Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 27 de setiembre de 2010

detalla los nuevos Montos para la afectación Presupuestaría.
Que a fs. 32 Contaduría General de la Provincia toma intervención haciendo presente en su informe No. 8-553/
10, con fecha 20 de Julio de 2010 que existe saldo suficiente para ampliar cupo presupuestario por la suma de Pesos Un Millón Quinientos Veintinueve Mil Quinientos Sesenta y Uno con Treinta y Ocho Centavos $1.529.561,38, estableciéndose en la suma de Total de $ 6.998.430,58..
Que Coordinación de Asuntos Legales de esta Agencia, en su Dictamen Nº 177/10 estima en el sub-examen, que teniendo en cuenta la fundamentación del caso y en especial el informe producido por la Dirección de Inversiones y Servicios Turísticos fs. 27 y ss de estos Obrados; esta unidad de asesoramiento no encuentra impedimento Jurídico formales para realizar la actualización de Montos presupuestados, atento a la situación planteada en este caso concreto, por lo que puede accederse a lo solicitado en la forma indicada por las áreas técnicas preopinantes y las formativa vigentes.
Por ello, las constancias de autos; la intervención previa de la Dirección General de Arquitectura; informe No. 8553/10 de Contaduría General de la Provincia, Dictamen Nº 177/10 de la Coordinación de Asuntos Legales de esta Agencia, y las previsiones de la Ley Nº 7232, correlativos y concordantes del Decreto Nº 4557/85, sus modificatorios y normas complementarias vigentes; en uso de sus atribuciones;
EL DIRECTORIO DE LA
AGENCIA CÓRDOBA TURISMO, SOCIEDAD DE ECONOMÍA MIXTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 1º de la Resolución No. 137 de esta Agencia de fecha 5 de Mayo de 2010, estableciéndose el siguiente detalle:
Monto total de la Inversión $ 23.328.101,93
Monto de la Exención $ 6.998.430,58
Plazo del Beneficio de exención: 42 meses.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección de Rentas, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese LIC. GUSTAVO SANTOS
PRESIDENTE
SR. JOSE PAEZ ALLENDE
DIRECTOR

TRIBUNAL SUPERIOR de JUSTICIA

Acuerdo Nº 476 - Serie A. En la ciudad de Córdoba, a veinte días del mes de septiembre del año dos mil diez, con la Presidencia de su Titular Dra. María de las M.
BLANC G. de ARABEL, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Doctores María Ester CAFURE DE BATTISTELLI, Aída Lucía Teresa TARDITTI, y Armando Segundo ANDRUET h, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia de Córdoba, Dr. Darío VEZZARO y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino Porcel de Peralta, y ACORDARON:
Y VISTO: El tiempo transcurrido desde el dictado del Acuerdo N 360 Serie A de fecha 06.08.2010 y el pedido formulado por el Colegio de Abogados de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
1.- Que en el citado acuerdo este Tribunal Superior de Justicia dispuso ampliar el horario de atención al público hasta las 14.00
hs. y la realización, después de ello y hasta las 16.00 hs., de las
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BOLETÍN OFICIAL
actividades que se hubieran visto frustradas con motivo del asueto dictado para los días 4, 5 y 6 de agosto pasado para los tribunales y demás órganos y dependencias jurisdiccionales del Palacio de Justicia I con excepción de las Secretarías, Relatorías, Oficinas de Apoyo y Áreas Administrativas de este Alto Cuerpo.
2. Que para verificar el cumplimiento, repercusión y evolución de tales medidas, se solicitó informe sobre las mismas al Colegio de Abogados de Córdoba y a los todos los Juzgados, Cámaras de Apelaciones, Fiscalías y Asesorías Letradas ubicadas en el citado edificio.
3. Que el ente deontológico puso en conocimiento de este Tribunal, que, conforme la opinión recabada de los matriculados, efectivamente se reprogramaron los actos procesales, y que la medida más importante fue la extensión horaria, ya que posibilitó la realización de muchos trámites en barandilla. En atención a ello, requirió se analice la posibilidad de mantener el horario en forma definitiva.
4. Que por su parte, los magistrados y funcionarios informaron que se reproyectaron, notificaron oficiosamente y cumplieron debidamente la totalidad de los actos procesales que se vieron truncados por el asueto, con la obvia salvedad de aquellos casos en los que se produjeron incomparencias de partes o testigos.
Las contestaciones dan cuenta además que, si bien en los primeros días la afluencia de los abogados a la barandilla en el horario de extensión fue significativa, luego de ello, en las últimas jornadas prácticamente no se vislumbra movimiento en dicha franja horaria, siendo mínima la cantidad que letrados .
5. Que, tal como se desprende del texto del acuerdo citado y de la situación en que éste fue dictado, las medidas fueron excepcionales y específicas, ya que se dictaron al sólo efecto de superar los atrasos generados por el asueto.
6. Que los antecedentes apuntados ponen de manifiesto que se encuentra normalizada razonablemente la prestación del servicio de justicia, lo que determina el restablecimiento de la vigencia lo dispuesto por el Acuerdo N 570 Serie A del 1.1.2000, cuya posible modificación debe ser ponderada y evaluada por este Alto Cuerpo durante un tiempo prudente.
Por ello, SE RESUELVE: I. DAR POR CONCLUIDA la extensión horaria para la atención al público dispuesta por los puntos II y III del Acuerdo N 360 Serie A de fecha 06/08/
2010 a partir del 01 de octubre del corriente año, debiendo los tribunales y demás reparticiones proceder conforme la modalidad de trabajo dispuesta por Acuerdo N 570 Serie A del 01/11/
2000.
II. HACER SABER al Colegio de Abogados de Córdoba que su petición será motivo de consideración y análisis por este Tribunal Superior de Justicia.
III. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, en el Portal de Aplicaciones Intranet y en la página web oficial. Comuníquese a los tribunales y demás organismos y dependencias jurisdiccionales del Palacio de Justicia I, Secretaría Legal y Técnica, Áreas Administrativas, Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Federación de Colegios de Abogados de la Provincia, Colegio de Abogados de Córdoba, Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial y dése debida difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidenta y los Señores Vocales, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia de Córdoba y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Gustavo Argentino PORCEL de PERALTA.DRA. MARÍA DE LAS M. BLANC G. DE ARABEL
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET H
VOCAL
DR. DARÍO VEZZARO
VOCAL
DR. GUSTAVO A. PORCEL DE PERALTA
ADMINISTRADOR GENERAL DEL PODER JUDICIAL

