación y/o tramitación de la presente modificación de obra.

Que a fs. 249/250 el Departamento I
Obras y Conservación de Pavimentos de la Dirección Provincial de Vialidad produce informe técnico, de donde surge que la modificación en análisis, implica aumentos en los ítems Nros. 1 y 2
Desmalezado Mecánico y Desmalezado Manual, en las cantidades y precios consignados, los que ascienden a la suma total de $
149.590,00, y que implican un incremento del 29,93% del contrato original.
Que de la documentación incorporada, se desprende que la modificación de obra propiciada se refiere a trabajos necesarios, de carácter imprevisible, que implican una modificación del proyecto original, que se consideran como enmarcados en la hipótesis del artículo 40 de la Ley de Obras Públicas N 8614, no superando el monto total del treinta por ciento 30%
del contrato, encontrándose dentro de los límites cualitativos y cuantitativos fijados por la citada Ley.
Que consta en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido en cumplimiento a lo establecido por el artículo 13 de la citada Ley.
Que se ha incorporado a fs. 262 el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7 del Decreto N 8/98 y Resolución N 002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 367/10, EL SECRETARIO DE
OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la documentación obrante en autos de la Modificación de Obra Nº 1, correspondiente a los trabajos de la obra:
CONSERVACIÓN DE BANQUINAS Y
PRÉSTAMOS EN RUTA PROVINCIAL

LABOULAYE DEPARTAMENTO ROQUE SÁENZ PEÑA

Incorporan a Registros Catastrales mejoras detectadas a las parcelas Resolución Nº 24
Córdoba, 10 de febrero de 2011
VISTO: lo informado por el Área Informática respecto a la necesidad de incorporar en la Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2010 en la Localidad Laboulaye.Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar la existencia de mejoras sobre parcelas que se encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos .Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el art. 71 de la Constitución de la Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a ésta Dirección por el art.
10 bis de la Ley N 5057, y de conformidad al artículo 137
del Código Tributario Ley 6006 T.O., corresponde disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible.-

Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2010, corresponde asignarles la vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N 5057, a partir del 1
de Enero de 2011.Que el procedimiento implementado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación de denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles artículo 45 inciso c de la Ley 5057.Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus prórrogas, y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N 5057;
EL DIRECTOR GENERAL DE CATASTRO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Incorporar a los registros catastrales con la vigencia a partir del 1 de Enero del año 2011, las mejoras detectadas como resultado de la interpretación de imágenes satelitales de la localidad de Laboulaye, en relación a las parcelas que se detallan en el listado anexo.ARTICULO 2.- Protocolícese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.ING. CIVIL RAUL ARANCIBIA
DIRECTOR GENERAL
CONTINÚA EN PÁGINAS 2 A 6

C-45 TRAMO: RÍO SEGUNDO
LOZADA ALTOS FIERRO Y TRAMO:
ALTA GRACIA FALDA DEL CARMEN
EMPALME RUTA 20, a cargo de la empresa M.E.G.G. S.A.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la Planilla Comparativa de la Modificación de Obra Nº 1, que arroja una diferencia en más de PESOS CIENTO CUARENTA Y

NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA
$ 149.590,00.
ARTÍCULO 3º.- APROBAR el nuevo Cómputo Métrico y Presupuesto de Obra que asciende a la suma de PESOS
SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MIL CIENTO SETENTA $ 649.170,00.
ARTÍCULO 4º.- IMPUTAR el egreso
que asciende a la suma de PESOS
CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL
QUINIENTOS
NOVENTA
$ 149.590,00, conforme lo indica la Dirección de Jurisdicción de Recursos Económicos y Financieros de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos en su Documento de Contabilidad Nota CONTINÚA EN PÁGINA 7

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/02/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha25/02/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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