Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

BOLETÍN OFICIAL

CÓRDOBA, 1 de julio de 2010

1

SECCIÓN

AÑO XCVIII - TOMO DXLVI - Nº 123
CORDOBA, R.A. JUEVES 1 DE JULIO DE 2010

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
MINISTERIO de OBRAS y SERVICIOS PÚBLICOS

PODER EJECUTIVO

Mejoramiento de redes viales sin pavimentar CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 11
Departamentos Unión y General San Martín
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 2
Departamentos San Alberto, San Javier, Pocho y Minas
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7
Departamentos San Justo y Río Primero
RESOLUCIÓN Nº 29

RESOLUCIÓN Nº 26

RESOLUCIÓN Nº 58

Córdoba, 25 de marzo de 2010.-

Córdoba, 25 de marzo de 2010.-

Córdoba, 29 de marzo de 2010.-

Expediente Nº 0045-014601/08.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00112/
10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES
VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 11
FIV Nº 8 DEPARTAMENTOS: UNIÓN
GENERAL SAN MARTÍN, y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 11, por la suma de $ 1.954.001,70.

Expediente Nº 0045-014592/08.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00114/
10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO DE LAS REDES
VIALES SIN PAVIMENTAR PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENENCIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 2
FIV Nº 8 DEPARTAMENTOS: SAN ALBERTO, SAN JAVIER, POCHO Y MINAS, y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 2, por la suma de $ 1.954.001,70.

Expediente Nº 0045-015137/09.VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00136/
10 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: "MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO
DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR
PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA
PERTENECIENTES A LA JURISDICCIÓN DEL
CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 7 DEPARTAMENTOS: SAN JUSTO - RÍO PRIMERO" y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 7, por la suma de $ 621.031,73.

Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 11, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 82.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y 6316, y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.

Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $
1.954.001,70.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 2, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 82.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar el Proyecto, Pliegos y Cómputo Métrico de la obra de que se trata, así como su Presupuesto Oficial, el que asciende a la suma de $ 621.031,73.
Que según surge de los informes obrantes en autos, el presente proyecto pretende recuperar y mantener las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 7, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada fs. 88.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Contable Nota de Pedido, según lo dispuesto por el artículo N 13
de la Ley de Obras Públicas N 8614.

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DECRETO Nº 963
Córdoba, 22 de Junio de 2010
VISTO: La necesidad de proceder a la reglamentación de la Ley N 9788, en el marco de la implementación del "Plan de Modernización de Inmuebles de la Policía de la Provincia" que autorizó la enajenación por venta y/o dación en pago total o parcial para el pago de la construcción de nuevos inmuebles acordes a las necesidades actuales de la Policía de la Provincia de Córdoba, en reemplazo de los actualmente existentes que presentan un estado crítico en su infraestructura edilicia.
Y CONSIDERANDO:
Que el "Plan de Modernización de Inmuebles de la Policía de la Provincia"
consiste en la desafectación del uso policial de algunos inmuebles utilizados para comisarías seccionales y otras dependencias de la institución inclusive Policía Judicial que por su vetustez y obsolescencia resultan inadecuados para su función propiciando su venta y/o su dación en pago total o parcial para solventar los gastos de construcción de los nuevos edificios reemplazantes, los cuales se edificarán, dentro del radio jurisdiccional de cada comisaría.
Que la norma legal prevé que la desafectación, entrega de la posesión y la transferencia definitiva de dominio a quienes resulten adquirientes por dación en pago total o parcial se encontrará sujeta a la efectiva construcción,- bajo exclusiva responsabilidad, costo y cargo del adquirientey por la recepción a entera satisfacción de la Provincia de Córdoba del nuevo edificio que se deberá construir en el predio que oportunamente se indique en cada caso, en los modos, formas, tipologías y características que se indicarán en el pliego respectivo.
Que el artículo 3 de la Ley 9788 establece que la venta de los inmuebles se formalizará CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha01/07/2010

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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