Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2010 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 982

Fuego, creado mediante Ley N 8751.
Que el señor Presidente de cada una de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos cuyos datos personales y domicilios se encuentran detallados en el Anexo II, que compuesto de cuatro 4 fojas útiles forma parte de la presente, será el responsable de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la Ciudad de Córdoba, en el plazo de treinta 30 días, a contar desde la fecha de percepción de cada pago parcial.
Que el señor Presidente de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, D.N.I. N 6.655.360, domiciliado en calle Av. Tierney N 362 de la localidad de Vicuña Mackena, será el responsable de rendir cuentas de los fondos entregados a la entidad que él representa, en el término de treinta 30 días a contar desde la fecha de percepción de cada cuota.
Que el señor Presidente del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cruz del Eje, Luis Alberto Campos, deberá acompañar previo a la entrega de los fondos, nueva solicitud de subsidio con la correspondiente declaración jurada de rendición de cuentas.
Que se encuentra incorporado en autos el Documento de Contabilidad Afectación Preventiva N 13096/2009 a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 22 del Decreto N 2174/07, ratificado por Ley N
9454, el artículo 21 de la Ley N 8751 modificado por Ley N
9576, el artículo 6 de la Ley N 9191 y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación, bajo el Nº 659/09;
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1º OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarios detalladas en el Anexo I, que compuesto de tres 3 fojas útiles forma parte integrante de la presente, dentro del marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego, por la suma de Pesos Tres Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos $ 3.284.800, pagadera en cuatro cuotas iguales y consecutivas, en los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2010, destinado a solventar los gastos para el desarrollo del Plan Verano Seguro 2010.
Artículo 2º DESÍGNASE al señor Presidente de cada una de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarios cuyos datos personales y domicilios se encuentran detallados en el Anexo II, que compuesto de cuatro 4 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución, responsable de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos, ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la Ciudad de Córdoba, en el plazo de treinta 30 días, a contar desde la fecha de percepción de cada pago parcial.
Artículo 3º ESTABLÉCESE que el señor Presidente del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cruz del Eje, deberá acompañar previo a la entrega de los fondos nueva solicitud de subsidio con la correspondiente declaración jurada de rendición de cuentas.
Artículo 4
OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba en el marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego, por la suma de Pesos Ciento Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos $
148.800, destinado a solventar los gastos de los coordinadores y subcoordinadores que llevarán adelante el Plan Verano Seguro 2010.
Artículo 5
DESÍGNASE al señor Presidente de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos
BOLETÍN OFICIAL
VIENE DE TAPA
RESOLUCION Nº 969

vial en las rutas de la Provincia de Córdoba.
Que el artículo 6 de la Ley N 9191 establece que las Jurisdicciones a las que en virtud de Leyes Especiales o Ley de Presupuesto General se les haya otorgado el carácter de Autoridad de Aplicación, o la Facultad de Administración de Cuentas Especiales o Recursos Afectados, podrán realizar transferencias, otorgar subsidios y autorizar o adjudicar adquisiciones de bienes y servicios, cualquiera sea su monto, siempre que las erogaciones se correspondan con la naturaleza del Recurso Especial o Afectado de que se trate.
Que los señores Presidente y Tesorero de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Alta Gracia, Sergio David De La Fuente, D.N.I. N 12.482.323, con domicilio en calle Cuba N 185 y Jorge Eduardo Di Mario, D.N.I. N
11.775.972, domiciliado en calle Belisario Roldán N 576, ambos de la ciudad de Alta Gracia, serán los responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la Ciudad de Córdoba, en el plazo de sesenta 60 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.
Que se encuentra incorporado en autos el Documento de Contabilidad Afectación Preventiva N 14088/2009 a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 22 de la Ley N 9454, el artículo 21 de la Ley N 8751, modificado por Ley N 9576, el artículo 6
de la Ley N 9191 y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación, bajo el Nº 657 /09;

CÓRDOBA, 15 de enero de 2010

a favor de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Alta Gracia, por la suma de Pesos Dieciséis Mil Novecientos $
16.900, destinado a solventar los gastos de reparación del móvil Chevrolet S-10, Dominio EZZ 270 que fuera afectado en el incendio ocurrido el día 17 de septiembre del corriente en la localidad de La Paz, en el marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego.

ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE a los señores Presidente y Tesorero de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Alta Gracia, Sergio David De La Fuente, D.N.I. N
12.482.323, con domicilio en calle Cuba N 185 y Jorge Eduardo Di Mario, D.N.I. N 11.775.972, domiciliado en calle Belisario Roldán N 576, ambos de la ciudad de Alta Gracia, responsables de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la Ciudad de Córdoba, en el plazo de sesenta 60 días, a contar desde la fecha de percepción de los fondos que se otorgan.

ARTÍCULO 3º.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Dieciséis Mil Novecientos $ 16.900
a la Jurisdicción 1.01, Programa 17/0, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente a la Afectación Preventiva Nº 14088/2009.

ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable
Saharrea, L.E. N 6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N 362 de la localidad de Vicuña Mackena, responsable de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Ituzaingó N 1351 de la ciudad de Córdoba, en el plazo de treinta 30 días, a contar desde la fecha de percepción de cada pago parcial.
Artículo 6
IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Tres Millones Cuatrocientos Treinta y Tres Mil Seiscientos $ 3.433.600 al Preventivo Futuro para el año 2010 N 56, correspondiente a la Afectación Preventiva Nº 13096/2009.
Artículo 7º PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Secretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION
LOS ANEXOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE
ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.

CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

PODER LEGISLATIVO

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE

Ley: 9719
Artículo 1º.- DECLÁRASE de utilidad pública y sujeto a expropiación para la ejecución de la obra:
Pavimentación Ruta Provincial Nº 26 - Tramo: Italó Onagoity - Buchardo - Límite con Buenos Aires Departamento General Roca, el inmueble sito en Pueblo Buchardo, Pedanía Italó, Departamento General Roca, con una superficie total a ocupar de un mil ciento cuarenta y dos metros cuadrados 1.142,00 m que se describe en el Plano de Mensura Parcial adjunto que, compuesto de una 1 foja útil, forma parte integrante de la presente Ley y cuyo antecedente registral figura inscripto en Matrícula Folio Real Nº 536.708 Propiedad Nº 15010067802/2, gestionado en la Dirección Provincial de Vialidad bajo Expediente Nº 0045-014881/09.
Artículo 2º.- EL Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en el artículo 1º de la presente Ley.
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/01/2010 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha15/01/2010

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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