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

MINISTERIO DE FINANZAS
RESOLUCIÓN Nº 44 - 22/03/10 - MODIFICAR
la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Resolución, la que consta de UNA 1 foja útil. LOS efectos de la presente Resolución operarán de manera retroactiva al 01 de Marzo de 2010. s/ Expte. N
0523-00048/10.RESOLUCIÓN Nº 54 - 05/04/10 - MODIFICAR
la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Resolución, la que consta de UNA 1 foja útil.LOS efectos de la presente Resolución operarán de manera retroactiva a partir del 01 de Enero de 2010. s/ Expte. N 0607-000918/
2009.RESOLUCIÓN Nº 56 - 05/04/10 - MODIFICAR
la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en Planilla Anexa que forma parte integrante de la presente Resolución, la que consta de UNA 1 foja útil. LOS efectos de la presente Resolución operarán de manera retroactiva a partir del 01 de Enero de 2010. s/ Expte. N 0002-028494/
2010.RESOLUCION N 146 02/06/2010 RATIFICAR la ampliación transitoria por PESOS
CINCO MILLONES $ 5.000.000.- del Fondo Permanente A GASTOS GENERALES - del Ministerio de Salud, autorizada mediante Memorandum Nº 002/2010 de la Secretaría de Administración Financiera, el que como Anexo I
con una 1 foja útil forma parte integrante de la presente Resolución y materializada mediante Documento Único de Ejecución de Erogaciones Nº1 Intervención Nº 4 Ejercicio 2010, emitido por la Dirección de Administración del citado Ministerio, que como Anexo II con una 1 foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución.
s/Expte. N 0425-203097/2010.RESOLUCION N 172 18/06/2010- MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento de Modificación de Crédito Presupuestario Nº 2 correspondiente al Ministerio de Salud el que consta de TRES 3 fojas útiles y que forma parte integrante de la presente Resolución. s/Expte. N 0425-203694/2010.RESOLUCION N 173- 18/06/2010- MODIFICAR
las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento de Modificación de Crédito Presupuestario Nº 4, correspondiente al Ministerio de Salud, el que como Anexo I con dos 2 fojas útiles, forma parte integrante de la presente Resolución.s/Expte. N 0425-203698/2010.RESOLUCION N 183 25/06/2010 - AMPLIAR
el Fondo Permanente E GASTOS DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS, DIRECCIONES DE CATASTRO Y POLICIA FISCAL Y
REGISTRO GENERAL DE LA PROVINCIA del Ministerio de Finanzas, hasta la suma de PESOS
OCHOCIENTOS MIL $ 800.000.-, del que será

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha27/09/2010

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4190

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/07/2024

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